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CIRCULAR EXTERNA 7 DE 2021

(febrero 9)

Diario Oficial No. 51.584 de 10 de febrero de 2021

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Para: Aerocivil, operadores de transporte aéreo - aerolíneas y viajeros.
De: Ministerio de Salud y Protección Social
Asunto: Recomendaciones e instrucciones para el transporte nacional e internacional de personas por vía aérea.

Derivado de la continua y cambiante investigación epidemiológica que se realiza sobre la propagación del COVID-19 a nivel mundial. la Organización Mundial de la Salud, al igual que gran parte de la comunidad científica, han concluido, cada vez con mayor claridad, que el virus puede propagarse a través de partículas de diversos tamaños, desde grandes gotas hasta las más pequeñas llamadas aerosoles, las cuales son expulsadas por una persona infectada a través de la boca o la nariz al toser, estornudar, hablar, reír, saludar, cantar o resoplar y que incluso estas pueden quedar suspendidas en el aire, lo cual aumenta la probabilidad de que otras personas contraigan la infección si se encuentran en contacto directo o cercano con una persona infectada, siendo mayor este riesgo cuando se encuentran en espacios cerrados, y cuando no se hace uso del tapabocas.

El mecanismo de transmisión a través de las pequeñas partículas suspendidas en el aire aumenta su probabilidad en espacios interiores con poca ventilación y se incrementa con la permanencia de las personas por un amplio periodo de tiempo en estos espacios. Dichas condiciones se dan en restaurantes, lugares de cultos, gimnasios, bares, oficinas, medios de transporte terrestre y aéreos, entre otros.

Considerando lo anterior, se requiere continuar cumpliendo e insistir en la adherencia efectiva a las medidas de bioseguridad en aviones, y del compromiso de los operadores de transporte aéreo para brindar todas las recomendaciones e instrucciones necesarias a pasajeros y tripulantes, y que estos las observen integralmente, para protegerse a sí mismos, y al resto de pasajeros.

En consecuencia, este Ministerio, conforme a lo previsto en las Resoluciones 1627, 1517 y 2352 <sic, 2532> todas de 2020, y 002 de 2021, se permite impartir las siguientes recomendaciones e instrucciones, las cuales serán informadas a los pasajeros y tripulación mediante mensajes previos y durante el vuelo:

Aerolíneas

1. Exigir a los pasajeros y la tripulación, durante todo el trayecto, el uso obligatorio de tapabocas durante el vuelo, insistiendo en el uso adecuado del mismo, cubriendo desde la nariz hasta el mentón y evitar retirarlo. La tripulación deberá indicarles a los pasajeros que ajusten sus tapabocas si alguien se lo retira o lo usa de forma inapropiada.

2. Recomendar en su página web el uso de tapabocas. A las personas mayores de 60 años y aquellas que presenten comorbilidades, sugerir el uso de mascarillas tipo N95, ya que presentan mayor vulnerabilidad de presentar cuadros graves.

3. Recomendar a los viajeros, mediante los mensajes que se emiten en cabina, no hablar durante el trayecto, con el fin de disminuir la emisión de gotas o aerosoles que se generan y se convierten en un factor de riesgo para el contagio al permanecer en el espacio cerrado de la aeronave. La tripulación pedirá a las personas que cumplan con esta medida para minimizar el riesgo de transmisión.

4. Recordar a los viajeros que el consumo de alimentos durante el trayecto está prohibido en vuelos nacionales e internacionales menores de 2 horas.

5. En los vuelos internacionales mayores de 2 horas, en los que se preste servicio a bordo, se debe distribuir los alimentos, en contenedores sellados y preenvasados y por ubicación de letras en la aeronave, para evitar que los pasajeros de la misma fila coman al mismo tiempo, de acuerdo con lo contemplado en la Resolución 1627 de 2020, modificada por la Resolución 2532 del mismo año.

6. En lo posible, dejar una silla vacía de por medio para mantener el distanciamiento físico entre los pasajeros.

Pasajeros

1. No viajar si presenta síntomas potencialmente asociados con COVID-19, tiene contacto estrecho con un caso positivo de COVID-19 o ha sido diagnosticado positivo para COVID-19 en los últimos 14 días.

2. Utilizar en todo momento los tapabocas o mascarillas de manera adecuada. Se recomienda el uso de tapabocas tipo N95 para las personas mayores de 60 años o aquellas que presenten comorbilidades, ya que cuentan con mayor vulnerabilidad de presentar cuadros graves.

3. En lo posible evitar hablar durante el trayecto, con el fin de disminuir la emisión de gotas o aerosoles que se generan y se convierten en un factor riesgo para el contagio al permanecer en el espacio cerrado de la aeronave.

4. No consumir alimentos durante el trayecto del vuelo, ni otros servicios a bordo, en vuelos menores de 2 horas. En los vuelos donde está permitido comer asegurarse de no quitarse el tapabocas al mismo tiempo que el o los pasajeros del lado.

5. Evitar compartir objetos, libros, revistas o periódicos con otros pasajeros.

6. Recordar que en todos los vuelos nacionales deben diligenciar Coronapp antes de ingresar en el aeropuerto para obtener el código QR, así como el formulario “CheckMig” en vuelos internacionales.

Aeropuertos

Los aeropuertos verificarán el código QR de la aplicación Coronapp para viajeros nacionales.

Las recomendaciones e instrucciones se deben entender sin perjuicio de lo previsto en el régimen de bioseguridad indicadas en las resoluciones precitadas vigentes.

Se continúa exhortando a los pasajeros, tripulación, aeropuertos, aerolíneas y demás responsables a fortalecer las medidas para proteger a los pasajeros y la tripulación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de febrero de 2021.

El Ministro de Salud y Protección Social,

Fernando Ruiz Gómez.

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