DECRETO 1584 DE 1994
(julio 25)
Diario Oficial No. 41.465, del 29 de julio de 1994
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 27 del Decreto 92 de 1998.
El inciso 2o. del artículo 27 del Decreto 92 de 1998 establece: "El artículo 7o de la reglamentación aquí contenida entrará a regir a partir de la publicación del presente decreto. Las demás disposiciones regirán a partir del 1o de mayo de 1998".>
Por el cual se reglamenta la clasificación y calificación en el registro de proponentes y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que confieren los artículos 22 y 79 de la Ley 80 de 1993 y 6 del Decreto 856 de 1994.
DECRETA:
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1o. DEFINICIONES. Para los efectos del presente decreto se atenderán las siguientes definiciones:
1. Calificación: La asignación, por parte del proponente, del puntaje que le corresponde según lo previsto en el presente decreto y la fijación consecuente del monto máximo de contratación.
2. Clasificación: La determinación, por parte del proponente, de la o las actividades, especializadas y grupos que le correspondan, según la naturaleza de los trabajos que estime pueda contratar con las entidades estatales.
3. Entidad Estatal: Las contempladas en el artículo 2o. de la Ley 80 de 1993.
4. Proponente: Persona natural o jurídica que esté sujeta a inscribirse en el registro de proponentes de que trata el artículo 22 de la Ley 80 de 1993.
5. Salario Mínimo: El salario mínimo mensual legal vigente al momento de causación.
ARTICULO 2o. AUTOEVALUACION. los proponentes se clasificarán y calificarán autónomamente, atendiendo las condiciones previstas en la Ley 80 de 1993, este decreto y demás normas concordantes.
ARTICULO 3o. COMPONENTES DE LA CLASIFICACION. La clasificación del proponente indicará la actividad en que se inscribe de manera genérica, como constructores quienes aspiren a celebrar contratos de obra; consultores quienes aspiren a celebrar contratos de consultoria; y, proveedores quienes aspiren a celebrar contratos de suministro y compraventa de bienes muebles.
Del mismo modo se señalará la o las especialidades o los grupos que corresponda dentro de cada actividad.
La clasificación podrá presentarse en su identificación numérica, señalando la actividad correspondiente en donde constructores serán 1, consultores 2 y proveedores 3, adicionada al código de la especialidad y grupo respectivos.
ARTICULO 4o. NO EXCLUSIVIDAD. Los proponentes se podrán clasificar en una o varias actividades, especialidades o grupos, en un mismo acto de inscripción.
Cuando un mismo proponente se clasifique en varias actividades,especialidades o grupos, deberá atender lo regulado por cada caso.
FORMULARIO, DOCUMENTOS INDISPENSABLES Y CERTIFICADO
ARTICULO 5o. FORMULARIO UNICO PARA INSCRIPCION. En los términos del artículo 22, de la Ley 80 de 1993, se adopta el formulario de inscripción en el registro de proponentes, el cual incluirá la siguiente información:
1. Nombre o denominación o razón social, según el caso.
2. Documento de identificación del proponente.
3. Nombre, documento de identidad y facultades del representante legal.
4. Domicilio principal y dirección para notificaciones.
5. Número de la matrícula mercantil y cámara de comercio donde estuviere inscrito.
6. Fecha de adquisición de personería jurídica.
7. Profesión, fecha de grado y número de tarjeta profesional.
8. Información financiera indicando:
a) Activo total
b) Activo corriente
c) Pasivo corriente
d) Pasivo total
e) Patrimonio
f) Ingresos operacionales
9. Relación de contratos indicando:
a) Contratos ejecutados
b) Contratos en ejecución
c) En relación con los contratos ejecutados la cuantía, expresada en términos de valor actualizado y los respectivos plazos y adiciones, los datos e informaciones sobre cumplimiento en contratos anteriores, experiencia, capacidad técnica administrativa, relación de equipo y su disponibilidad, multas y sanciones impuestas y el término de su duración.
Para los contratos se expresará, además en cada caso, la actividad, especialidad y grupo dentro del cual se hayan ejecutado, así como su valor en salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de terminación del contrato o a la fecha de inscripción cuando se trate de contratos en ejecución indicando los plazos totales de ejecución.
10. Relación del personal vinculado a la actividad (es) en la que se clasifique el aspirante, precisando:
a) Si se trata de personal administrativo, profesionales universitario, intermedio o tecnólogos.
b) Tipo de vinculación.
11. Clasificación como constructor, consultor y/o proveedor y la o las especialidades y grupo o grupos correspondientes.
12. Calificación (k) que se otorga el proponente.
13. Area específica en la cual se haya obtenido la experiencia, y aquella respecto de la cual se deriven los ingresos de acuerdo a los criterios de clasificación.
14. Relación de equipo y su disponibilidad.
15. Certificación de conformidad del sistema de calidad.
PARAGRAFO. El formulario anteriormente señalado será único para todos los proponentes y deberá utilizarse así mismo para las renovaciones, actualizaciones, modificaciones y cancelación de la inscripción. A los proponentes sólo les será exigible suministrar la información que por su condición corresponda.
ARTICULO 6o. CERTIFICACION. En los términos del artículo 22 de la Ley 80 de 1993, se adopta el formato de certificación que deberán utilizar las cámaras de comercio. En el formato de certificación se incluirán los siguientes datos:
1. Datos Introductorios.
a) El nombre de la cámara de comercio que certifica.
b) Fecha de la certificación.
2. Datos De Existencia y Representación.
a) Nombre completo, denominación o razón social del proponente, tipo y número del documento de identidad.
b) Número del registro del proponente.
c) Fecha de inscripción en el registro de proponentes.
d) Domicilio.
e) Fecha e identificación del documento que da fe de la adquisición de personería jurídica.
f) Nombre completo del representante legal y número del documento del documento de identificación del mismo.
g) Facultades del representante legal y limitaciones a las mismas.
3. Datos De Los Contratos En Ejecución y Ejecutados.
a) Objeto del contrato.
b) Lo señalado en el 5 párrafo del artículo 22 de la Ley 80 de 1993.
4. Datos sobre la relación de equipos y su disponibilidad y capacidad técnica de proveedores.
5. Datos sobre la clasificación del proponente.
a) La actividad, la especialidad o especialidades y grupo o grupos a que pertenece.
b) Area o áreas específicas en donde el proponente haya acreditado su experiencia y aquella respecto de la cual deriva ingresos operacionales.
6. Datos Sobre La Calificación: Capacidad máxima de contratación, con indicación de la fórmula que se utiliza para llegar al resultado y los puntajes obtenidos por experiencia y capacidad de organización, según corresponda.
7. Datos Relativos a Información de Entidades Estatales: Información que afecte al contratista, extractada de la suministrada por las entidades estatales en cumplimiento de lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 80 de 1993.
8. Datos Relativos al Sistema de Calidad: En caso de presentarse documento idóneo y solicitud expresa, constancia de haber obtenido certificado de conformidad de su sistema de calidad.
ARTICULO 7o. ESQUEMA GRAFICO DE FORMULARIOS Y CERTIFICACIONES. A más tardar el 29 de julio de 1994 las cámaras de comercio, a través de la Confederación Colombiana de Cámaras Comercio Confecámara, presentarán a la Superintendencia de Industria y Comercio para su aprobación, el esquema gráfico y la papelería que utilizarán para dar cumplimiento a lo previsto en los dos artículos anteriores. Los formularios y modelo de certificación deberán acogerse de manera uniforme por todas las cámaras de comercio.
Las instrucciones que las cámaras de comercio den a conocer al público sobre el diligenciamiento del formulario y la solicitud de certificados deberán adaptarse en un todo a lo dispuesto en las normas sustantivas que regulan el registro de proponentes.
ARTICULO 8o. DOCUMENTACION E INFORMACION ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES. Para realizar la inscripción, las cámaras de comercio podrán exigir:
1. El formulario adoptado para el efecto en este decreto, diligenciado en debida forma y en el cual el representante legal o el proponente persona natural certifique la veracidad de la información suministrada.
2. En caso de solucitud de inscripción, renovación, modificación y actualización, según corresponda los siguientes documentos.
a. Prueba del acto de constitución y de las facultades de su representante legal.
b. Certificado respecto de la conformidad del sistema de calidad expedido por entidad autorizada para el efecto según las normas vigentes.
Los proponentes cuyos datos no se encuentren en el registro mercantil, de berán informar los necesarios al momento de solicitar su inscrpción en el de proponentes, sin que ello implique inscripciones adicionales, siguiendo para el efecto el procedimiento y debiendo mantener los soportes correspondientes por el tiempo señalado en el parágrafo de este artículo.
PARAGRAFO. CONSERVACION DE DOCUMENTOS. En todo caso, el proponente deberá conservar los documentos de soporte de la información suministrada, por todo el tiempo durante el cual mantenga el dato respectivo afectando su inscripción y allegarla a la autoridad respectiva cuando ello sea preciso, de acuerdo con la Ley 80 de 1993 y las normas que la desarrollan.
CALIFICACION DE CONSTRUCTORES, CONSULTORES Y PROVEEDORES
ARTICULO 9o. PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACION DE CONSTRUCTORES. Los constructores se autocalificarán mediante la evaluación de los factores de experiencia (E), capacidad financiera (Cf), capacidad técnica (Ct), y capacidad de organización (Co), con base en los cuales establecerán el monto máximo de contrata ción (K), para un año en términos de salarios mínimos.
1. A cada factor corresponde un máximo puntaje así:
Criterio Puntaje Máximo
Experiencia (E) 100
Capacidad Financiera (Cf) 300
Capacidad Técnica (Ct) 100
Total 500
2. La experiencia se determinará para las personas jurídicas por el tiempo durante el cual han ejercido su actividad y para las personas naturales se determinará por el tiempo que haya desarrollado la profesión u oficio. En caso de las profesiones sólo se contará a partir de la fecha de grado.
3. La capacidad financiera se establecerá con fundamento en el patrimonio; la liquidez medida como activo corriente sobre pasivo corriente; y el nivel de endeudamiento medido como pasivo total sobre activo total, con base en la última declaración de renta y el último balance comercial.
4. La capacidad técnica se precisará teniendo en cuenta el personal profesional universitario, tecnológico, y profesional intermedio vinculado, mediante contrato de trabajo a término indefinido a partir de la expiración del periodo de prueba y socios o dueños de la empresa.
5. <NOTA DE VIGENCIA: El artículo 3o. del Decreto 194 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 41.698 del 26 de enero de 1995, establece a partir del 1o. de marzo de 1995 un procedimiento especial para determinar la capacidad de organización de las "sociedades que no tengan más de cuatro (4) años de constituidas, cuyos socios personas jurídicas inscritas en el registro de proponentes en la misma actividad para la cual pretende su registro posean, en su conjunto, por lo menos el 51% de su capital social".> La capacidad de organización del proponente se determinará por los ingresos operacionales, en términos de salarios mínimos, calculado con base en el valor del salario mínimo vigente al momento de causación, de acuerdo a la declaración de renta correspondiente cuando a ello hubiese lugar.
Los ingresos operacionales durante los últimos dos (2) años se dividirán entre dos (2), excepto cuando el constructor acredite una existencia jurídica o período de actividad, para personas naturales, inferior a veinti cuatro (24) meses, caso en el cual se determinará proporcionalmente.
Si todo o parte de los ingresos operacionales perteneciere a un consorcio o unión temporal, se tendrá en cuenta el porcentaje que corresponda al proponente en el consorcio o unión temporal. En caso de no ser posible la determinación del porcentaje de participación, se tomará el valor total dividido entre el número de participantes.
ARTICULO 10. CAPACIDAD MAXIMA DE CONTRATACION DE CONSTRUCTORES. <NOTA DE VIGENCIA 1: El artículo 1o. del Decreto 194 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 41.698 del 26 de enero de 1995, establece que a partir de su vigencia se elimina el factor 0.8 de la fórmula adoptada por este artículo. El artículo 2o. del mismo Decreto establece que durante 1995 la capacidad máxima de contratación de debe multiplicar por un factor de 1.5 como compensación de la capacidad no utilizada de los proponentes constructores. NOTA DE VIGENCIA 2: El Decreto 174 de 1996, artículo 1o., publicado en el Diario Oficial No. 42.700 del 26 de enero de 1996, amplió la vigencia del factor de compensación de 1.5 durante el año de 1996. NOTA DE VIGENCIA 3: El Decreto 430 de 1997, artículo 1o., publicado en el Diario Oficial No. 42.990 del 26 de febrero de 1997, amplió la vigencia del factor de compensación de 1.5 hasta el 30 de junio de 1997. NOTA DE VIGENCIA 4: El Decreto 1665 de 1997, artículo 1o., publicado en el Diario Oficial No. 43.075 del 3 de julio de 1997, amplió la vigencia del factor de compensación de 1.5 hasta el 31 de diciembre de 1997.>
La suma de los puntajes obtenidos al evaluar los factores de experiencia, capacidad financiera y capacidad técnica (E + Cf + Ct), determinará el monto máximo de contratación (K) en salarios mínimos, al aplicarlos a la capacidad de organización (Co), según la siguiente fórmula.
(E+Cf+Ct)
= 0.8 x (Co) [1 + ---------]
1.000
ARTICULO 11. PUNTOS POR EXPERIENCIA EN CONSTRUCCION. Para la determinación de los puntos que correspondan a cada proponente según la experiencia (E) se aplicará la siguiente tabla.
Desde (años) Hasta (años) Puntos
menor de 5 20
6 10 40
11 15 60
16 20 80
más de 20 100
ARTICULO 12. PUNTOS POR CAPACIDAD FINANCIERA DE CONSTRUCTORES. A fin de determinar los puntos que se obtendrán por concepto de capacidad financiera, se debe sumar los puntos obtenidos por concepto de patrimonio y cada uno de los índices señalados aplicando las siguientes tablas.
Para el patrimonio total:
Valor (en salarios mínimos)
Desde Hasta Puntos
0 101 21
102 172 42
173 344 63
345 689 84
690 1.378 105
379 3.445 126
446 8.612 147
613 15.502 168
15.503 51.672 189
51.673 mayores 210
Activo Corriente
iquidez : ---------------- Pasivo CorrienteDesde (veces) Hasta (veces) Puntos
0 0.499 -45
0.5 0.799 -20
0.8 0.999 0
1.00 1.499 30
1.500 mayores -45
Pasivo total
ndeudamiento: ------------ Activo totalDesde (%) Hasta (%) Puntos
0.00 4.99 0
.00 19.99 7.5
20.00 39.99 15
.00 55.99 45
.00 70.99 37.5
.00 80.99 15
.00 90.99 7.5
.00 o más -45
PARAGRAFO. DISPONIBILIDAD DE EQUIPO. Cuando el proponente informe discriminadamente respecto de su disponibilidad de equipo, el dato deberá incluirse en la certificación correspondiente, no obstante que por regla general se entiende que está incluido y teniendo encuenta en el patrimonio reportado.
ARTICULO 13. PUNTOS POR CAPACIDAD TECNICA DE CONSTRUCTORES. Para la determinación de puntos que correspondan a cada proponente según la capacidad técnica (Ct) se tendrá en cuenta el personal vinculado, de acuerdo con la siguiente tabla.
Personas:
De Hasta Puntos
2 20 20
1 30 40
1 40 60
1 50 80
1 en adelante 100
ARTICULO 14. PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACION DE CONSULTORES. Los consultores se autocalificarán mediante la evaluación de los factores de experiencia (E), capacidad financiera (Cf), capacidad técnica (Ct) y capacidad de organización (Co), con base en los cuales se establecerá el monto máximo de contra tación para un año.
1. A cada factor corresponde un máximo puntaje así:
Criterio Puntaje máximo
Experiencia (E) 300
Capacidad financiera (Cf) 200
Capacidad técnica (Ct) 300
Total 800
2. La experiencia se determinará para las personas jurídicas por el tiempo durante el cual han ejercido su actividad y para las personas naturales se determinará por el tiempo que hayan desarrollado la profesión u oficio. En caso de las profesiones sólo se contará a partir de la fecha de grado; el estudio de mayor valor, determinado como el proyecto de consultoría con mayor costo; y el número de estudios ejecutados teniendo los en cuenta todos.
3. La capacidad financiera se establecerá con fundamento en el patrimonio; la liquidez medida como activo corriente sobre pasivo corriente; y el nivel de endeudamiento medido como pasivo total sobre activo total, con base en la última declaración de renta y el último balance comercial.
4. La capacidad técnica se precisará teniendo en cuenta el personal profesional universitario vinculado, mediante contrato de trabajo a término indefinido a partir de la expiración del período de prueba y socios o dueños de la empresa.
5. <NOTA DE VIGENCIA: El artículo 3o. del Decreto 194 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 41.698 del 26 de enero de 1995, establece a partir del 1o. de marzo de 1995 un procedimiento especial para determinar la capacidad de organización de las "sociedades que no tengan más de cuatro (4) años de constituidas, cuyos socios personas jurídicas inscritas en el registro de proponentes en la misma actividad para la cual pretende su registro posean, en su conjunto, por lo menos el 51% de su capital social".> La capacidad de organización del proponente se determinará por los ingresos operacionales, en términos de salarios mínimos, vigente al momento de causación, de acuerdo a la declaración de renta correspondiente cuando a ello hubiese lugar.
Los ingresos operacionales durante los dos (2) últimos años se dividirán entre dos (2), excepto cuando el consultor acredite una existencia jurídica o período de actividad, para personas naturales inferior a veinticuatro (24) meses, caso en el cual se determinará proporcionalmente.
Si todo o parte de los ingresos operacionales proviniere de una unión tempo ral se tendrá en cuenta el porcentaje que corresponda al proponente en la misma. En caso de no ser posible la determinación de porcentaje de participación, se tomará el total dividido entre el número de participantes.
ARTICULO 15. CAPACIDAD MAXIMA DE CONTRATACION DE CONSULTORES. <NOTA DE VIGENCIA 1: La fórmula contenida en este artículo fue aclarada mediante "Nota Aclaratoria" contenida en el Diario Oficial No. 41.593 del 11 de noviembre de 1994. La Nota menciona: "En la edición del Diario Oficial No. 41.465 del viernes 29 de julio de 1994, se publicó el Decreto 1584 de 1994, en donde involuntariamente se incurrió en error en la página 12, al señalar las fórmulas establecidas para determinar la capacidad máxima de contratación de los consultores y proveedores, constituidas en los artículos 15 y 20 del citado decreto, por lo tanto se vuelven a publicar con la respectiva corrección".
La Nota menciona que la fórmula incorrecta del artículo 15 es la siguiente:
1+E+Cf+Ct
K = Co x (---------)
1.000
La fórmula correcta es:
E+Cf+Ct
K = Co x (1 + -------)
1.000
En el texto del artículo, a continuación, aparece la fórmula correcta.>
<NOTA DE VIGENCIA 2: El artículo 3o. del Decreto 194 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 41.698 del 26 de enero de 1995, establece que durante 1995 la capacidad máxima de contratación establecida por este artículo de debe multiplicar por un factor de 1.5 como compensación de la capacidad no utilizada de los proponentes consultores en el área de la ingeniería, cuando se clasifiquen exclusivamente en los grupos de las especialidades que se indican en dicho artículo 3o.>
<NOTA DE VIGENCIA 3: El Decreto 174 de 1996, artículo 1o., publicado en el Diario Oficial No. 42.700 del 26 de enero de 1996, amplió la vigencia del factor de compensación de 1.5 durante el año de 1996.>
<NOTA DE VIGENCIA 4: El Decreto 430 de 1997, artículo 1o., publicado en el Diario Oficial No. 42.990 del 26 de febrero de 1997, amplió la vigencia del factor de compensación de 1.5 hasta el 30 de junio de 1997.>
<NOTA DE VIGENCIA 5: El Decreto 1665 de 1997, artículo 1o., publicado en el Diario Oficial No. 43.075 del 3 de julio de 1997, amplió la vigencia del factor de compensación de 1.5 hasta el 31 de diciembre de 1997.>
La suma de los puntajes obtenidos al evaluar los factores de experiencia, capacidad financiera y capacidad técnica (E + Cf + Ct), determinará el monto máximo de contratación (K) en salarios mínimos, al aplicarlos a la capacidad de organización (Co) según la siguiente fórmula.
E+Cf+Ct
K = Co x (1 + -------)
1.000
ARTICULO 16. PUNTOS POR EXPERIENCIA EN CONSULTORIA. Para la determinación de los puntos que correspondan a cada proponente según la experiencia (E), se aplicarán las siguientes tablas:
1. Antiguedad medida en número de años
Desde (años) Hasta (años) Puntos
0 9 10
más de 9 15 20
más de 15 30
2. Valor máximo estudio
Valor en salarios mínimos
Desde Hasta Puntos
0 500 19
501 2.000 38
.001 3.600 75
.601 en adelante 150
3. Número de estudios
Desde Hasta Puntos
1 3 30
4 10 60
11 30 90
31 en adelante 120
ARTICULO 17. PUNTOS POR CAPACIDAD FINANCIERA DE CONSULTORES. A fin de determinar los puntos que se obtendrán por concepto de capacidad financiera se debe sumar los puntos obtenidos por concepto de patrimonio y cada uno de los índices señalados, aplicando las siguientes tablas.
Para el patrimonio total:
Valor (en salarios mínimos)
Desde Hasta Puntos
0 225 16
226 510 32
511 1.020 48
021 2.040 64
041 mayores 80
Activo Corriente
ara la liquidez : ---------------- Pasivo CorrienteDesde (veces) Hasta (veces) Puntos
0 0.499 -60
0.5 0.799 -25
0.8 0.999 0
1.00 1.499 40
1.500 mayores 60
Pasivo total
ara el endeudamiento: ------------ Activo totalDesde (%) Hasta (%) Puntos
0.00 4.99 0
.00 19.99 10
20.00 39.99 20
.00 55.99 60
.00 70.00 50
.00 80.99 20
.00 90.99 10
.00 o más -60
PARAGRAFO. DISPONIBILIDAD DE EQUIPO. Cuando el proponente informe discriminadamente respecto de su disponibilidad de equipo, el dato deberá incluirse en la certificación correspondiente, no obstante que por regla general se entiende que está incluido y tenido en cuenta en el patrimonio reportado.
ARTICULO 18. PUNTOS POR CAPACIDAD TECNICA DE CONSULTORES. Para la determinación de los puntos que corresponda a cada proponente según la capacidad técnica (Ct), se tendrá en cuenta el personal profesional universitario de acuerdo con la siguiente tabla.
Desde Hasta Puntos
1 5 75
6 15 150
16 40 225
41 en adelante 300
ARTICULO 19. PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACION DE PROVEEDORES. Los proveedores se autocalificarán mediante la evaluación de los factores de experiencia (E), capacidad financiera (Cf), y capacidad de organización (Co), con base en los cuales se establecerá el monto máximo de contratación (k), para un año en términos de salarios mínimos.
1. A cada factor corresponde un máximo puntaje así.
Criterio Puntaje máximo
Experiencia (E) 100
Capacidad financiera 200
Total 300
2. La experiencia se determinará para las personas jurídicas por el tiempo durante el cual han ejercido su actividad y para las personas naturales se determinará por el tiempo que hayan desarrollado la profesión u oficio. En caso de las profesiones sólo se contará a partir de la fecha de grado.
3. La capacidad financiera se establecerá con fundamento en el patrimonio; la liquidez medida como activo corriente sobre pasivo corriente; y el índice de endeudamiento medido como pasivo total sobre activo total, con base en la última declaración de renta y el último balance comercial.
4. <NOTA DE VIGENCIA: El artículo 3o. del Decreto 194 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 41.698 del 26 de enero de 1995, establece a partir del 1o. de marzo de 1995 un procedimiento especial para determinar la capacidad de organización de las "sociedades que no tengan más de cuatro (4) años de constituidas, cuyos socios personas jurídicas inscritas en el registro de proponentes en la misma actividad para la cual pretende su registro posean, en su conjunto, por lo menos el 51% de su capital social".> La capacidad de organización del proponente se determinará por los ingresos operacionales, en términos de salarios mínimos, calculado con base en el valor del salario mínimo vigente al momento de causación, de acuerdo a la declaración de renta correspondiente cuando a ello huebiese lugar.
Los ingresos operacionales durante los dos (2) últimos años dividirán entre dos (2), excepto cuando el consultor acredite una existencia jurídica o periodo de actividad, para personas naturales inferior a veinticuatro (24) meses, caso en el cual se determinará proporcionalmente.
Si todo o parte de los ingresos operacionales perteneciere a un consorcio, o unión temporal, se tendrá en cuenta el porcentaje que corresponda al proponente en el consorcio o unión temporal. En caso de no ser posible la determinación del porcentaje de participación, se tomará el valor total dividido entre el número de participantes.
ARTICULO 20. CAPACIDAD MAXIMA DE CONTRATACION DE PROVEEDORES. <NOTA DE VIGENCIA: La fórmula contenida en este artículo fue aclarada mediante "Nota Aclaratoria" contenida en el Diario Oficial No. 41.593 del 11 de noviembre de 1994. La Nota menciona: "En la edición del Diario Oficial No. 41.465 del viernes 29 de julio de 1994, se publicó el Decreto 1584 de 1994, en donde involuntariamente se incurrió en error en la página 12, al señalar las fórmulas establecidas para determinar la capacidad máxima de contratación de los consultores y proveedores, constituidas en los artículos 15 y 20 del citado decreto, por lo tanto se vuelven a publicar con la respectiva corrección".
La Nota menciona que la fórmula incorrecta del artículo 20 es la siguiente:
1+E+Cf
K = Co * (------)
1.000
La fórmula correcta es:
E+Cf
K = Co * (1 + -----)
1.000
En el texto del artículo, a continuación, aparece la fórmula correcta.>
La suma de los puntajes obtenidos al evaluar los factores de experiencia y capacidad financiera (E+Cf), determinará el monto máximo de contratación (K), en salarios mínimos, al aplicarlos a la capacidad de organización (Co) según la siguiente formula:
E+Cf
= Co * (1 + -----)
1.000
ARTICULO 21. PUNTOS POR EXPERIENCIA PARA PROVEEDORES. Para la determinación de los puntos que correspondan a cada proponente según la experiencia (E), se aplicará la siguiente tabla:
Desde (años) Hasta (años) Puntos
menor de 2 20
2 4 40
ás de 4 6 60
ás de 6 8 80
ás de 8 100
ARTICULO 22. PUNTOS POR CAPACIDAD FINANCIERA PARA PROVEEDORES. A fin de determinar los puntos que se obtendrán por concepto de capacidad financiera se debe sumar los puntos obtenidos por concepto de patrimonio y cada uno de los índices señalados, aplicando las siguientes tablas:
Para el patrimonio total:
Valor (en salarios mínimos)
Desde Hasta Puntos
0 101 10
102 172 20
173 344 30
345 689 40
690 1.378 50
379 3.445 60
446 8.612 70
613 15.502 80
15.503 51.672 90
51.673 mayores 100
Activo Corriente
iquidez : ---------------- Pasivo CorrienteDesde (veces) Hasta (veces) Puntos
0 0.499 -40
0.5 0.799 -20
0.8 0.999 0
1.00 1.499 30
1.500 mayores -40
Pasivo total
ndeudamiento: ------------ Activo totalDesde (%) Hasta (%) Puntos
0.00 4.99 0
.00 19.99 10
20.00 39.99 20
.00 55.99 60
.00 70.99 50
.00 80.99 20
.00 90.99
s de 91.000 -60
ARTICULO 23. CAPACIDAD TECNICA DE PROVEEDORES. Cuando el proponente informe sobre su capacidad técnica en términos de números de personas vinculadas, el dato deberá incluirse en la certificación correspondiente.
<ARTICULO 23 BIS>. <23 BIS EXCEPCION A LA DETERMINACION DEL MONTO MAXIMO DE CONTRATACION (K) EN CONCURSOS DE ARQUITECTURA>. <NOTA DE VIGENCIA: Este artículo fue adicionado por el artículo 18 del Decreto 2326 de 1995, el cual establece que el capítulo segundo de este decreto deberá adicionarse con un nuevo artículo del siguiente tenor (no le asignó número):>
Para la inscripción y participación en los concursos de arquitectura, y para la celebración de los contratos de consultoría que resulten del proceso de selecciónpor Concurso de Arquitectura, no será requisito la determinación del monto máximo de contratación (k), pudiendo éste ser cero (0). Sin embargo, para la inscripción en los Concursos de Arquitectura, y para la celebración de los contratos de consultoría que resulten del proceso de selección por Concurso de Arquitectura, será requisito la inscripción, clasificación y calificación del registro único de proponentes que establece la Ley 80 de 1993, en sus artículos 22 y 79 y Decretos Reglamentarios números 856/94, 1584/94 y 2245/94 <NOTA DE VIGENCIA: Este último Decreto fue derogado expresamente por el artículo 5o. del Decreto 457 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 41.768 del 21 de marzo de 1995>.
CLASIFICACION DE CONSTRUCTORES, CONSULTORES Y PROVEEDORES
ARTICULO 24. DESCRIPCION DE ESPECIALIDADES Y GRUPOS PARA EL REGISTRO DE CONSTRUCTORES:
Especialidad 01. Obras civiles hidráulicas
Grupos:
01. Presas, diques y muelles
02. Regulación y control de ríos
03. Sistemas de irrigación y drenaje
04. Dragados y canales
05. Aguas subterráneas y pozos profundos
06. Generación y modificación de playas
07. Conducción de aguas
Especialidad 02. Obras sanitarias y ambientales
Grupos:
01. Redes de distribución de agua potable
02. Redes de distribución de aguas servidas
03. Estación de bombeo
04. Plantas de tratamiento
05. Tanques de almacenamiento
06. Protección y control de erociones
07. Recuperación ecológica y morfológica
08. Empradización
09. Revegetalización o formación de cobertura vegetal
10. Rellenos sanitarios
11. Pozos sépticos
12. Manejo y control ambiental
13. Explotación de los recursos naturales
Especialidad 03. Sistemas de comunicación y obras complementarias
Grupos:
01. Centrales telefónicas
02. Redes de fibra óptica
03. Redes de transmisión de datos
04. Antenas y equipos de repetición
05. Redes de computación y conmutación
Especialidad 04. Edificaciones y obras de urbanismo
Grupos:
01. Edificaciones sencillas hasta 500m2 y de altura menores de 15 mtrs
02. Edificaciones mayores de 500m2 y de alturas mayores de mtrs
03. Remodelaciones, conservación y mantenimiento
04. Restauración de edificaciones
05. Parques, obras de urbanismo, paisajismo y complementarias
06. Estructuras de concreto convencionales
07. Estructuras especiales de concreto
08. Estructuras metálicas
09. Estructuras de madera
10. Instalaciones interiores para edificaciones.
Especialidad 05. Montajes electromecánicos y obras complementarias
Grupos:
01. Montajes para centrales hidráulicas
02. Montajes para centrales térmicas
03. Subestaciones de energía
04. Sistemás de calefacción, refrigeración y enfriamiento
05. Montaje de ascensores, montacargas y puente - gruas
06. Líneas de transmisión y subtransmisión de energía
07. Redes de distribución aéreas y subterráneas
08. Montajes de tubería de presión
Especialidad 06. Sistemas y servicios industriales
Grupos:
01. Unidades de proceso
02. Servicios industriales
03. Alimenticios
04. Farmacéuticos
05. Químicos
06. Vidrios, acrílicos y similares
07. Frigoríficos
08. Siderúrgicos
09. Madereros
10. Papeleros
11. Zonas francas
12. Astilleros
13. Mataderos
14. Bodegas
Especialidad 07. Obras para minería e hidrocarburos
Grupos:
01. Explotación minera
02. Ductos para transporte de hidrocarburos
03. Cruces subfluviales
04. Estructuras marina, plataformas y monoboyas
05. Refinerías y plantas petroquímicas
06. Tanques metálicos
07. Vasijas de proceso
08. Estaciones de recolección y/o de bombeo
09. Líneas regulares
10. Salvamento y seguridad minera
Especialidad 08. Obras de transporte y complementarios
Grupos:
01. Vías de comunicación en superficie
02. Pavimentos rígidos
03. Pavimentos flexibles
04. Puentes atirantados y cables aéreos
05. Perforamiento, túneles y excavaciones subterráneas
06. Puertos marítimos y fluviales
07. Señalización y semaforización
08. Seguridad aérea
Especialidad 09. Servicios generales
Grupos:
01. Sistemas de seguridad industrial
02. Sistemas de instrumentación y control
03. Sistemas contra incendio
04. Sistemas de seguridad y vigilancia
05. Sistemas de distribución y/o evacuación de productos industriales
06. Cercas eléctricas de seguridad.
ARTICULO 25. DESCRIPCION DE ESPECIALIDADES Y GRUPOS PARA EL REGISTRO DE CONSULTORES. Las siguientes son las especialidades y grupos en las cuales de berán clasificarse los proponentes consultores:
Especialidad 01. Agricultura y desarrollo rural
Grupos:
01. Regiones climáticas
tropical
semi-árido
árida
templado
mediterráneo
02. Estudios macroeconómicos
planeación del desarrollo agrícola
planeación del desarrollo rural
censos y estadísticas agrícolas
producción agricola general
entrenamiento agrícola
03. Aprovechamiento y uso de la tierra
descripción y evaluación de drenajes
sistemas de drenaje
requerimientos de drenaje
clasificación de tierras
usos de la tierra. Estudios de aptitud
adecuación de tierras para irrigación
pruebas de campo
pruebas de laboratorio
planeación del uso de la tierra
por regiones
por fincas
legislación sobre tenencia de la tierra
reforma agraria y consolidación de fincas
reclamación, rehabilitación, conservación y consolidación de tierras
administración de linderos
administración de reservas naturales
administración de fincas
04. Aprovechamiento y uso de los recursos hídricos
aprovechamiento de los recursos hídricos
aguas superficiales
aguas subterráneas
medición de aguas
características y calidad de agua
disponibilidad de aguas para irrigación
planeación del uso del agua
manejo de cuencas hidrográficas
operación y mantenimiento de sistemas de irrigación
05. Infraestructura física
sistemas de riego por gravedad
embalses
por desviación
sistemas de riego por bombeo
ríos-lagos
pozos
redes de drenaje y riego
sistemas de riego por regaderas
sistemas de riego por goteo
administración de sistemas de riego
prácticas de campo para riego
control de ríos e inundaciones
protección y control de erosión
recuperación y rehabilitación de tierras
utilización de aguas subterráneas para riego
perforación y bombeo de pozos
canales para drenaje
redes de distribución de agua por tubería
vivienda rural
centros comunitarios rurales
centros de mercado rural
secamiento y almacenaje de granos
cuartos fríos
mataderos
instalaciones para procesamiento agroindustrial
instalaciones para la industria de alimento para ganado
otras construcciones rurales
06. Infraestructura social
colonización de fincas
desarrollo y participación comunitaria
factores socioculturales rurales
organización de comunidades rurales
servicios sociales rurales
nutrición
producción de alimentos
ingeniería y tecnología en la producción de alimentos
control de calidad
empaque
almacenamiento y distribución
precios
educación nutricional
huertas caceras
granjas pilotos y experimentales
07. Crédito e instituciones
crédito agrícola en general
créditos no agrícolas
banca de desarrollo
banca comercial
crédito cooperativo
instituciones de ahorro y movilización de recursos
organización y administración de instituciones financieras
corporaciones de desarrollo
organización y sistemas de mercadeo
organizaciones de abastecimientos y servicios
organizaciones cooperativas
seguros de cosechas y ganado
organización y administración de otros servicios financieros
organización y administración de la investigación agrícola
08. Producción rural no agrícola
medianas y pequeñas empresas
artesanías
metalistería
carpintería
minería
suministro de personal
nutrición
servicios de transporte
servicios de reparación
otras microempresas
administración de microempresas
servicios no agrícolas
investigación y aplicación
09. Mecanización agrícola
movimiento de tierras
preparación del terreno
cultivo
protección de cultivos
cosechas
procesamiento
manejo de materiales
implementos agrícolas para pequapas fincas
talleres de reparación y mantenimiento
10. producción y cosechas
secados y procesamiento
escarificación
ensayos y control de calidad
certificación y legislación
distribución y mercadeo
11. Control de plagas, enfermedades y malezas
control integral de plagas
entomología
cultivos
árboles
enfermedades de las plantas
control de malezas
químicos
biológicos
control de plagas del ganado
12. Servicios ganaderos
salud animal
nutrición animal
producción y conservación de forrajes
reproducción y genética
cueros y pieles
estadística pecuaría
transporte de ganado
infraestructura pecuaría
administración ganadera
13. Forestal
economía forestal
inventarios forestales
planeación forestal
desarrollo de áreas forestales
vías y transporte de madera
plantaciones forestales
administración forestal general
control de plagas forestales
siembra de árboles
corte y aserrío
madera procesada
industria de pulpa para papel
otras industrias de producción de madera
mercadeo
instituciones forestales
investigaciones forestales
14. pesca
políticas de desarrollo pesquero
evaluación de recursos pesqueros
operaciones pesqueras
embarcaciones y motores para pesca
maquinaría y equipo para pesca
procesamiento del pescado
refrigeración
manejo y empaque
operaciones de desembarque
mercadeo
acuicultura
puertos pesqueros
otros servicios pesqueros
Especialidad 02. Industria
Grupos:
01. Minería - general
economía minera
comercialización, distribución y precios de minerales
fondos para la exploración minera
geología minera, exploración y evaluación de reservas
02. Tecnología minera
minería a cielo abierto
minería subterránea
procesamiento del mineral
manejo y transporte de minerales
metalurgia-metales no ferrosos
metalurgia-metales ferrosos
03. Explotación y comercialización de minerales usuales (commodities)
cobre
zinc-plomo
níquel
mineral de hierro
bauxita-alúmina-aluminio
fosfatos
oro-plata
magnesio
cromo
uranio
esquistos pretolíferos (oil shale)
carbón-lignito-antracita
metales raros
04. Economía industrial
economía y política industrial
planeación de la inversión industrial
tecnología industrial
investigación y desarrollo industrial
estudios de eficiencia industrial
análisis de costos industriales
procesamiento para la explotación y zonas francas
parques industriales
plantas industriales-construcción de fábricas
pequeña y mediana industria
05. Productos industriales, normas de comercio y mercadeo
desarrollo de mercados domésticos
desarrollo de mercados de explotación
tarifas (aranceles) y restricciones al comercio
06. Crédito y organizaciones industriales
banca de fomento
banca comercial
otras instituciones de crédito
instituciones de organización y administración
movilización de recursos
técnicas industriales-servicios de extensión técnica
07. Fibras sintéticas
poliésteres
poliamidas
acrílicas
rayón y acetato
polipropileno
08. Productos textiles
tejidos, principalmente algodón y mezcla de algodón (incluyendo hilado, tejido y procesado)
fibra de vidrio
tejidos gruesos, lana y mezclas de lana (incluyendo hilado, tejido y procesado)
tejidos especiales
tejidos de punto (circulares y tramados)
teñido, estampado y acabado
telas decorativas (tapices,bordados)
09. Ropa y accesorios textiles
vestidos, sacos y abrigos
ropa para otros usos, ropa de trabajo
ropa de tejido de punto
10. Productos químicos y afines
fertilizantes
nitrogenados: amoníaco
nitrogenados: úrea
nitrogenados: otros
fosfatos: roca
fosfatos: ácido fosfórico
fertilizantes fosfáticos
potásicos: minerales
potasicos: evaporación
potásicos: procesamiento
química orgánica básica e intermedia
acetileno y derivados
etileno: otras oleofinas y derivados
aromáticos y derivados
etanol y derivados
metanol y derivados
química inorgánica
soda: comercial, cáustica y clorada
ácidos inorgánicos
otros químicos inorgánicos
productos químicos finales y aplicaciones
plásticos y resinas
fibras artificiales
caucho sintético
solventes, glicoles y detergentes
productos farmacéuticos
pesticidas
bioquímicos
usos de biomasa
producción de bioproteínas
11. Caucho y productos plásticos
llantas y neumáticos
vehículos (on-road)
maquinaria (off-road)
calzado de caucho y plástico
12. Cuero y productos del cuero
curtiembres y acabados
calzado, exepto de caucho
guantes
maletas de viaje
maletines y bolsos
13. Piedra, arcilla, vidrio, concreto, y otros materiales
vidrios planos
productos de vidrio (prensados o soplados)
productos de vidrio reciclado
cementos
productos estructurales en arcilla
ladrillos
baldosas cerámicas
alfarería y productos afines
concreto, yesos y monteros
tubos de concreto
14. Industrias de materiales básicos
industrias del hierro
hierro terminado,aleaciones y fábricas de acero
laminado, procesado y extrusión de metales de hierro
hierro y fundición de acero
hierro y acero forjado
industrias no ferrosas
laminado y extrusión de materiales no ferrosos
fundición de no ferrosos
15. Productos metálicos, excepto maquinaria y equipo de transporte
envases y recipientes metálicos
cuchillería
herramientas manuales
herramientas en general, repuestos y accesorios
tornillos, pernos, tuercas y remaches, etc.
carpintería metálica
Plateria
láminas metálicas
recubrimientos, enchapados,grabados y similares
16. Maquinaria y equipos, excepto eléctricos
maquinaria y equipo agricola
tractores
herramientas complementarias
herramientas para maquinarias y accesorios
maquinaria y equipo industrial especial
maquinaria y equipo para manejo de materiales
maquinaria y equipo para minería
maquinaria y equipo para carpintería
maquinaria y equipo para productos alimenticios
maquinaria y equipo para la industria gráfica
maquinaria y equipo para metalurgia
maquinaria y equipo para industria químico-farmacéutica
maquinaria y equipo para fabricación de cemento
maquinaria y equipo para industria textil
maquinaria y equipo para laindustria en general
maquinas-motor
bombas
compresores
rodamientos
calderas
cajas de velocidad, embragues y transmisión de alta velocidad
equipos de ventilación y escape
hornos para procesos industriales
equipos de oficinas y contables
máquinas para escribir
copiadoras
calculadoras
maquinaria y equipo para refrigeración
17. Maquinarias y equipos electrónicos
equipos para generación, transmisión y distribución de energía
turbogeneradores
transformadores
interruptores y controles
motores eléctricos
cables y conductores
aparatos eléctricos industriales
baterías secas
herramientas eléctricas
probadores e instrumentos de medición
artefactos domésticos
alumbrado eléctrico y cableado
equipos de radio y televisión
equipos de comunicaciones
partes y equipos eletrónicos
semiconductores
productos industriales
bienes de consumo
equipos de procesamiento y computación electrónica
antenas (transmisión de ondas)
control de procesos y equipos
18. Equipos de transporte
vehículos automotores y equipo auxiliar
carros, camperos, camionetas
camiones y buses
remolques
partes para automóviles y accesorios
aviones y componentes
construcción de buques y botes
astilleros para buques
reparación de buques
astilleros para botes
reparación de botes
equipos ferroviarios
locomotoras
coches
vagones, vagonetas, ruedas y ejes
equipo permanente
motocicletas y partes
bicicletas y partes
19. Industrias misceláneas
alimentos y productos relacionados
fabricación de tabaco
20. Turismo
política sectorial
proyectos turísticos (planeación, diseño)
operación de proyectos turísticos
museología
conservación, preserveción, y exhibición de objetos
administración de reservas naturales
artesanías
21. Construcción
organización
administración
tecnología, maquinaria, materiales y entrenamiento
finanzas, seguros y garantías
Especialidad 03. Social
Grupos:
01. Gestión educativa
economía de la educación y finanzas (incluye: análisis de la tasa de retorno, costos educativos)
administración de proyectos macroeducativos
demografía-mapas educativos
educación rural y desarrolllo
evaluación (incluye: estudios de seguimiento de los efectos del curriculum escolar en la producción)
stadísticas educativas
alfabetización
sistemas educativos
servicio de adminitración educativa (pública y privada)
02. Planeación de proyectos microeducativos
organización y administración escolar
planeación de la infraestructura educativa (no incluye infraestructura física)
03. Desarrollo curricular
ciencias-nivel secundario
técnica nivel universitario
técnica nivel secundario
niveles tecnológico, secundario y post-secundario
construcción de edificios: general
educación para niños especiales
educación primaria
educación secundaria
educación no formal para adultos
evaluación del rendimiento escolar
consejería escolar
04. Capacitación de maestros
maestros técnicos y vocacionales
capacitación de maestros de primaria
capacitación de maestros de secundaria
capacitación de administradores educativos, supervisores y expertos de planeamiento educativo
05. Ayudas educativas
producción de textos
materiales didácticos
educación a distancia
ayudas audiovisuales
educación por radio y televisión
aprendizaje por correspondencia
investigación educativa
06. Infraestructura física educativa
diseño de edificios
07. Planeación arquitectónica de conjuntos educacionales
planeación de modelos universitarios
08. Planeación y organización de sistema de salud
planeación nacional de salud
diseño logístico
diseños de sistemas financieros
planeación intersectorial
organización, administración y gerencia
planeación del recurso humano
diseños del sistema de informática
capacitación en salud
09. Infraestructura en salud
diseño en hospitales
diseño de ayudas para atención primaria (rural y urbana)
diseño de ayudas educativas
equipos y vehículos
telecomunicaciones (para servicios de salud)
sistemas de mantenimiento
sistemas de distribución de medicamentos
diseños de sistemas de enfriamiento para vacunas (cadenas de fríos)
diseños para sistemas de producción de material educativo en salud
diseño arquitectónico para servicios de salud
10. Servicios de salud domiciliarios
atención básica de salud
salud ocupacional
salud ambiental (incluyendo abastesimiento de aguas y sistemas sanitarios)
enfermedades tropicales y control de vectores
control de enfermedades no contagiosas
salud-materno infantil
salud dental
salud mental
nutrición (aspectos de salud)
educación en salud
proveduría de medicamentos
participación comunitaria
salud escolar
salud pública general
11. Desarrollo del recurso humano en salud
médicos y odontólogos
enfermedades y personal paramédico
promotores domiciliarios de salud
auxiliares
voluntariado
diseños de programas de instrucción
capacitación en servicio
integración de recursos de medicina tradicional
diseño de sistemas de supervisión
12. Monitoreo, evaluación, investigación
epidemiología
antropología-sociología (medica)
análisis económico y financiero
diseño de sistemas de evaluación
investigación de operaciones
investigación de servicios en salud y sistemas de información
economía de la salud
13. Población, planificación familiar y desarrollo
investigación y análisis demográfico
determinantes de la fertilidad
aspectos sociales, económicos, culturales y psicológicos de la población y la planificación familiar
aspectos de la salud en la planificación familiar
programas de desarrollo de la mujer
educación en población
censos y estadísticas de población
14. Planeamiento y organización de la población y programas de planificación familiar
planeación nacional y políticas de desarrollo
organización, administración y gerencia
planeación intersectorial
planeación del recurso humano
planeación de la información, educación y comunicaciones
diseño de sistemas de información (banco de datos)
15. Infraestructura de servicios para planeación familiar
diseño general
equipos, vehículos
provisiones
diseño de instalaciones (arquitectura y construcción
mantenimiento y reparación de equipos
16. Sistemas de planificacion familiar
clínicas de planificación familiar
servicio de planificación familiar en hospitales
servicios de planificación familiar ambulatorios
servicios de planificación en atención materno infantil
distribución de suministros para planificación familiar
17. Trabajadores para servicios de planificación familiar
médicos
administradores y gerentes
enfermeras y parteras
farmacéutas
personal paramédico
trabajadores sociales y promotores domiciliarios de salud
voluntariado
diseño de programas de instrucción
diseño de sistemas de supervisión
desarrollo de personal para planificación
18. Información, educación y comunicaciones en población
comunicaciones por medios masivos
ayudas audiovisuales
comunicaciones interpersonales
uso de medios autóctonos de comunicación
educación en población y planificación familiar
19. Seguimiento, evaluación e investigación en población
diseño de sistemas en seguiemiento
estadísticas de población y fertilidad
estadísticas de provición de servicios
diseño de sistemas de evaluación
investigación en servicios de planificación familiar
orientada hacia la acción
orientada hacia la evaluación
investigación clínica
investigación y evaluación de métodos y programas en información, educación y comunicaciones
20. Estudios sociológicos y antropológicos
Especialidad 04. Energía
Grupos:
01. Gestión energética
proyección de la demanda de energía
economía enegética
planeación enegética
estructuración de tarifas y precios de la energía
entrenamiento relacionado con la energía
pérdidas de energía
vivienda
industria
transporte
construcción
líneas de transmisión
02. Energía eléctrica
análisis y planeación de redes de energía
operación de redes de energía
automatización de redes de energía (dinámica de control y simulación)
generación de energía-hidroeléctricas
marítimo
generación de energía-térmica convencional
plantas a vapor plantas de combustión interna-turbinas de gas
plantas diesel
generación de energía-nuclear
generación de energía-otras
plantas de ciclos combinados
plantas transformadoras de energía
sistemas de transmisión de energía
alto voltaje (superior a 220 Kv)
bajo y mediano voltaje
subestaciones de alto voltaje
subestaciones de alto y mediano voltaje
transmisión de alto voltaje en corriente continua
sistemas de distribución de energía
generación de energía calórica y co-generación
sistemas de energía industrial
tarifas-precios y manejo de cargas
gerencia del aprovechamiento de enrgía
organización institucional
sistemas contables
sistemas de auditoría
sistemas de información
sistemas estadísticos
sistemas computarizados
sistemas de evaluación y administración del rendimiento
electrificación rural
03. Gasolina
petróleo
geofísica (incluye mediciones geofísicas)
ingeniería de perforación
continental
marítimo
ingeniería de producción
continental
ingeniería de reservas
exploración de yacimientos
producción de gas y gasolina
convencional continental
convencional marítimo
no convencional
conducción de petróleos y derivados
petróleo crudo
gasolina y derivados
gas natural
1pg
petroquímicos
refinerías de petróleo
diseño de procesos
construcción de refinerías
operación de refinerías
comercialización y distribución
terminales y depósitos de petróleos
ayudas para la explotación marítima
diseño de plataformas
estudios de suelos y fundaciones
operación
servicios de soporte
conducción submarina
04. Gas
distribución de gas
sistemas domésticos
sistemas industriales
conversión a gas fuel
gas natural líquido licuefacción
almacenamiento
gasoductos y terminales
transporte en tanques
equipos
exploración
producción
tranporte
refinación
distribución
servicios jurídicos
negociación de concesiones
exploración de petróleo
05. Carbón-lignito-antracita
geología del carbón, exploración y evaluación de reservas
minera a cielo abierto
minería subterránea y preparación de la extracción
manejo y transporte del carbón
procesamiento del carbón
producción de coke
producción de alquitrán
gasificación del carbón
combustibles líquidos sintéticos
química del carbón
comercialización del carbón
06. Energía renovable y otros
energía geotérmica
exploración y perforación geotérmica
reservas geotérmicas y muestreo
hidrología geotérmica
energía solar
energía biomasa
energía eólica
energía de mareas
procesamiento de aceites bituminosos
procesamiento de areanas alquitranadas
leña y combustibles vegetales
Especialidad 05. Ambiental
Grupos:
01. Planeación y legislación
políticas ambientales
legislación ambiental
políticas institucionales
especificaciones ambientales (calidad)
diagnóstico y evaluación del impacto ambiental
topografía y geología
atmósfera
aguas superficiales y subterráneas
mar
ecología
paisaje
ruido
habitantes
economía
evaluación de impacto ambiental
sensores remotos mapas de áreas afectadas ecológicamente
capacitación ambiental
02. Medidas de protección ambiental
contaminación del aire
contaminación del agua
contaminación del suelo
disposición de descechos sólidos
disposición de descechos tóxicos y peligrosos
ruido
salud
contaminación industrial
pesticidas
03. Especialidades en protección ambiental
impacto de las minas de carbón y otros minerales
control ambiental en silvicultura
biología marina
manejo de zonas costeras
protección y restauración de monumentos culturales históricos
protección de la vida salvaje
planeamiento ambiental urbano
relocalización
ingeniería paisajista
aspectos socioculturales
Especialidad 06. Telecomunicaciones
Grupos:
01. Organización
estudios de demanda
estudios de proyección
diseño de programación global
entrenamiento relacionado con telecomunicaciones
reglamentación
02. Sistemas de telefonía masiva, telégrafo y télex
sistemas de conmutación
análogos
digitales
sistemas de transmisión
por cable metálico
por fibra óptica
circuitos especializados
fábricas de cables
sistemas de comunicaciones satelitales
sistemas de transmisión de datos
circuitos conmutables (switching) paquetes conmutables (switching)
circuitos especializados
administración de servicios de telecomunicaciones
organización y gerencia
sistemas contables y de auditoría
estructuras de tarifas
03. Sistemas de transmisión por radio y televisión
radio
televisión
antenas comunales de televisión-catv
radiotelefonía
04. Sistemas especializados de telecomunicaciones
comunicaciones del transporte ferroviario
comunicaciones del transporte aéreo
comunicaciones del transporte por ductos
comunicaciones del transporte acuático
video
05. Aplicaciones de computador
procesamiento de datos
en línea
fuera de línea
sistemas de control y supervisión
06. Sistemas de comunicación rural y a pequeña escala
correo y telégrafo
radio y telefóno
portátiles y centrales
Especialidad 07. Transporte
Grupos:
01. Organización del transporte
planeación del transporte regional, nacional y multimodal
medición de tráfico, origen y destino
sistemas de información
proyección de demanda
modelos de transporte
programas y políticas de inversión
tecnología del transporte intermodal
terminales de carga intermodal
procedimientos simplificados para documentos de transporte
capacitación relacionada con transporte
02. Infraestructura para transporte vial
planeación y programación de carreteras
carreteras
caminos vecinales (vías de penetración)
nuevas carreteras, mejoramiento y reconstrucción
troncales (carreteras con peaje)
carreteras primarias
carreteras secundarias
caminos vecinales
carreteables
nuevas estructuras y reconstrucción
puentes
túneles
pasos elevados
muelles para ferry
mantenimiento vial
organización, financiación y programación
ejecución
administración de equipos
control de tráfico vial
legislación vial
seguridad vial
capacitación relacionada con el transporte por carretera
economía del transporte por carretera
03. Servicio de transporte por carretera
regulación
impuestos a los usuarios de las vias
gerencia de empresas
transporte de pasajeros
transporte de carga
análisis financiero, tarifas y costos
terminales
pasajeros
carga
servicios de transporte rural
transporte de pasajeros
transporte de carga
capacitación sobre industrias de transporte por carretera
04. Transporte ferroviario
proyección de demanda y planificación de inversiones
mercadeo
análisis financiero, tarifas y costos
regulación y precios
gerencia y desarrollo organizacional
nuevas líneas y renovaciones
estructuras
puentes
túneles
estaciones
terminales y patios
sistemas de señalización
equipo rodante
locomotoras
otros
electrificación
operación de ferrocarriles
talleres de mentenimiento y equipo
mantenimiento de líneas
aplicaciones de computador
sistemas de información
análisis, planeación y proyección
operaciones
capacitación sobre transporte ferroviario
economía del transporte ferroviario
05. Puertos marítimos y fluviales
Proyección de la demanda y planificación de inversiones
análisis financiero, tarifas y costos
gerencia y desarrollo organizacional
puertos, muelles y embarcaderos
mantenimiento portuario
dragado y recuperación
operaciones portuarias
depósito y almacenes
medios para manejo de carga a granel
ayudas costeras
puertos mar adentro
puertos para contenedores
puertos para carga sólida y líquida
operación y manejo de carga
ayuda de navegación
aplicaciones de computador
sistemas de información
operaciones portuarias
entrenamientos sobre puertos
06. Navegación
empresas nacionales de navegación
gerencia y operación
análisis financiero, tarifas y costos
embarcaciones
buques, tanques y embarcaciones de carga
buques de embarque costero
embarcaciones para vías de navegación interna
transbordadores
construcción y reparación de barcos
construcción de barcos
mantenimiento y reparación
astilleros
diques secos
diques flotantes
arquitectura naval
ingeniería naval
fletes de carga
entrenamiento relacionado con navegación
aspectos económicos del transporte
07. Vías de navegación interior
proyección de la demanda y planificación de inversiones
gerencia y desarrollo organizacional
regulación y control de ríos
dragado y recuperación
esclusas y diques
canales
puertos
espolones
mantenimiento
ayudas a la navegación
astilleros y ayudas para la reparación de embarcaciones
industria de transporte (firmas y servicios)
08. Aeropuertos
proyección de la demanda y planificación de inversiones
gerencia y desarrollo organizacional
análisis financiero, tarifas y costos
localización y usos de la tierra
estudios ambientales
diseño de aeropuertos y obras civiles (pistas de desagüe, carreteo y parqueo)
estructuras
terminales
depósitos y medios para el manejo de carga
hangares y talleres
infraestructura
abastecimiento de combustible
alumbrado
otros
mantenimiento de aeropuertos
operación de aeropuertos
control de tráfico aéreo
ayudas para la navegación aérea
pequeñas pistas de aterrizaje
entrenamiento aeroportuario
09. Servicios de transporte aéreo
selección de aeronaves
gerencia y operación de aerolíneas
análisis financiero, terifas y costos
planeación de itinerarios
regulación
precios
mantenimiento de aeronaves
aplicaciones de computador
sistemas de reservas para aerolíneas
sistemas de información
operaciones
entrenaminento en transporte aéreo
10. Otros transportes
bandas transportadoras
carros por cable
Especialidad 08. Desarrollo urbano
Grupos:
01. Planeamiento en desarrollo urbano
encuestas, análisis y seguimientoen el área urbana
encuestas socioeconómicas
encuestas de uso de la tierra
modelos de desarrollo urbano
planeación estratégica del desarrollo (incluye planes integrales)
planeación de usos de la tierra y del transporte
planes de inversiones urbanas
políticas urbanas nacionales
02. Planeación, diseños de ingeniería y aplicaciones en proyectos de vivienda
encuestas y diagnóstico del sector vivienda
planeación, localización, diseño e ingeniería del detalle de servicios
programa de desarrollo y renovación
métodoa y materiales de construcción
diseño de edificios para oficinas
administración de construcciones
usos de la tierra urbana (residencial,comercial,industrial)
mejoramiento del uso de la tierra
redesarrollo urbano
03. Servicios urbanos
ingeniería
servicios municipales
construcción y mantenimiento de vías urbanas
alumbrado público
recolección y disposición de desechos sólidos
prevención de incendios
planeación y diseño de servicios comunales
mercados
centros comunales
04. Empleo urbano
análisis del sector empleo
programa de generación empleo
capacitación y desarrollo de habilidades
05. Finanzas urbanas
finanzas y presupuestos municipales
avalúos e impuestos catastrales
otros impuestos municipales
financiación del sector vivienda
banca hipotecaria
ahorro y programas de préstamo
préstamos para construcción
financiación de materiales para construcción
financiación de pequeña y mediana empresa
06. Administración urbana
administración pública
administración y gerencia de servicios municipales
códigos de urbanismo
normatización y regulación de la construcción
participación comunitaria
programas de autoayuda
entrenamiento en desarrollo urbano
administración y gerencia de la tierra
sistemas de información
administración y gerencia de proyectos y programas
07. Transporte urbano
administración del tráfico
avisos y señalización
canalización
medida para la regulación del tráfico
esquemas de control del tráfico zonal
transporte público (esquemas de priorización)
parqueo
operaciones de transporte público
buses
sistemas de tráfico rápido
estructura tarifaria
administración
análisis y diseño global
operaciones relacionadas con el transito
ciclovías
peatonales
planeación del transporte urbano
encuestas y análisis de tráfico y transporte
modelos de tráfico y transporte
planeación y diseño global
monitoreo y evaluación
economía del transporte urbano
administración del transporte urbano
tarifas
licencias para vehículos
procedimientos legales y técnicos
entrenamiento (incluye educación a conductores)
participación pública
08. Diseño arquitectónico
Especialidad 09. Suministro de agua y saneamiento
Grupos:
01. Suministro de agua
planeación y diseño de acueductos
desarrollo de recursos hidráulicos
aguas superficiales
aguas subterráneas
calidad del agua
fuentes de abastecimiento
presas
túneles
conducto submarinos
capacitación y conducción de agua
estaciones de bombeo
bombas manuales
almacenamiento de aguas
tratamiento de aguas
distribución de aguas
rehabilitación y optimización del sistema
desalinización
corrosión
detección de fugas
suministro de agua en zonas rurales
medidores de agua
materiales y fabricación de tubería
02. Saneamiento
sistema de recolección de aguas residuales
tratamiento de aguas residuales
domésticas
industriales
rehabilitación y optimización del sistema
lagunas de estabilización
emisario submarino
disposición en tierra
tecnología de bajo costo para zonas urbanas
sistemas de recolección de aguas fluviales
saneamiento rural
control de contaminación de aguas
tratamiento y disposición de aguas residuales
tratamiento y disposición de lodos
recuperación del recurso hídrico
03. Desechos de sólido
logística y recolección
disposición
recuperación del recurso
04. Administración de los servicios de suministro de agua y saneamiento
proyección de la demanda
planeación financiera
organización y administración
estratificación y tarifas
medición de agua
sistemas contables y de auditoría
sistematización
legislación
administración de servicios naturales
capacitación en suministro de agua y saneamiento
Especialidad 10. Otros
Grupos:
01. Planeación y gestión pública
estrategias de desarrollo nacional
políticas sectoriales
políticas de comercio exterior
planeación nacional
administración pública
empresas públicas: administración y financiación
empresas públicas: sistemas de información y control
administración de la economía nacional
inversión pública y presupuesto
finanzas públicas y deuda
desarrollo institucional
banca de desarrollo
programa de privatización
02. Sistemas de información
contabilidad-auditoría
sistemas de información y procesos de cómputo
tecnología de computadores
asesoría en tecnología de la información
manejo de sistemas de información
estudios estratégicos de automatización
formulación de propuestas para hardware/software
diseño y aplicación de sistemas de computación
microcomputación y automatización de oficinas
03. Organización
desarrollo institucional
asesoría en administración
estudios administrativos
estudios de desarrollo organizacional
estudios de demanda del recurso humano
transferencia de tecnología y entrenamiento
04. Gestión de proyectos
servicios de gestión
gerencia de proyectos
asistencia técnica y asesoría en servicios
operación llave en mano
gestión de arranque de proyectos
evaluación expost de proyectos
manejo de riesgos
proyectos relacionados con seguros
asesoría en financiación de proyectos
interventoría
05. Servicios básicos de ingeniería
aerofotogrametría e imágenes por satélite
estudios geológicos
estudios geofísicos
estudios hidrlógicos
estudios hidrográficos
estudios de suelos
estudios topográficos
estudios de fuentes de materiales
estudios hidrogeológicos
ensayos de laboratorio y modelos de simulación
estudios climatológicos
estudios sismológicos
estudios oceanográficos
estudios de ingeniería marina
06. Asesoría legal
ARTICULO 26. DESCRIPCION DE ESPECIALIDADES Y GRUPOS PARA EL REGISTRO DE PROVEEDORES. Las siguientes son las especialidades y grupos en las cuales deberán clasificarse los proponentes proveedores:
Especialidad 01. Animales vivos y productos del reino animal
Grupos:
01. Animales vivos
02. Carnes y despojos comestibles
03. Pescados y crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos
04. Leche y productos lácteos, huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otras partidas
05. Los demas productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otras partidas
Especialidad 02. Productos del reino vegetal.
Grupos:
06. Plantas vivas y productos de la floricultura
07. Legumbres y hortalizas, plantas; raíces y tubérculos alimenticios
08. Frutos comestibles, cortezas de agrios o de melones
09. Café, té, yerba mate y especias
10. Cereales
11. Productos de la molinería: malta; almidón y fécula; gluten de trigo
12. Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas
industriales o medicinales; paja y forraje
13. Gomas, resina y demás jugos y extractos vegetales
14. Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otras partidas
Especialidad 03. Grasas y aceites animales o vegetales, productos de sudesdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal ovegetal
Grupos:
15. Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasa alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal
Especialidad 04. Productos de las industrias alimentarias, bebidas, líquidosalcoholicos y vinagre; tabaco sucedáneos del tabaco elaborados.
Grupos:
16. Preparaciones de carnes, de pescado o de crustáceos, de moluscos o de otros invertebrados acuáticos
17. Azúcares y artículos de confitería
18. Cacao y sus preparaciones
19. Preparaciones a base de cereales, de harina, de almidón, de fécula o de leche; productos de pastelería
20. Preparaciones de legumbres u hortalizas, de frutos o de otras partes de plantas
21. Preparaciones alimenticias diversas
22. Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
23. Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales
24. Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
Especialidad 05. Productos minerales
Grupos:
25. Sal; azufre; tierras y piedras; yesos cales y cementos
26. Minerales; escorias y cenizas
27. Comestibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales
Especialidad 06. Productos de las industrias químicas o de las industriasconexas
Grupos:
28. Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de los metales preciosos, de los elementos radioactivos, de los metales de las tierras raras o de isótopos
29. Productos químicos orgánicos
30. Productos farmacéuticos
31. Abonos
32. Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y varnices; mastiques; tinta
33. Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
34. Jabones, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas; productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar ceras para odontología y preparaciones para odontología a base de yeso (escayola)
35. Materias albuminoides; productos abase de almidón o de fécula modoficados; colas enzimas
36. Pólvoras y explosivos; artículos de pirotécnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofósicas; materias inflamables
37. Productos fotográficos o cinematográficos
38. Productos diversos de las industrias químicas
Especialidad 07. Materias plásticas y manufacturas de estas materias; cauchoy manufacturas de caucho
Grupos:
39. Materias plásticas y manufacturas de estas materias
40. Caucho y manufacturas de caucho
Especialidad 08. Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias;artículos de guarnicionería o de talabartería; artículos de viaje; bolsos demano y continentes similares; manufacturas de tripa
Grupos:
41. Pieles (exepto la peletería) y cueros
42. Manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería y de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano y continentes similares, manufacturas de tripa
43. Peletería y confecciones de peletería; peletería artificial o ficticia
Especialidad 09. Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho ymanufacturas de corcho; manufacturas de espartería o de cestería
Grupos:
44. Madera, carbón y manufacturas de madera
45. Caucho y sus manufacturas
46. Manufacturas de espartería o de cestería
Especialidad 10. Pastas de madera o de otras materias fibrosas celulósicas;desperdicios y desechos de papel o de cartón; papel, cartón y susaplicaciones
Grupos:
47. Pastas de madera o de otras materias fibrosas celulósicas; desperdicios y desechos de papel o cartón
48. Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o de cartón 49. Productos editoriales, de la prensa o de otras industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
Especialidad 11. Materias textiles y sus manufacturas
Grupos:
50. Seda
51. Lana o pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin
52. Algodón
53. Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel
54. Filamentos sintéticos o artificiales
55. Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
56. Grata, fieltro y telas sin tejer; hilados especiales; cordeles; cuerdas y cordajes; artículos de cordelería
57. Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materias textiles
58. Tejidos especiales; superficies textiles con pelo insertado, encajes, tapicería; pasamanería y bordados
59. Tejidos impregnados, recubiertos, revestidos, o estratificados; artículos técnicos de materias textiles
60. Tejidos de punto
61. prendas y complementos de vestir, de punto
62. Prendas y complementos de vestir, excepto los de punto
63. Los demás artículos textiles confeccionados; conjuntos o surtidos; prende ría y trapos
Especialidad 12. Calzado, sombrerería, paraguas, quitasoles, bastones,látigos, fustas y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas;flores artificiales; manufacturas de cabello
Grupos:
64. Calzado, polainas, botines y artículos análogos; partes de estos artículos
65. Artículos de sombrerería y sus partes
66. Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos fustas y sus partes
67. Plumas y plumón preparados; y artículos de plumas o plumón; flores artificiales, manufacturas de cabello
Especialidad 13. Manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto, mica omaterias análogas; productos cerámicos; vidrio y manufacturas de vidrio
Grupos:
68. Manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto, mica o materias análogas
69. Productos cerámicos
70. Vidrio y manufacturas de vidrio
Especialidad 14. Perlas finas o cultivadas, piedras preciosas ysemipreciosas o similares, metales preciosos, chapados de metales preciososy manufacturas de esas materias; bisutería, monedas
Grupos:
71. Perlas finas o cultivadas, piedras preciosas y semipreciosas o similares, metales preciosos, chapados de metales preciosos y manufacturas de estas materias, bisutería, monedas
Especialidad 15. Metales comunes y manufacturas de estos metales
Grupos:
72. Fundición, hierro y acero
73. Manufacturas de fundición, de hierro o de acero
74. Cobre y manufacturas de cobre
75. Níquel y manufacturas de níquel
76. Aluminio y manufacturas de aluminio
77. (Reservado para una futura utilización en el sistema armonizado
78. Plomo y manufacturas de plomo
79. Cinc y manufacturas de cinc
80. Estaño y manufacturas de estaño
81. Los demás metales comunes; "cermets", manufacturas de estas materias
82. Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metales comunes; parte de estos artículos; de metales comunes
83. Manufacturas diversas de metales comunes
Especialidad 16. Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes,aparatos para la grabación o la reproducción de sonido, aparatos para lagrabación o la reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partesy accesorios de estos aparatos
Grupos:
84. Reactores nucleares; calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
85. Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos para la grabación o la reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
Especialidad 17. Material de transporte
Grupos:
86. Vehículos y material para las vías férreas o similares y sus partes; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para las vías de comunicación
87. Vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios
88. Navegación aérea o espacial
89. Navegación marítima o fluvial
Especialidad 18. Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía ocinematografía, de medida, control o de presición; instrumentos y aparatosmédico quirúrgicos; relogeria, instrumentos de música; partes y accesorios deestos instrumentos y aparatos.Grupos:
90. Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o de presición; instrumentos y aparatos médico-quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos y aparatos
91. Relogería
92. Instrumentos de musica; partes y accesorios de estos instrumentos
Especialidad 19. Armas y municiones, sus partes y accesorios
Grupos:
93. Armas y municiones, sus partes y accesorios
Especialidad 20. Mercancías y productos diversos
Grupos:
94. Muebles: mobiliario médico-quirúrgico; artículos de cama y similares; aparato de alumbrado no expresados, ni comprendidos en otras partidas; anuncio, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas
95. Juguetes, juegos y artículos para recreo o para deporte; sus partes y accesorios
96. Manufacturas diversas
Especialidad 21. Objetos de arte, de colección o de antiguedad
Grupos:
97. Objetos de arte, de colección o de antiguedad
98. Disposiciones de tratamiento especial
ARTICULO 27. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los veinticinco
(25) días del mes de julio de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Ministro de Gobierno,
FABIO VILLEGAS RAMIREZ.
El Ministro de Desarrollo Económico,
MAURICIO CARDENAS SANTAMARIA.
El Ministro de Transporte,
JORGE BENDECK OLIVELLA.