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CONCEPTO 110981 DE 2020

(septiembre 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2020-321-007696-2 de 28 de julio de 2020

Respetada señora Aristizábal:

Acusamos recibo de la comunicación con el radicado del asunto, mediante la cual remite interrogantes relacionados con la aplicación de la metodología tarifaria establecida en la Resolución CRA 688 de 2014.

En primer lugar, le indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

Teniendo en cuenta lo anterior, previo a dar respuesta a sus inquietudes, es necesario tener presente que el costo económico de referencia denominado Costo Medio de Inversión -CMI refleja el costo asociado a la remuneración de la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en el cual se incluye el valor de los activos actuales a través de la Base de Capital Regulada Cero y el valor de los activos por los proyectos que hacen parte del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR, resultado de la identificación y proyección de las necesidades del servicio asociadas a la expansión, reposición y rehabilitación del sistema, teniendo en cuenta las dimensiones del servicio de cobertura, calidad del agua potable y aguas residuales y continuidad de la prestación del servicio.

Ahora bien, el artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014, modificado por el artículo 38 de la Resolución CRA 735 de 2015, establece la forma de cálculo de la Provisión por no ejecución del POIR, la cual tiene como finalidad: “(...) evitar que los recursos no ejecutados sean utilizados por los prestadores para gastos no relacionados con la expansión o reposición de los activos necesarios para la prestación del servicio, lo cual puede poner en juego la capacidad futura de los sistemas para prestar un adecuado servicio en el mediano y largo plazo (...)”; así mismo, busca “(...) evitar la desviación de los recursos obtenidos a través del componente de inversión hacia otros fines, y además incentivar a los prestadores a realizar la inversión realmente necesaria (...)1.

Igualmente, se debe considerar que el POIR podrá ser modificado por el prestador en aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario, así como por lo señalado en los artículos 9, 14 y 15 de la Resolución CRA 864 de 2018, sin que requiera adelantar una solicitud de modificación de carácter particular de la fórmula tarifaria ante esta Comisión de Regulación. Para esto, deberá cumplir con las disposiciones contenidas en

la sección 5.1.1. de la Resolución CRA 151 de 2001 y remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios los documentos que soporten o justifiquen la aplicación de dichos artículos.

En caso que la modificación al POIR no obedezca a las situaciones antes referidas, le corresponde al prestador presentar ante la CRA una solicitud de modificación de carácter particular de fórmula tarifaria, de conformidad con lo establecido en el Capítulo 2 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 864 de 2018.

Considerando lo anterior, a continuación damos respuesta a los interrogantes planteados:

“1) ¿Debido a que gran parte de los recursos esperados para ejecución de inversiones se ubican como cartera es procedente sustentar los valores a provisionar requeridos en el artículo 109 de la resolución CRA 688/2014 como aquellos registrados en cuentas por cobrar registrados desde julio 1 de 2016?

2) ¿Debido a que gran parte de los recursos esperados para ejecución de inversiones se ubican como cartera, se podría compensar con castigo de cartera la no ejecución de proyectos por parte de la empresa; es decir se podría castigar cartera contra los proyectos no ejecutados haciendo claridad que su no ejecución no afecto la prestación del servicio y que de esta manera se reduzca el monto a provisionar requerido en el artículo 109 de la resolución CRA 688/2014 y se castigue cartera, esto teniendo presente que los recursos registrados como cartera desde julio 1 de 2016 son considerables y no han permitido cumplir con las metas de inversión previstas en el POIR?”.

Al respecto, es necesario mencionar que la fórmula planteada del costo de inversión permite recuperar, por un lado, la rentabilidad del capital invertido (r) y por el otro, la recuperación de dicho capital que está constituido por las depreciaciones de la base de capital regulada BCRi,ac/al.

La obligación de provisionar se materializa cuando la persona prestadora no realiza la inversión programada en el POIR para el año tarifario i planeado, o la ejecuta por un menor valor al planeado, teniendo en cuenta que tanto la depreciación de un activo planeado, como la tasa de descuent sobre los recursos programados para ejecutar dicho activo hacen parte del CMI, el cual está siendo facturado vía tarifa al suscriptor y/o usuario.

Por otra parte, se debe tener en cuenta que la factura expedida por la persona prestadora y firmada por el representante legal prestará mérito ejecutivo y que, en virtud del artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el prestador tiene a su favor realizar el cobro de las sumas adeudadas a través del cobro ejecutivo ante los jueces competentes o ejerciendo la jurisdicción coactiva para el caso de las empresas oficiales de servicios públicos y de las empresas industriales y comerciales del Estado.

En este entendido, los valores no invertidos por la persona prestadora en los respectivos proyectos del POIR deben hacer parte de la provisión por no ejecución del POIR calculada de conformidad con el artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014, independiente del nivel de recaudo que tenga el prestador dentro de su gestión comercial, pues para ello el prestador cuenta con mecanismos para mejorar el nivel de

cartera. Es así que no es posible realizar una compensación entre el valor de la provisión originado por la no ejecución de proyectos por parte del prestador, con un castigo de cartera que realice el mismo, que podría ser el resultado de una baja gestión de cobro por parte del prestador.

Además, la provisión de inversiones por no ejecución del POIR de que trata el artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014 en ningún caso aborda orientaciones de carácter contable, por lo cual, le corresponde al prestador determinar los aspectos contables que se deriven de dicha provisión regulatoria.

“3) Debido a que la proyección de consumos facturados por suscriptor real es muy inferior a la proyectada en el estudio ¿es procedente sustentar el incumplimiento en los montos de inversión efecto de tal circunstancia, ya que se está facturando actualmente por consumo acueducto y por vertimiento alcantarillado menos de la tercera parte prevista en el estudio lo cual indicaría que los valores facturados por consumo y vertimientos es insuficiente para cubrir los montos de inversión previstos en el estudio?”.

Al respecto, se debe indicar que el artículo 3 de la Resolución CRA 86

correo@cra.gov.code 2018 señala para los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014, que no se consideran errores en la aplicación de la fórmula tarifaria aquellos generados como consecuencia de la imprevisión o ineficacia en la labor de planeamiento, por parte de la persona prestadora al momento de elaborar los estudios de costos, bajo los cuales se pretenda:

a. “La modificación en la proyección de suscriptores y el cálculo del consumo corregido por pérdidas.”.

b. La modificación del POIR en aplicación de criterios diferentes a los establecidos en los artículos 9, 14 y 15 de la presente resolución y el artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014.

Por lo anterior, para la modificación del cálculo del consumo corregido por pérdidas, el prestador debe presentar ante la CRA una solicitud de modificación de carácter particular de fórmula tarifaria, de conformidad con lo establecido en el Capítulo 2 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 864 de 2018.

Además, debe considerarse lo expuesto en esta comunicación frente a las demás disposiciones regulatorias para la modificación del POIR.

“4) Con la aplicación de políticas estatales de financiación obligatoria de los servicios públicos a 24 y 36 meses, caso específico de la actual emergencia sanitaria, donde la cartera se incrementa notablemente, lo que conlleva a reducción significativa del recaudo y por ende de los recursos requeridos para inversión, conduciendo a una merma la capacidad de ejecución de inversión planeada en el “POIR” (ya que la empresa debe garantizar con los pocos recursos recibidos la operación y mantenimiento de los sistemas) en este caso ¿es procedente replantear el POIR de inmediato retirando inversiones que la empresa considera a futuro no tiene capacidad de ejecutar en periodos futuros y que no afectan el cumplimiento de sus estándares? ¿en este caso cuál es el procedimiento de re-cálculo del CMI y como se

aplicarían las modificaciones tarifarias procedimiento o norma que sustenta el procedimiento?”.

Al respecto, se debe mencionar que teniendo en cuenta las posibles repercusiones que puedan causar las medidas de contención del Coronavirus COVID-19, con el fin de salvaguardar la suficiencia financiera de las personas prestadoras, el Gobierno Nacional habilitó a la Financiera de Desarrollo Territorial para otorgar temporalmente créditos directos a las empresas de servicios públicos domiciliarios, con la finalidad de garantizar la liquidez y recursos necesarios para mantener la solvencia operativa de estas empresas, considerando los beneficios que deberán aplicar a los usuarios.

En tal sentido, a través del Decreto Legislativo 581 de 2020 se implementó la línea de liquidez dirigida a sostener la operatividad de las empresas de servicios públicos y garantizar la prestación del servicio a los usuarios, para lo cual el artículo 1 estableció:

“Artículo 1. Crédito directo a empresas de servicios públicos domiciliarios. partir de entrada en vigencia del presente Decreto y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinte (2020), verificación de la Superintendencia Financiera Colombia del cumplimiento los requisitos para la administración y gestión de los sistemas integrales de gestión de riesgos, la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -Findeter-podrá otorgar créditos directos a empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales, mixtas y privadas vigiladas por Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con fin de dotarlas de liquidez o capital de trabajo, para implementar las medidas que Gobierno nacional adopte para conjurar los efectos de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada a través del Decreto 417 2020”.

Adicional a lo anterior, debe considerarse que de conformidad con el artículo 3 de la Resolución CRA 922 de 2020, las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo podrán ofrecer a sus suscriptores y/o usuarios residenciales de estratos 1 al 4, y suscriptores y/o usuarios industriales y comerciales, opciones de pago diferido del valor de las facturas de que trata el artículo 5 de resolución ibídem. De acuerdo con lo anterior, se entiende que las personas prestadoras ofrecerán la medida de pago diferido a suscriptores y/o usuarios residenciales de estratos 1 y 2 en la medida que puedan contratar créditos directos con la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. FINDETER, y a los suscriptores y/o usuarios de los estratos 3 y 4 e industriales y comerciales en la medida que existan las líneas de liquidez y/o redescuento; lo anterior, de acuerdo con lo señalado respectivamente, en los artículos 3 y 5 del Decreto Legislativo 819 de 2020.

Una vez la persona prestadora decida ofrecer a sus suscriptores y/o usuarios residenciales de estratos 1 al 4, y suscriptores y/o usuarios industriales y comerciales la medida de pago diferido de las facturas por concepto de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y del servicio público de aseo, estos, de acuerdo con el artículo 4 de la Resolución CRA 922 de 2020, tienen la posibilidad de seleccionar si se acogen a esta opción o si continúan pagando la factura de dichos servicios. En todo caso se entenderá que si el suscriptor y/o usuario no realiza el pago de la factura en la fecha límite de pago prevista por la persona prestadora se acoge a la medida.

Por lo anterior, la medida de pago diferido aplica cuando la persona prestadora realiza el ofrecimiento de esta opción al suscriptor y/o usuario de estratos 1 al 4, y suscriptores y/o usuarios industriales y comerciales, y estos deciden acogerse a ella. En consecuencia, si la persona prestadora no realiza el ofrecimiento o si el suscriptor y/o usuario realiza el pago, no se configura la medida en comento.

Finalmente, debe mencionarse que mediante la Resolución CRA 920 de 2020 se amplió el plazo previsto en el parágrafo del artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2020, sin que se haya considerado un procedimiento de recalculo del CMI.

“5) ¿Aquellas inversiones que en el primer cuatrienio tarifario se debieron realizar por urgencia manifiesta y que no estaban considerados en el POIR su inclusión en el POIR solo debe cumplir con la condición que trata el artículo 52 de la resolución CRA 688/2014 (“Se permitirá a la persona prestadora realizar cambios al POIR, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario, teniendo en cuenta que los proyectos a modificar cumplan las mismas metas que aquellos inicialmente definidos”).? ¿La resolución CRA 688/2014 no es expedita en un plazo determinado para reportarlos, por lo cual solicito aclaración del tiempo considerado oportuno para reportar estos ajustes, por favor indicar la norma relacionada y los procedimientos requeridos?”.

Como se mencionó anteriormente, el POIR podrá ser modificado por el prestador sin que requiera adelantar una solicitud de modificación de carácter particular de la fórmula tarifaria ante esta Comisión de Regulación, en aplicación de lo dispuesto: i. en el artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014, II. en los artículos , 1 y 1 de la Resolución CRA 864 de 2018, para lo cual, deberá cumplir con las disposiciones contenidas en la sección 5.1.1. de la Resolución CRA 151 de 2001 y remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios los documentos que soporten o justifiquen la aplicación de dichos artículos.

Sobre este particular, se recuerda que el inciso sexto del artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014, precisa que la persona prestadora deberá soportar adecuadamente con base en análisis técnicos y financieros los cambios realizados frente a los proyectos incluidos en el POIR. Los análisis deben estar documentados y deberán ser reportados al SUI, así como el POIR inicial, en la forma y plazos que se defina por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Respecto del reporte de las modificaciones del POIR al Sistema Único de Información- SUI el prestador debe dar aplicación a lo dispuesto por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios- SSPD en la Resolución No SSPD -2017130003994 del 28 de marzo de 2017, la cual establece los requerimientos que deben surtir los prestadores de servicios públicos domiciliarios para el reporte de información relacionada con la metodología tarifaria para Acueducto y Alcantarillado.

En caso de que la modificación al POIR no obedezca a las situaciones antes referidas, le corresponde al prestador presentar ante la CRA una solicitud de modificación de carácter particular de fórmula tarifaria, de conformidad con lo establecido en el Capítulo 2 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 864 de 2018.

“6) Debido al comportamiento particular del sistema y a fallas no previstas se ve la necesidad de ejecución de recursos en mantenimientos del mismo sistema, (mantenimientos no incorporados en el CMO de la tarifa de vertimiento o de consumo ni en

el CMI) mantenimientos que requieren atención inmediata para garantizar los estándares previstos por la empresa, ¿para estas inversiones en mantenimientos de los activos existentes, Cómo se pueden incorporar estos mantenimientos como parte del POIR ajustado teniendo presente lo referido en la circular CRA 01/16 que afirma en uno de sus apartes.De esta forma se busca garantizar que el prestador recupere los costos y gastos propios de la operación, incluyendo los de la expansión, la reposición y el mantenimiento de los activos y que se remunere el patrimonio de los accionistas en la misma forma en la que lo habría remunerado una empresa eficiente en un sector de riesgo comparable?

7) ¿Qué condiciones deben cumplir los recursos ejecutados como mantenimiento no contemplados en el CMO ni en el POIR para que esta Comisión los autorice para incorporación al POIR teniendo presente que la circular CRA 01 de 2016 en uno de sus apartes afirma, “Así las cosas, las inversiones que se incluyan en el POIR con el que se calcularán las tarifas, serán las necesarias para garantizar los estándares del servicio exigidos, y tal como se define en el artículo 51 de la Resolución CRA 688 de 2014, cada proyecto debe tener un objetivo claro y preciso que pueda ser objeto de medición y seguimiento a través del cumplimiento de metas. Las obras deben ser asociadas al menos a una de las dimensiones del servicio, como son cobertura, continuidad o calidad del agua potable y de las aguas residuales ¿y la vida útil asociada correspondería a la del activo mejorado con el mantenimiento?”

De acuerdo con el artículo 3 de la Resolución CRA 688 de 2014, el Plan de Obras e Inversiones Regulado -POIR, es un conjunto de proyectos que la persona prestadora considera necesario llevar a cabo, para cumplir con las metas frente a los estándares del servicio exigidos durante el período de análisis, el cual corresponde a diez (10) años.

Ahora bien, los proyectos incluidos en el POIR deben corresponder a aquellos que se financien exclusivamente vía tarifa y debe ser “(...) el resultado de la identificación y proyección de las necesidades del servicio asociadas a la expansión, reposición y rehabilitación del sistema, para un horizonte de proyección de diez (10) años, expresados en pesos constantes de diciembre del año base y clasificadas por proyecto, grupo de activos, servicio y actividad, teniendo en cuenta los lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial (...)”8. Subrayado fuera de texto

En este sentido, los costos eficientes en que incurre el prestador por concepto de mantenimiento de los activos existentes no deben hacer parte del Costo Medio de Inversión - CMI. Dicho costo de mantenimiento debe estar incorporado al Costo Medio de Operación-CMO, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 34 de la Resolución CRA 688 de 201 de manera que si los mismos no corresponden a las necesidades del prestador, deberá adelantar ante la CRA una solicitud de modificación de carácter particular de fórmula tarifaria, de conformidad con lo establecido en el Capítulo 2 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 864 de 2018.

“8) Teniendo presente que con los elementos e inversiones previstas por la empresa en el estudio elaborado en 2016 no es posible cumplir con los índices de perdidas presentados en el estudio de tarifas y la circular CRA 01/2016 afirma.... Así las cosas, las inversiones que se incluyan en el POIR con el que se calcularán las tarifas, serán las necesarias para

garantizar los estándares del servicio exigidos, y tal como se define en el artículo 51 de la Resolución CRA 688 de 2014, cada proyecto debe tener un objetivo claro y preciso que pueda ser objeto de medición y seguimiento a través del cumplimiento de metas. Las obras deben ser asociadas al menos a una de las dimensiones del servicio, como son cobertura, continuidad o calidad del agua potable y de las aguas residuales, ¿es procedente incorporar en el POIR la contratación de un programa avanzado de control de pérdidas (programa que incorpora investigación, identificación, normalización y seguimiento)? De ser procedente a que activo y vida útil se asignaría tal programa? y que por favor me indique el procedimiento requerido por esta comisión para su aceptación en el POIR?”

Sobre el particular, se debe considerar que el artículo 50 de la Resolución CRA 688 de 2014 determina que en el Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR “se deben incluir los proyectos que permitan alcanzar las metas del programa de pérdidas técnicas relacionadas en el anexo 1, subtitulo 2. Definición de metas anuales”; es decir, según lo definido en el Plan de Reducción de Pérdidas. En caso que la persona prestadora no hubiese contemplado dicha inclusión en el estudio de costos vigente, deberá atender a lo expuesto en esta comunicación referente a las disposiciones regulatorias para la modificación del POIR, teniendo en cuenta adicionalmente, en cuanto a las vidas útiles, lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 49 de la resolución ibídem.

“9) Para aquellos proyectos del POIR que el municipio decidió ejecutar, y que la empresa remplazo por uno nuevo antes de ser ejecutado por el municipio, para compensar la inversión, ¿es procedente tal decisión (teniendo presente que las decisiones se toman de manera coordinada con el Municipio)? ¿En este caso se mantiene el código del proyecto o se asigna un nuevo código eliminando del POIR el proyecto con el código ejecutado por el municipio?

10) Para el caso de un proyecto incorporado en el POIR y que fue ejecutado por el municipio donde no se acordó con la empresa remplazarlo por otro, ¿qué procedimiento se debe realizar ante la CRA? ¿Cómo se debe recalcular el CMI y a partir de qué momento y cuánto tiempo se dispone para informar a la CRA tal situación? ¿Por favor aclarar método de recalculo en la Resolución CRA 688/2014? ¿qué soportes se deben enviar al a Comisión para que quede actualizada tal decisión? ¿Se puede en este caso plantear a futuro el proyecto ejecutado por el municipio por un nuevo proyecto de similares condiciones en una vigencia futura para compensar el Valor presente neto de las inversiones sin necesidad de modificar el CMI?”

Sobre el particular, se debe considerar lo expuesto en esta comunicación, frente a las disposiciones regulatorias para la modificación del POIR. En todo caso, se deberá tener en cuenta las condiciones dispuestas en el artículo 47 de la Resolución CRA 688 de 2014 en relación con los “Descuentos en el CMI de los aportes bajo condición”.

11) ¿Es factible que la inversión que pretende realizar la empresa en el otorgamiento gratuito de micro-medidores a un gran porcentaje de sus usuarios pueda incluirse como una inversión y se incorpore como un proyecto del POIR? considerando la circular CRA 01/2016 que afirma la circular CRA 01/2016 afirma....Así las cosas, las inversiones que se

incluyan en el POIR con el que se calcularán las tarifas, serán las necesarias para garantizar los estándares del servicio exigidos, y tal como se define en el artículo 51 de la Resolución CRA 688 de 2014, cada proyecto debe tener un objetivo claro y preciso que pueda ser objeto

de medición y seguimiento a través del cumplimiento de metas. Las obras deben ser asociadas al menos a una de las dimensiones del servicio, como son cobertura, continuidad o calidad del agua potable y de las aguas residuales.

Como se indicó anteriormente, el POIR es un conjunto de proyectos que la persona prestadora considera necesario llevar a cabo, para cumplir con las metas frente a los estándares del servicio exigidos durante un período de análisis de diez (10) años, y en dicho plan los proyectos incluidos deben corresponder a aquellos que se financien exclusivamente vía tarifa. Además, los activos e inversiones que conforman la Base de Capital Regulada para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado deben corresponder a los señalados en el artículo 49 de la Resolución CRA 688 de 2014, o podrá incluir activos diferentes a los señalados en este artículo para lo cual debió dar aplicación a lo dispuesto en el parágrafo 3 de articulo antes referido.

Adicionalmente, es importante tener presente como aspectos generales de inclusión o exclusión de costos, que las personas prestadoras tengan en cuenta lo establecido en el artículo 27 (costos administrativos), y el artículo 34 (costos operativos comparables) de la Resolución CRA 688 de 2014, modificados y adicionados por los artículos 11 y 14 de la Resolución CRA 735 de 2015, respectivamente y que tal como lo indican los parágrafos 1 y 2 de los artículos en mención, deberán excluirse del cálculo aquellos costos que no guarden relación directa con la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y/o que correspondan a gastos de actividades con ingreso asociado, tales como suministro de medidores, acometidas, conexiones, reconexiones, entre otros..

En consecuencia, no es un criterio regulatorio que la decisión objeto de su consulta del otorgamiento gratuito de los micromedidores a los suscriptores o usuarios del servicio, se considere como un proyecto del POIR.

10) Teniendo presente que el artículo 52 de la resolución CRA 688/2014 autoriza a las empresas a mover el “POIR” a disposición del prestador con la condición que no se afecte el Valor presente neto de las inversiones, es preciso que esta comisión ¿aclare la temporalidad de los ajustes, quiere decir que informe si hay alguna restricción en los momentos de modificación de los proyectos o no? es decir si se desea modificar un proyecto POIR se debe hacerlo con una antelación del cuanto tiempo máximo o mínimo, o si no existe temporalidad para los ajustes? ¿Al respecto solicito a esta comisión aclarar si esta modificación es procedente en el caso de incorporar nuevos proyectos en activos distintos a los previstos en el POIR, cumpliendo el precepto que no se altere el valor presente neto del POIR? ¿Se puede incorporar nuevos activos en el POIR siempre y cuando no altere la condición de modificar el valor presente neto del POIR (interrogante que surge ya que en el artículo 52 de la resolución ídem no es clara tal circunstancia)?

El artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014 establece que “(...) se permitirá a las personas prestadoras realizar cambios al POIR, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario, teniendo en cuenta que los proyectos a modificar cumplan con las mismas metas que aquellos inicialmente definidos”.

Al respecto, el artículo antes referido no establece una temporalidad específica para realizar los ajustes; sin embargo, es importante tener presente que la planeación de los proyectos del POIR está realizada en

años tarifario; en este sentido, es deber del prestador realizar los ajustes al POIR acudiendo al principio de planeación. Además, se debe considerar que al cierre de cada año tarifario el prestador debe calcular la provisión de inversiones en los términos que trata el artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014, para lo cual debe tener en cuenta el POIR al cierre de cada año tarifario.

Además, el artículo 52 antes mencionado señala que se pueden realizar cambios al POIR, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario y considerando que los proyectos a modificar cumplan con las mismas metas que aquellos inicialmente definidos; es decir que los cambios permitidos en el POIR en el marco de este artículo son procedentes dando cumplimiento a las condiciones allí señaladas.

Así mismo, se recuerda que el inciso sexto del artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014 precisa que la persona prestadora deberá soportar adecuadamente con base en análisis técnicos y financieros los cambios realizados frente a los proyectos incluidos en el POIR. Los análisis deben estar documentados y deberán ser reportados al SUI, así como el POIR inicial, en la forma y plazos que se defina por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

10) Si los movimientos del POIR son permanentes por las situaciones expresadas anteriormente, ¿el POIR del SURICATA deberá ser ajustado y reportado las veces que sea ajustado el POIR sin mover el VPN?

El prestador debe dar aplicación a lo dispuesto por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios- SSPD en la Resolución No SSPD -2017130003994 del 28 de marzo de 2017, la cual establece los requerimientos que deben surtir los prestadores de servicios públicos domiciliarios para el reporte de información relacionada con la metodología tarifaria para Acueducto y Alcantarillado.

Además, tal como lo determina el inciso sexto del artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014, la persona prestadora deberá soportar adecuadamente con base en análisis técnicos y financieros los cambios realizados frente a los proyectos incluidos en el POIR. Los análisis deben estar documentados y deberán ser reportados al SUI, así como el POIR inicial, en la forma y plazos que se defina por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

La información reportada por parte de la persona prestadora al Sistema Único de Información-SUI, se considera oficial para todos los fines previstos en la ley, por tal razón, dicha información debe actualizarse y/o modificarse por parte del prestador cuando se requiera, con el fin que la misma refleje siempre la situación actual respetando las condiciones y criterios regulatorios estipulados en el artículo en cuestión.

11) Si en el POIR del estudio se incorporó dos proyectos que fueron ejecutados entre enero y junio de 2016 y que a la vez formaron parte del INIC, se puede proceder a replantear esos montos de inversión en unos nuevos proyectos guardando la condición que trata el artículo

52 de la Resolución CRA 688/2014?

Si los proyectos a los que hace referencia hacen parte del INIC y estos mismos son incluidos en el POIR, se estaría configurando un cobro indebido puesto que los suscriptores o usuarios estarían asumiendo tarifariamente por doble vía el costo de un mismo activo.

Sobre el particular, se debe considerar lo expuesto en esta comunicación, frente a las disposiciones regulatorias para la modificación del POIR, con las debidas responsabilidades del prestador frente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios por la posible constitución de cobros indebidos.

“15) Luego de cuatro años de ejecución, la empresa observo que existen en el POIR, para los años sexto al décimo, proyectos no viables porque operativamente son innecesarios y teniendo presente que financieramente la empresa no estaría en capacidad de ejecutarlos debido a que los montos recibidos por consumos y vertimientos son muy inferiores a los esperados y que los recursos en cartera van en aumento, frente a tal circunstancia la consulta es ¿es procedente reducir el POIR a partir del 6 años retirando los proyectos que no afecten los estándares, teniendo presente que el retiro de estos proyectos del POIR no afectaran el cumplimiento de los estándares regulatorios? ¿En este caso se solicita aclaración del procedimiento de recalculo del CMI (formulación) y los requisitos para la CRA de como procedentes las modificaciones?

16) Si la empresa garantiza la provisión de las inversiones en el cuarto año tarifario, pero disminuye los valores proyectados a partir del quinto año tarifario, lo cual disminuiría el valor presente neto y por ende el CMI, ¿Se tendría que hacer devolución a los usuarios por el menor valor en el CMI? O ¿podría bajar la tarifa a partir del quinto año tarifario? (se vuelve a reiterar cumpliendo con la provisión de las inversiones al cuarto año tarifario) ”.

Al respecto, y como se ha expresado en esta comunicación, en caso que la modificación al POIR no obedezca a las situaciones referidas en el artículo 52 de la Resolución CRA 688 de 2014, así como de lo señalado en los artículos 9, 14 y 15 de la Resolución CRA 864 de 2018, tal y como se ha señalado en la presente comunicación, le corresponde al prestador presentar ante la CRA una solicitud de modificación de carácter particular de fórmula tarifaria, de conformidad con lo establecido en el Capítulo 2 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 864 de 2018.

Ahora bien, en el caso que el prestador determine que para realizar la modificación planteada en este interrogante deba mediar ante la CRA una solicitud de modificación de carácter particular de fórmula tarifaria por parte del prestador, en dicha solicitud se deberán determinar las particularidades que se deriven de dicha modificación al POIR.

Se precisa que el CMI remunera la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, y en el caso de solicitar una modificación del POIR para años tarifarios posteriores al quinto año tarifario, deberá considerarse que por el valor facturado a los suscriptores durante los cinco años de aplicación de la fórmula tarifaria contenida en la Resolución CRA 688 de 2014 por concepto de los proyectos planeados con posterioridad a ese año y sobre los cuales se solicitaría una modificación, el prestador deberá garantiza el cumplimiento de la finalidad de la provisión por no ejecución del POIR: “(...) evitar que los recursos no ejecutados sean utilizados por los prestadores para gastos no relacionados con la expansión o reposición de los activos necesarios para la prestación del servicio, lo cual puede poner en juego la capacidad futura de los sistemas para prestar un adecuado servicio en el mediano

y largo plazo (...) así mismo, “(...) evitar la desviación de los recursos obtenidos a través del componente de inversión hacia otros fines, y además incentivar a los prestadores a realizar la inversión realmente necesaria (.)”, por lo cual, estos recursos facturados deberán estar disponibles por parte del prestador y en el marco de la regulación vigente se establecerá el uso y destinación de los mismos.

En todo caso, el prestador deberá responder a los suscriptores y/o usuarios por los recursos recaudados del CMIac,al vía tarifa en las facturas de los suscriptores y/o usuarios, y las obras dejadas de ejecutar.

“17) Teniendo presente que existe un déficit de recursos para inversión del POIR de acueducto y que el servicio de alcantarillado está generando utilidades contables la pregunta es ¿es procedente que luego de los cierres contables y fiscales de cada ejercicio si el servicio de alcantarillado genera una utilidad neta favorable, seria procedente que a través de decisión de junta directiva o asamblea se decida invertir esos excedentes de utilidad de alcantarillado en proyectos de inversión rezagados en el servicio de acueducto, teniendo presente que estos recursos son excedentes del servicio de alcantarillado y que su aplicación no afecta la prestación del servicio ni su cumplimiento y que la decisión de distribución de utilidades es propia de la empresa y que no existe posibilidad de endeudamiento en créditos para cumplir con las provisiones o inversiones en POIR?”

Frente a este interrogante, y como se mencionó anteriormente, la formulación planteada del costo de inversión permite al prestador recuperar, por un lado, la rentabilidad del capital invertido (r y por el otro, la recuperación de dicho capital que está constituido por las depreciaciones de la base de capital regulada BCRi,ac/al.

En este sentido, los activos planeados en el POIR para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado deben ser ejecutados por el prestador, independiente de la fuente de financiación empleada para ello. Esto es una decisión empresarial del prestador, pues el CMI reconoce el costo de financiación de activos que entran en operación, ejecutados ya sea mediante patrimonio, deuda o una combinación de los dos.

18) Teniendo presente que la empresa determino en el inicio de la aplicación del marco tarifario (RES/CRA/688/2014) incrementar de manera gradual la tarifa de consumo y vertimiento, garantizando la operación y continuidad de los servicios, es procedente sustentar la no ejecución de inversiones al 100% efecto de los recursos asignados a los usuarios de manera directa a través de la gradualidad en el cobro de consumos y vertimientos?¿es procedente cruzar valores no ejecutados en POIR con los descuentos aplicados a los usuarios por menor tarifa de consumo y vertimiento? ¿Si los usuarios recibieron un beneficio económico directo a través de la gradualidad en el incremento de consumos y vertimientos y estos recursos entregados de manera directa sustentan el rezago de inversiones que trata el artículo 109 de la resolución CRA 688/2014 como se informaría a la CRA y SSPD para que la empresa no deba aplicar la provisión que trata el artículo 109 de la resolución CRA 688/2014 y como se ajusta el POIR teniendo presente que los recursos de CMI POIR no ejecutados se entregaron de manera directa a los usuarios?

El artículo 111 de la Resolución CRA 688 de 2014 señala que el costo resultante de la aplicación de la metodología contenida en dicha resolución será un valor máximo, además indica que: “Si la persona prestadora considera que puede aplicar un menor valor, deberá soportar ante la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico que se garantiza el cumplimiento de los criterios señalados en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, de las metas del servicio y de los estándares de eficiencia, así como del plan de obras e inversiones programado, establecidos en la presente resolución. ”Subrayado fuera de texto.

En este sentido, para hacer uso de la opción establecida en el artículo antes referido, la persona prestadora debió garantizar, entre otros, que al aplicar un menor valor no se afectaba el cumplimiento del plan de obras e inversiones programado, razón por la cual, no es procedente que la provisión de inversiones generada por la no ejecución de inversiones programadas en el POIR sea compensada o justificada con el menor valor cobrado a los suscriptores en aplicación del artículo 111 antes mencionado, u originada en una gradualidad no establecida por la regulación.

Debe mencionarse que los costos de referencia calculados en aplicación de la metodología tarifaria establecida en la Resolución CRA 688 de 2014, tienen destinación específica y por tanto son inherentes a la actividades propias del componente asociado a que hacen referencia (CMA, CMO, CMI y CMT); además, dada la particularidad de cada servicio y de cada componente, así como la integralidad tarifaria, no hay posibilidad que exista compensación o cruce de cuentas o aplicación de recursos de recursos captados entre componentes de estos servicios, ni entre servicios.

De otra parte, es importante mencionar que esta Comisión de Regulación expidió la Resolución CRA 913 de 2020, por medio de la cual presentó la propuesta de modificación del artículo 109 y 110 de la Resolución CRA 688 de 2014, y se propone adicionar el artículo 109A a dicha resolución.

Así mismo, se expidió la Resolución CRA 920 de 2020, por medio de la cual se amplió el plazo previsto en el parágrafo del artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2020, relacionado con el plazo para el traslado de los recursos de la provisión de inversiones por no ejecución del POIR al encargo fiduciario.

Finalmente, en caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

DIEGO FELIPE POLANÍA CHACÓN

Director Ejecutivo

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