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CONCEPTO 272681 DE 2018

(diciembre 04)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Señores

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Asunto: Radicado CRA 2018-321-010328-2 de 26 de octubre de 2018.

Respetada doctora:

Hemos recibido el oficio del asunto, mediante el cual presenta la siguiente inquietud:

"(...) respecto a la aplicación de la Resolución 844 de 2018, específicamente para el caso de los prestadores menores que ya presentamos ante su entidad y ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios nuestros estudios tarifarios realizados bajo metodología de la Resolución 825 de 2017. (...) podemos replanteare! estudio, retornando al segmento 2, pero calculando las fórmulas del CMA, CMO, CMOP y CMOG con metodología del segmento 1 y CMI bajo la metodología del segmento 2? En caso afirmativo, debemos enviar el resultado nuevamente a ustedes y a la Superintendencia de servicios públicos para emisión de concepto y posterior notificación a los usuarios?".

Sobre el particular, le indicamos que de acuerdo con el parágrafo del artículo 6 de la Resolución CRA 825 de 2017, "Las personas prestadoras del segundo segmento podrán aplicar la metodología establecida para el primer segmento, para ello deberán enviar una comunicación a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD informando tal decisión en el estudio de costos. Una vez informen que elige esta opción no podrán aplicar la metodología que les correspondía inicialmente. (Subrayado fuera de texto original)

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al PBX en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asgsores'ptenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES

Director Ejecutivo

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