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CONCEPTO 034 DE 2008

(febrero 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Bogotá, D.C.,

CONCEPTO SSPD-OJ-2008-034

MARIA ESTHER GALINDO TORRES

Gerente Comercial

SERA Q.A TUNJA S.A.

Carrera 3 este No 11-20

Tunja-Boyacá

Ref.: Su solicitud de concepto(1)

Se basa su solicitud en determinar si es legal la certificación de calibración por loteo.

Las siguientes consideraciones deben entenderse con el alcance del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

En la normatividad vigente no existe una disposición expresa que determine la posibilidad de certificación por loteo.

El artículo 10 de la Resolución CRA 413 de 2006(2)de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico determina:

Artículo 10. Instalación del medidor por primera vez. Es atribución del prestador, para los casos en que se vaya a instalar el medidor por primera vez, determinar el lugar donde técnicamente se debe ubicar el medidor. Su cobro, cuando sea adquirido al prestador, se hará de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y regulatorias vigentes para cada estrato.

En todo caso, al instalar un equipo de medida por primera vez, este deberá contar con su respectiva certificación de calibración por parte de un laboratorio debidamente acreditado por la Superintendencia de Industria y Comercio, en donde consten los resultados de la misma, de manera que se pueda verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas consagradas en el Contrato de Servicios Públicos.

De acuerdo con lo anterior se tiene que la certificación de calibración debe ser expedida para cada equipo de medida y no por loteo.

Finalmente, le informamos que esta Superintendencia ha puesto a disposición de la ciudadanía un sitio de consulta al que usted puede acceder en la siguiente dirección: http://www.superservicios.gov.co/basedoc/. Ahí encontrará normatividad, jurisprudencia y doctrina sobre los servicios públicos domiciliarios, en particular los conceptos emitidos por esta Entidad.

Atentamente,

MARINA MONTES ÁLVAREZ

Jefe Oficina Asesora Jurídica

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1 Reparto 19. Radicación SSPD-OJ-2008-529-000116-2

Preparado por: Luz Ángela Giraldo Lozano-Asesora Oficina Jurídica

Revisado por: Alexandra Correa-Asesora Oficina Jurídica

TEMA: EQUIPOS DE MEDIDA: No es viable la certificación de calibración por loteo

2 Por la cual se señalan criterios generales, de acuerdo con la ley, sobre abuso de posición dominante en los contratos de servicios públicos, y sobre la protección de los derechos de los usuarios, para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

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