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CONCEPTO 71811 DE 2017

(diciembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Señores

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Asunto: Radicado CRA 2017-321-009552-2 del 01 de noviembre de 2017.

Respetada doctora: .

Esta Comisión de Regulación recibió la comunicación del asunto, mediante la cual consulta:

“De acuerdo a lo indicado en la Resolución CRA 482 de 2009 “Por la cual se establece la metodología del cálculo de los descuentos en las tarifas de los usuarios por los aportes de bienes y derechos de que de que trata el artículo 143 de la Ley 1151 de 2007”, para el componente de Tratamiento y disposición Final con Aportes Bajo Condición - CDTABC, se definieron 31 escenarios de CDTj, considerando entre estos aportes de terrenos, diseños, estudios de pre factibilidad, estudios de factibilidad, clausura y sus respectivas combinaciones

Teniendo en cuenta que en el mencionado componente no se contempla de manera específica el escenario donde la entidad pública aporta la construcción o adecuación del sitio de disposición final, se considera pertinente que la CRA aclare cuál función de costos CDTj se debe aplicar en el marco de una verificación tarifaria bajo la metodología establecida en la Resolución CRA 351 y 352 de 2005.

A continuación, se emite concepto sobre el tema consultado, dentro de los límites de competencia de esta Comisión de Regulación, con fundamento en el artículo 28 (1) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en los siguientes términos:

Al respecto, la Resolución CRA 720 de 2015, determinó en su ámbito de aplicación que la metodología tarifaria allí contenida es aplicable a las personas prestadoras que prestan el servicio público de aseo en municipios con más de 5000 suscriptores, en el área urbana y de expansión urbana, pero adicionalmente también es aplicable entre otras, a las personas prestadoras de la actividad de disposición final que se encuentren en el área rural, salvo las excepciones contenidas en la ley, especialmente las señaladas en el parágrafo 1 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994.

Así mismo, con la Resolución CRA 720 de 2015, se modificó el ámbito de aplicación de las Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005 y el objeto de la Resolución CRA 482 de 2009, dejándolas vigentes únicamente para las personas prestadoras que atienden en municipios con 5000 suscriptores o menos.

Esta situación conlleva a que las personas prestadoras del servicio público de aseo en municipios de hasta 5.000 suscriptores, deban dar aplicación a los costos de disposición final (CDF) establecidos en la Resolución CRA 720 de 2015 y, para las demás actividades del servicio, deben continuar empleando la metodología tarifaria definida en la Resolución CRA 351 de 2005.

Con base en lo anterior, se encontró necesario modificar las disposiciones previstas en la Resolución CRA 482 de 2009, por lo cual, para el caso de aportes bajo condición al CDF, se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 29 de la Resolución CRA 720 de 2015.

Sin embargo, teniendo en cuenta que los prestadores que atienden en municipios con hasta 5.000 suscriptores en área urbana deben aplicar de forma combinada las Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005, así como la Resolución CRA 720 de 2015, esta Comisión de Regulación expidió el 29 de agosto de 2017, la Resolución CRA 806 “Por la cual se presenta el proyecto de resolución “Por la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución CRA 351 de 2005 y se modifican parcialmente las Resoluciones CRA 352 de 2005 y CRA 482 de 2009”. Dicha resolución de trámite, propone una nueva metodología de cálculo de los costos de referencia que resulten de la aplicación de los aportes bajo condición parciales realizados por las entidades públicas, a las personas prestadoras del servicio público de aseo. Esta metodología propone una única fórmula que incluye como variable la fracción del costo de capital aportado bajo condición, sin limitar el tipo de bien o derecho aportado, de forma similar a lo establecido en la Resolución CRA 720 de 2015.

Finalmente, es importante aclarar que la Resolución CRA 806 de 2017, se encuentra en proceso de participación ciudadana por un plazo de tres meses contados a partir de su fecha de expedición, por lo anterior el proyecto regulatorio se encuentra publicado en la página web de la entidad y el plazo para allegar comentarios, observaciones, sugerencias o reparos sobre el articulado propuesto, finaliza el día 10 de diciembre del año en curso. También se resalta que la expedición de la resolución definitiva está proyectada para el primer trimestre del año 2018.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo,

JAVIER MORENO MÉNDEZ

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Artículo sustituido por la Ley 1755 de 2015.

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