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CONCEPTO 215 DE 2008

(mayo 9o.)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Bogotá D.C.,

CONCEPTO SSPD-OJ-2008-215

LUIS CARLOS

email: k-perilla@hotmail.com

Ref. su solicitud de concepto(1)

Se basa la consulta objeto de estudio en determinar como es un modelo de matricula para servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo?

Las siguientes consideraciones se formulan teniendo en cuenta el alcance del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Como primera medida debemos indicar que con el propósito de identificar respecto a que tipo de matriculas hacía referencia su consulta, esta entidad en virtud del artículo 12 del Código Contencioso Administrativo, procedió a solicitarle por correo electrónico mayor información, pero a la fecha no hemos recibido ninguna respuesta.

Por lo anterior, se contestará entendiendo que su consulta hace referencia al cobro de conexión que hacen las empresas de acueducto y alcantarillado a los usuarios.

Hecha la anterior aclaración, nos permitimos indicarle que el Artículo 2.4.4.9 de la Resolución CRA 151 de 2001, en relación con la estandarización de denominaciones de cobros por conexión dispone que:

"Una vez cumplido el plazo establecido en el inciso segundo del artículo anterior, deberán eliminarse los cobros denominados "Derechos de Conexión", "Derechos de Red", "Cargos de Redes", "Derechos de Suministro" o "Matrícula", entre otros. A partir del 1 de enero de 1999, los cobros que realicen las personas prestadoras por conectar un inmueble o grupo de inmuebles solo podrán ser denominados "Costos Directos de Conexión" o "Cargos por Expansión del Sistema".(Subrayas fuera de texto)

En consecuencia, el cobro de la “matrícula” fue eliminado a partir del 1 de enero de 1999, y en esa medida la Superintendencia no cuenta con los modelos solicitados.

Finalmente, le informamos que esta Superintendencia ha puesto a disposición de la ciudadanía un sitio de consulta al que usted puede acceder en la siguiente dirección: http://www.superservicios.gov.co/. Ahí encontrará normatividad, jurisprudencia y doctrina sobre los servicios públicos domiciliarios, en particular los conceptos emitidos por esta Entidad.

Cordialmente,

MARINA MONTES ÁLVAREZ

Jefe Oficina Asesora Jurídica

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1 Reparto 520. Radicado: 14260

Elaborado por: Fernando Gonzalez. Oficina Asesora Jurídica

Tema: IMPROCEDENCIA COBRO DE MATRICULAS

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