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RESOLUCION 05 DE 1995

(JUNIO 14 DE 1995)

COMISION DE REGULACION DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO

Mediante la cual se modifica parcialmente el artículo 1o. de la Resolución 02 de 1.995 "por la cual se fija la tarifa de la contribución especial para el año de 1995 por concepto del servicio de regulación de agua potable y saneamiento básico, de que trata el artículo 85 de la Ley 142 de 1994,

reglamentada por el decreto No. 707 del 28 de abril de 1995, y

se adopta oficialmente el formato para la autoliquidación".

LA COMISION DE REGULACION DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las

que le confiere el artículo 85 de la Ley 142 de 1.994,

y los artículos 1o. y 2o. Parágrafo 2o. del decreto 707 de 1.995

y 7o. y 15 del decreto 1738 de 1.994

CONSIDERANDO:

Que la ley 142 de 1994, en su Artículo 85, estableció el pago de una contribución especial, con el fin de recuperar los costos del servicio de regulación que presta la Comisión.

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto No. 707 del 28 de abril de 1995, reglamentó el pago de la contribución especial y señaló que éste se efectuaría en los porcentajes y factores que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico determine mediante resolución.

Que el inciso 3o. del artículo 1o. decreto 2075 de 1.992 "por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones" establece que "[e]l sistema de ajustes no será tenido en cuenta en la determinación del impuesto de industria y comercio, ni de los demás impuestos y contribuciones"

RESUELVE:

ARTICULO 1o. El artículo 1o. de la Resolución 02 de 1.995 expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico se modifica en los siguientes términos:

ARTICULO PRIMERO. Tarifa contribución Especial. Fíjase como tarifa de la contribución especial para la vigencia fiscal de 1995, el 0.25% de los gastos de funcionamiento asociados a los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo de las entidades prestadoras de tales servicios, de acuerdo con los resultados que arrojen sus estados financieros correspondientes al año de 1994, debidamente auditados.

Mediante la cual se modifica parcialmente el artículo 1o. de la Resolución 02 de 1.995 "por la cual se fija la tarifa de la contribución especial para el año de 1995 por concepto del servicio de regulación de agua potable y saneamiento básico, de que trata el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, reglamentada por el decreto No. 707 del 28 de abril de 1995, y se adopta oficialmente el formato para la autoliquidación".

PARAGRAFO. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9o. del decreto 707 de 1.995, los municipios que presten en forma directa los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, sólo serán objeto de la liquidación y pago de la contribución especial, una vez hayan cumplido todas las condiciones y requisitos previstos en los artículos 6o. y 182. de la Ley 142 de 1.994.

ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta del Ministerio de Desarrollo Económico

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C. a los 14 JUN 1995.

MANUEL JOSE CARDENAS ZORRO

Presidente

JAIME SALDARRIAGA SANIN

Secretario

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