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RESOLUCION 1154 DE 1987

(22 DE OCTUBRE)

Por la cual se adiciona y amplia la resolución No. 1554 del 16 de junio de 1981, en materia de aguas

El Gerente General del INDERENA,

en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Nros. 2420 y 3120 de 1968, 133 de 1976, 2683 de 1977, 2811 de 1974, 1541 de 1978, Acuerdo 11 de 1981 y 017 de 1981.

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Delegar a los Directores Regionales el cumplimiento de las siguientes funciones en materia de aguas subterráneas:

Tramitar y otorgar los permisos para exploración de las aguas subterráneas.

Tramitar y otorgar concesiones de aguas subterráneas provenientes manantiales o alumbrados en pozos, aljibes o galerías filtrantes, hasta la cantidad de 5.00 lts./seg., excepto las que se soliciten para abastecer los sistemas de suministro de agua de proyectos urbanísticos o las de uso industrial y la totalidad de las aguas minerales y termales.

Velar por el cumplimiento de las obligaciones que el INDERENA impone al los usuarios por medio de las resoluciones de permiso o concesiones de aguas subterráneas.

ARTICULO 2o. Para preservar y evitar el deterioro del recurso hídrico subterráneo, los directores Regionales tendrán la responsabilidad de adelantar los estudios preliminares y tomar las medidas preventivas que consideren necesarias. Concluida esta actuación, se remitirá a la Gerencia General para que decida en definitiva.

ARTICULO 3o. El Director Regional remitirá a la Administración Central copia de toda resolución que otorgue o niegue permisos de exploración y de aprovechamiento de aguas subterráneas, para actualización de las estadísticas y la información.

ARTICULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y requiere publicación en el Diario Oficial.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

GERMAN GARCIA DURAN

Gerente General.

JORGE PACHECO JACOME

Secretario General

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