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DECRETO 2763 DE 2001

(diciembre 20)

Diario Oficial No. 44.659, de 27 de diciembre de 2001

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 18 del Decreto 351 de 2014>

Por el cual se modifica el Decreto 2676 de 2000.

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo de lo previsto en los artículos 34 al 38 del Decreto-ley 2811 de 1974, 31 de la Ley 9a. de 1979 y 6, 7 y 8 de la Ley 430 de 1998,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 18 del Decreto 351 de 2014> Prorrogar por ocho meses, contados a partir de la expedición del Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares MPGIRH, el término establecido en el artículo 20 del Decreto 2676 de 2000, para la implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares que deben realizar los generadores de residuos hospitalarios y similares.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Decreto derogado por el artículo 18 del Decreto 351 de 2014> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Salud,

Gabriel Riveros Dueñas.

El Ministro del Medio Ambiente,

Juan Mayr Maldonado.

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