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CONCEPTO 45591 DE 2015

(16 octubre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO CRA

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2015-321-005329-2 del 28 de septiembre de 2015.

Respetado señor Durán:

Hemos recibido su comunicación del asunto, en el cual solicita "asistencia, para aclarar una duda que tengo en la aplicación de la fórmula de actualización para el componente de transporte y disposición fina (...) ¿Cómo aplicarla los ajustes esperados por productividad, se acumulan y los descuento?"

Respecto del cálculo de la actualización de costos para los diferentes componentes del servicio público de aseo a pesos ($) de junio de 2015, se recomienda revisar los cálculos remitidos por Usted a esta Comisión, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

- De acuerdo con la Circular CRA 002 de 2007, debe entenderse que el primer ajuste esperado por productividad se causó durante el año 2007, y su aplicación se realizará a partir de enero de 2008.

- En este sentido, deberá considerar la actualización de cada uno de los costos de los componentes del servicio, periodo por periodo a precios del mes de enero de 2008 para, a partir de este valor, aplicar el primer ajuste esperado por productividad, según los valores dispuestos por componente.

- Posteriormente, ajustar el valor actualizado en el mes de enero de 2008 a precios de enero de 2009 para, a partir de este valor, aplicar el segundo ajuste esperado por productividad, haciendo repetitivo este procedimiento, hasta el mes de enero del año base de cálculo de estudio de costos con estricta aplicación de los factores x1, x2, x3 y x4 y finalmente ajustar al mes de aplicación del estudio tarifario con los respectivos índices de actualización.

- A pesar de que los ajustes por actualización de precios y por mejoras en la productividad, afectan directamente el costo de referencia, estos se pueden aplicar de manera independiente. Así, mientras que el efecto que tiene el factor de productividad sobre el costo tiene una vigencia anual, los ajustes por concepto de actualización de precios se podrán realizar tantas veces como sea necesario, de acuerdo con lo dispuesto en la ley.

El procedimiento para la actualización de costos lo encuentra en el artículo 20 de la Resolución CRA 351 de 2005, los índices de precios que se utilizarán para realizar la actualización por componente se establecen en el artículo 21 y los factores de ajuste por productividad en el artículo 22 de la citada resolución.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaría, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación de la CRA, al teléfono en Bogotá (1) 4873820 a la línea gratuita naCional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.

Esperamos haber resuelto sus inquietudes, sin otro particular reciba un cordial saludo,

Atentamente,

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Drector Ejecutivo

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