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RESOLUCIÓN 197 DE 2010

(junio 23)

Diario Oficial No. 47.782 de 26 de julio de 2010

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Por la cual se determinan los requisitos y las condiciones que las Cajas de Compensación Familiar deben tener en cuenta para el otorgamiento de la elegibilidad de los proyectos o soluciones de Vivienda de Interés Social Rural.

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 42 del Decreto 1160 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1160 de 2010, se reglamentó parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007, en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural y derogó el Decreto 973 de 2005;

Que el inciso 2o del artículo 3o del Decreto 1160 de 2010, estableció que constituye Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural el aporte proveniente de los recursos parafiscales administrados por las Cajas de Compensación Familiar que, con los mismos fines, sea entregado a los trabajadores afiliados a estas entidades que habiten en suelo rural, de conformidad con las normas legales vigentes;

Que el parágrafo del artículo 6o del Decreto 1160 de 2010, señala que las postulaciones que se presenten ante las Cajas de Compensación Familiar para adquirir subsidios con cargo a los recursos parafiscales, podrán ser individuales o colectivas;

Que según el parágrafo del artículo 13 del Decreto 1160 de 2010, en el caso de las Cajas de Compensación Familiar, el monto del subsidio podrá representar hasta el noventa por ciento (90%) del valor de la solución de vivienda;

Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 42 del Decreto 1160 de 2010, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinará los documentos y requisitos objeto de evaluación por parte de las Cajas de Compensación Familiar a los proyectos que les sean presentados para la adquisición del subsidio familiar de vivienda con cargo a los recursos parafiscales;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I.

CONDICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1o. CONCEPTO DE ELEGIBILIDAD. La elegibilidad de un proyecto o solución de vivienda de interés social rural es la verificación por parte de la entidad otorgante del subsidio, mediante un proceso de revisión, del cumplimiento de los aspectos técnicos, financieros y jurídicos del mismo exigidos en la normativa vigente.

La elegibilidad de la que trata la presente resolución aplica a los proyectos o soluciones de vivienda ubicados en las zonas definidas como suelo rural en los Planes de Ordenamiento Territorial, los cuales comprenden sin distinción alguna, todas las previstas en el artículo 9o de la Ley 388 de 1997.

La elegibilidad deberá ser evaluada y certificada por la Caja de Compensación Familiar en la que se haya presentado el proyecto.

En ningún caso la elegibilidad de un proyecto genera derecho alguno para la asignación del subsidio familiar de vivienda de interés social rural.

ARTÍCULO 2o. MODALIDADES DE SOLUCIÓN DE VIVIENDA. La elegibilidad desarrollada en la presente resolución será otorgada a proyectos o soluciones de vivienda en las siguientes modalidades: mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, construcción de vivienda nueva, agrupada o dispersa, o adquisición de vivienda nueva.

ARTÍCULO 3o. REQUISITOS PARA LA ELEGIBILIDAD. Para que las Cajas de Compensación Familiar certifiquen la elegibilidad de los proyectos o soluciones de vivienda, estos deben dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 40 y 47 del Decreto 1160 de 2010 y a todos los demás requisitos técnicos, financieros y/o jurídicos, exigidos por la normativa vigente.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA DE LA ELEGIBILIDAD. La elegibilidad tendrá la misma vigencia que la licencia de urbanismo o construcción, y se ampliará automáticamente con su prórroga, previa presentación ante la Caja de Compensación Familiar.

CAPÍTULO II.

RECEPCIÓN, REGISTRO Y VERIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES BÁSICAS DEL PROYECTO O SOLUCIÓN DE VIVIENDA RURAL.

ARTÍCULO 5o. Las Cajas de Compensación Familiar recibirán y registrarán, en cualquier tiempo y de forma permanente, las solicitudes para obtener la certificación de la elegibilidad de los proyectos o soluciones de vivienda formulados para acceder al subsidio familiar de vivienda de interés social rural.

PARÁGRAFO 1o. Para los proyectos o soluciones de vivienda en las modalidades de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, o construcción de vivienda nueva, disperso o agrupado, se recibirán simultáneamente las solicitudes de elegibilidad y la postulación de los hogares.

Para la modalidad de adquisición de vivienda nueva, la solicitud de elegibilidad de un proyecto o solución de vivienda podrá recibirse de manera simultánea o separada del proceso de postulación de los hogares, con el fin de que los beneficiarios puedan aplicar el subsidio a la oferta de vivienda de interés social rural elegible disponible.

PARÁGRAFO 2o. Cada oferente deberá asumir el costo generado por el proceso de revisión del cumplimiento de los aspectos técnicos, financieros y jurídicos de su proyecto de vivienda. Sin embargo, el pago de este costo no garantiza la obtención del certificado de elegibilidad.

ARTÍCULO 6o. A partir de la recepción y registro del proyecto o solución de vivienda, las Cajas de Compensación Familiar dispondrán de un término de hasta treinta (30) días calendario para emitir su concepto de elegibilidad.

CAPÍTULO III.

VERIFICACIÓN DE ASPECTOS JURÍDICOS DE LA ENTIDAD OFERENTE Y DEL PROYECTO O SOLUCIÓN DE VIVIENDA.

ARTÍCULO 7o. La verificación jurídica comprende la comprobación del cumplimiento de los siguientes requisitos, por parte de las Entidades Oferentes:

a) En caso de que la Entidad Oferente sea una entidad privada, las Cajas de Compensación deberán verificar que cumpla con los requisitos establecidos en la Resolución 121 del 15 de abril de 2010, del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural;

b) En caso de que la Entidad Oferente sea una entidad territorial, alguna de sus dependencias, o entidades descentralizadas, las Cajas de Compensación deberán verificar que se presente el Acta de Posesión o Certificación de Representación Legal;

c) En el evento que la entidad territorial haga parte de un consorcio, de una unión temporal o de un convenio de asociación, deberá presentar la autorizacrón previa expedida por el Consejo Municipal, Asamblea Departamental o Junta Directiva, según el caso, cumpliendo con lo establecido en las normas previstas sobre la materia.

CAPÍTULO IV.

VERIFICACIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS.

ARTÍCULO 8o. La verificación técnica comprende la comprobación del cumplimiento de los siguientes requisitos, por parte del proyecto:

1. CERTIFICADO DE TRADICIÓN Y LIBERTAD. Las Cajas de Compensación deberán verificar que el proyecto cuente con el Certificado de Tradición y Libertad que dé cuenta de la propiedad de las entidades oferentes, de los beneficiarios o de una institución de utilidad común de carácter solidario o similar, sobre el predio o inmueble en que se pretende ejecutar el proyecto, así como asegurarse que no contiene limitaciones al dominio, condiciones resolutorias, embargos o gravámenes, salvo la hipoteca constituida a favor de la entidad que financiará su construcción. El Certificado de Tradición y Libertad que se entregue, deberá haber sido expedido con una anterioridad no superior a (3) meses, al día en que se radique la solicitud de elegibilidad.

2. LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. Las Cajas de Compensación verificarán que el proyecto cuente con Licencia de Construcción y que esta se corresponda, en su contenido, con el proyecto o solución de vivienda presentado. Igualmente, verificarán el cumplimiento de la normativa vigente para Vivienda de Interés Social Rural y los permisos, resoluciones o certificaciones expedidas por las autoridades competentes, que inciden o tienen relación directa con el desarrollo del proyecto de vivienda en el municipio.

Deberá constatarse la vigencia de la Licencia de Construcción y que efectivamente corresponda a los predios donde se pretende desarrollar el proyecto o solución de vivienda, así como al número de soluciones de vivienda ofrecidas.

Así mismo, deberán verificar si el municipio donde fue expedida la licencia tiene el plan o esquema de ordenamiento territorial aprobado.

3. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Las Cajas de Compensación verificarán que cualquier tipo de proyecto o solución de vivienda presente certificación de que cuenta con la disponibilidad inmediata del servicio de agua y alcantarillado por sistemas tradicionales o alternativos, debidamente certificada por la empresa de servicios públicos, o autoridad competente, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

Cuando en desarrollo del proyecto o solución de vivienda, se haya previsto ejecutar obras de urbanismo, relacionadas con la construcción total o parcial de redes de servicios públicos, deben presentarse los planos correspondientes, debidamente aprobados por la entidad prestadora del respectivo servicio y su financiación garantizada e integrada al presupuesto.

En caso de que un proyecto o solución de vivienda cuente con conexión a un sistema tradicional o alternativo de acueducto y alcantarillado, puede presentar los recibos de pago correspondientes para certificar su disponibilidad.

Para ningún tipo de proyecto o solución será aceptada la disponibilidad de servicios de agua y alcantarillado condicionada a una futura construcción o ampliación de redes principales y que no garantice la prestación inmediata del servicio.

En los casos en que el oferente manifieste haber ejecutado obras, estas deberán estar claramente identificadas en los planos respectivos y en el presupuesto de la obra.

En soluciones individuales para la evacuación de aguas servidas, los pozos sépticos o similares deberán cumplir estrictamente las exigencias técnicas y sanitarias dispuestas por la dependencia municipal o la entidad ambiental competente.

Respecto a los componentes de saneamiento básico, las Cajas de Compensación Familiar aceptarán únicamente materiales y sistemas constructivos que garanticen higiene y durabilidad, tales como cemento, bloque, ladrillo, piedra y baldosa o aquellos alternativos que a su juicio cumplan estas características.

Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo anterior, en las áreas de las alcobas, el salón, los corredores y la cocina, de acuerdo con las características de cada región, se podrá utilizar madera y otros materiales de construcción alternativos, siempre y cuando cumplan lo establecido en la Ley 400 de 1997 y las normas que la modifique, adicione o complemente.

4. CARACTERÍSTICAS DE LAS SOLUCIONES DE VIVIENDA. Las Cajas de Compensación Familiar verificarán la correspondencia de los proyectos o soluciones de vivienda con las definiciones establecidas en los artículos 3o, 4o, 5o, 6o, 7o, 8o, 9o y 14 del Decreto 1160 de 2010.

5. CONDICIONES URBANÍSTICAS DEL PROYECTO O SOLUCIÓN DE VIVIENDA. Las Cajas de Compensación Familiar verificarán que para los proyectos o soluciones de adquisición de vivienda nueva y construcción de vivienda nueva, se cumpla con las condiciones de urbanismo en los términos establecidos en el numeral 2.11 del artículo 2o del Decreto 975 de 2004. En caso de que la dotación de los servicios públicos se haga a través de soluciones alternativas, verificarán que estas estén aprobadas por la entidad competente.

6. VERIFICACIÓN DE ASPECTOS AMBIENTALES. Las Cajas de Compensación Familiar se asegurarán que el proyecto cuente con certificación, por parte del municipio, acerca de la ubicación en suelo rural del proyecto o solución de vivienda, según el respectivo Plan de Ordenamiento Territorial y de conformidad con lo establecido en la Ley 388 de 1997 o las normas que lo modifiquen o reglamenten. Igualmente, verificarán que exista certificación de que el proyecto o la solución no se realizará en zona de alto riesgo o de protección de los recursos naturales, zonas de reserva de obra pública o de infraestructura básica del nivel nacional, regional o municipal, o áreas no aptas para la localización de vivienda.

ARTÍCULO 9o. Los documentos que tienen por objeto servir de soporte para la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos y que deben anexarse al proyecto o solución de vivienda, según sea el caso, son:

1. LICENCIA DE URBANISMO, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y PLANOS. Según el caso, se presentará(n) la(s) licencia(s) vigente(s) a que haya lugar, así como las copias de los juegos completos de los planos urbanísticos, estructurales y arquitectónicos debidamente aprobados y firmados, indicándose el número y la fecha de la resolución respectiva.

2. PRESUPUESTO GENERAL, CANTIDADES DE OBRA, ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Deberán presentarse para cada proyecto o solución de vivienda, e incluirán las especificaciones técnicas de materiales.

3. ESTUDIO DE SUELOS. Se deberá presentar cuando se trate de adquisición de vivienda nueva o construcción de vivienda nueva, que contemple un número de quince (15) o más soluciones, o cuando la edificación tenga más de dos (2) pisos, según lo establecido en el Decreto 033 de 1998 y sus normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Los documentos que deben anexarse para cualquiera de los tres tipos de solución, son los siguientes:

a) Planos en planta, corte y detalles constructivos que indiquen las especificaciones técnicas;

b) Planos detallados del sistema propuesto para los sistemas de alcantarillados no convencionales (pozos sépticos);

c) Plano de localización del asentamiento y del municipio que señale claramente las vías de acceso;

d) Certificación del municipio acerca de que el proyecto o solución de vivienda pretende implementarse en suelo caracterizado como rural en el Plan de Ordenamiento Territorial con copia del acto administrativo municipal que lo adopta;

e) Certificación del profesional de la ingeniería civil, diseñador o constructor de que el proyecto cumple las disposiciones vigentes sobre sismorresistencia (Ley 400 de 1997, Decreto 033 de 1998 y sus normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan).

CAPÍTULO V.

VERIFICACIÓN DE ASPECTOS FINANCIEROS.

ARTÍCULO 10. Las Cajas de Compensación Familiar verificarán la existencia de los recursos que garanticen la financiación del proyecto o solución de vivienda. Para el efecto, tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

1. VERIFICACIÓN DE LA CONSISTENCIA DE LOS DATOS. Las Cajas de Compensación Familiar verificarán que la información consignada en los formularios, que hacen parte integral de la presente resolución, guarda correspondencia con los documentos soporte.

El Oferente responderá porque los costos presentados en la formulación del proyecto o solución de vivienda se ajusten a los precios del mercado del municipio en el cual se desarrollará el proyecto o solución.

2. FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO O SOLUCIÓN DE VIVIENDA. Las Cajas de Compensación Familiar deberán verificar que el proyecto o solución de vivienda tenga garantizado el 100% de los recursos para su ejecución, analizando los documentos que certifican la disponibilidad de los mismos y su correspondencia con la información de aportes y fuentes de financiación consignadas en los formularios que hacen parte integral de la presente resolución. En ese sentido, deberán asegurarse de lo siguiente:

a) Que la suma total de los diferentes aportes o fuentes de financiación del proyecto o solución de vivienda, coincida con su costo total;

b) Que el valor del subsidio de vivienda solicitado no exceda las cuantías máximas establecidas para cada una de las modalidades de solución;

c) Que en los proyectos o soluciones de vivienda propuestos, los costos indirectos no excedan el 10% del valor total de la solución;

d) Que en los proyectos o soluciones de vivienda el aporte de los hogares interesados en el subsidio familiar de vivienda esté debidamente soportado en certificaciones de ahorro previo, cesantías o recursos de crédito. Dichos recursos deben destinarse en el proyecto al costo directo de la estructura financiera;

e) Que en los proyectos de construcción de vivienda nueva agrupada, las obras de urbanismo estén ejecutadas totalmente. En caso contrario, el oferente de carácter privado, deberá demostrar que dispone de los recursos financieros necesarios para su completa ejecución, con la respectiva certificación expedida por el auditor externo, complementada con los estados financieros del último ejercicio fiscal o del funcionario competente. Cuando el oferente sea una Entidad Territorial, este deberá garantizar los recursos requeridos con el documento de constitución de encargo fiduciario o con los contratos de obra debidamente legalizados y con la póliza de aseguramiento vigente;

f) La financiación de proyectos de vivienda formulados por Organizaciones Populares de Vivienda podrá incluir aportes económicos solidarios representados en dinero o en trabajo comunitario; si son en dinero, deben estar consignados en una cuenta común a nombre del proyecto o en las cuentas de ahorro programado de cada hogar. Para probar la existencia de estos recursos debe aportarse certificado expedido por la entidad financiera respectiva. El aporte en mano de obra no calificada se podrá reconocer hasta por el diez por ciento (10%) del valor total de los costos directos de las obras por ejecutar;

g) En los proyectos o soluciones de mejoramiento de vivienda, si se contempla la ejecución de obras o actividades no financiables con recursos del subsidio, tales como redes principales o secundarias de acueducto y/o alcantarillado, o sistemas alternativos que hagan sus veces, deberá especificarse claramente su fuente de financiación. Para certificar la existencia de estos recursos debe presentarse copia de los contratos suscritos para su ejecución con sus respectivas pólizas vigentes, si están en ejecución, o constancia de la celebración de un encargo fiduciario de administración de los recursos requeridos para tal fin.

3. PROYECCIÓN DE COSTOS. Al formular el proyecto o solución de vivienda, el oferente debe tener en cuenta que los costos calculados deben ser proyectados hasta la terminación de las viviendas, estimando el flujo de ingresos para la financiación de su ejecución.

4. ESTRUCTURA DE COSTOS DEL PRESUPUESTO. Las Cajas de Compensación Familiar revisarán que todas las actividades y costos necesarios para ejecutar el proyecto o las soluciones de vivienda, ya ejecutados o por ejecutar, estén contempladas en el presupuesto. Dichos costos serán los del terreno, las obras de urbanismo, la edificación, las acometidas domiciliarias, la escrituración y registro para la legalización del subsidio y, en general, todos los costos directos, indirectos, o de administración, que implica la ejecución del proyecto. Posteriormente, revisará y analizará los costos y precios unitarios reportados por el Oferente. Las especificaciones técnicas harán parte de los contratos que firme el oferente para el desarrollo del proyecto o solución de vivienda.

5. APORTE DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES:

a) Para la urbanización del terreno, si se trata de obras ya realizadas deben presentarse constancias de ejecución de las obras, expedidas por las empresas públicas respectivas. En caso de obras no ejecutadas, deberá presentarse constancia de los contratos de obra suscritos para llevarlos a cabo, debidamente legalizados, o de la celebración de un encargo fiduciario para la administración de los recursos requeridos para su ejecución;

b) Los subsidios municipales y departamentales en dinero deberán respaldarse con la presentación de la respectiva partida presupuestal y el compromiso manifestado a través de acto administrativo proferido por el Alcalde, Gobernador o la autoridad municipal o departamental respectiva, que indique la asignación a cada beneficiario y el monto que se le otorga;

c) Los subsidios municipales en especie también deberán ser asignados a cada hogar beneficiario mediante acto administrativo, proferido por el Alcalde, Gobernador, o la autoridad municipal o departamental respectiva, que indique la asignación a cada beneficiario y los recursos que se le otorgan;

d) Cuando se trate de obras de urbanización ya ejecutadas, sólo se aceptarán como subsidio del ente territorial aquellas realizadas dentro de los tres (3) años anteriores a la declaratoria de elegibilidad del proyecto o solución de vivienda; en el cómputo de este término se incluirá el año durante el cual el proyecto se postuló para la asignación del subsidio. Para constatar su realización se presentarán copias de los contratos suscritos para la realización de dichas obras y de las respectivas actas de recibo de las obras a entera satisfacción debidamente legalizadas y firmadas por el interventor de la obra.

6 APORTES DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES U OTRAS ENTIDADES. Los subsidios locales en dinero o en especies otorgados por instituciones o entidades privadas de cualquier orden, diferentes a las Organizaciones Populares de Vivienda, se justificarán con los correspondientes certificados, expedidos por el representante legal de dichas entidades y por su revisor fiscal.

7. VALOR DEL LOTE. Para los proyectos de adquisición de vivienda nueva, el valor del lote será establecido con base en el Avalúo Catastral, el Avaluó Comercial o la escritura de compraventa. Cuando el lote es de propiedad pública, será establecido con base en el Avalúo Comercial.

PARÁGRAFO 1o. Los documentos mencionados en el numeral 7 del presente artículo, debieron expedirse máximo dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de presentación del proyecto de vivienda.

PARÁGRAFO 2o. El Avalúo Comercial debió realizarse por un perito adscrito a la Lonja de Propiedad Raíz.

CAPÍTULO VI.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA PROYECTOS O SOLUCIONES DE VIVIENDA COMPLETAMENTE CONSTRUIDOS.

ARTÍCULO 11. DOCUMENTOS QUE CERTIFIQUEN LA CONSTRUCCIÓN COMPLETA DE PROYECTOS O SOLUCIONES DE VIVIENDA. Para justificar la construcción de los proyectos o soluciones de vivienda, además de los documentos previstos en los artículos anteriores, se exigirá la presentación de los siguientes:

a) Resumen General del Proyecto que contenga la información consignada en los formularios que hacen parte integral de la presente resolución;

b) Plano de localización de las soluciones de vivienda que permita ubicar individualmente aquellas que son propiedad del oferente (que aún están en proceso de venta y son objeto de la solicitud de elegibilidad);

c) Plano(s) arquitectónico(s) de construcción de vivienda tipo;

d) Copia de escritura(s) de dominio respectiva(s);

e) Certificado(s) de tradición y libertad respectivo(s) con una expedición no superior a 3 meses, contados desde la fecha de presentación del proyecto o solución de vivienda;

f) Avalúo comercial de la solución(es) tipo(s);

g) Licencia de construcción, no necesariamente vigente, para evidenciar que el proyecto o soluciones de vivienda se ejecutaron con los permisos previos necesarios.

ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE ELEGIBILIDAD. Cuando las Cajas de Compensación Familiar hayan verificado el cumplimiento satisfactorio y total de los requisitos técnicos, legales y financieros mencionados en los artículos anteriores y demás normas vigentes, expedirán el certificado que declara la elegibilidad del proyecto o solución de vivienda. Dicho certificado deberá contener la siguiente información:

1. Nombre del proyecto de vivienda o solución.

2. Código de identificación del proyecto o solución.

3. Fecha de expedición del certificado.

4. Vigencia del certificado.

5. Modalidad del proyecto o solución de vivienda.

6. Localización y dirección del proyecto o solución de vivienda con referencia al Municipio y al Departamento.

7. Identificación del oferente (Razón Social y NIT o cédula de ciudadanía).

8. Identificación del Representante Legal del oferente (nombre y cédula de ciudadanía).

9. Número total de soluciones que integran el proyecto de vivienda.

10. Fuente de financiación del subsidio familiar de vivienda aplicable.

11. Valor total del proyecto o solución de vivienda.

12. Monto del subsidio potencialmente aplicable para la ejecución del proyecto o solución de vivienda.

13. Distribución de la (s) solución (es) de vivienda que contempla el proyecto, según tipo, número por tipo y valor.

La declaratoria de elegibilidad no implica compromiso de asignación de subsidios a los hogares postulantes. Así mismo, las Cajas de Compensación Familiar no asumen ninguna responsabilidad respecto a la ejecución de los proyectos o soluciones de vivienda declarados elegibles.

ARTÍCULO 13. AJUSTES Y COMPLEMENTACIÓN AL PROYECTO O SOLUCIÓN DE VIVIENDA POR PARTE DEL OFERENTE. Si la documentación aportada por el oferente, para efectos de obtener la certificación de elegibilidad, no cumple todos los requisitos establecidos en la presente resolución y en la normativa vigente, las Cajas de Compensación Familiar podrán requerir al oferente, por una sola vez y con toda precisión, para que realice los cambios y ajustes correspondientes que permitan proseguir con el proceso de elegibilidad.

El oferente dispondrá de un término hasta de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la fecha de remisión de las objeciones, para dar respuesta a los requerimientos hechos por la Caja de Compensación Familiar respectiva. Durante este período se suspenderá el término de que disponen las Cajas de Compensación Familiar para expedir el certificado de elegibilidad. Se entenderá que el oferente ha desistido de la solicitud de elegibilidad, si no responde a los requerimientos dentro de dicho término.

ARTÍCULO 14. Una vez el oferente presente la documentación adicional requerida, ante las Cajas de Compensación Familiar, se llevará a cabo la verificación final del proyecto o solución de vivienda y se reactivará el plazo de que estas disponen para emitir el concepto de elegibilidad.

CAPÍTULO VII.

ASPECTOS GENERALES.

ARTÍCULO 15. FORMULARIOS. Se aprueban y adoptan como parte integral de la presente resolución los siguientes formularios e instructivos:

FORMULARIO 1: Formulario e Instructivo de Registro de la Oferta para proyectos o soluciones de vivienda en la modalidad de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico.

FORMULARIO M1. Formulario e Instructivo Consolidado de Presupuesto de obra por vivienda.

FORMULARIO M2. Formulario e Instructivo de Recursos y Fuentes de Financiación.

FORMULARIO M3. Formulario e Instructivo de Aportes y Financiación.

FORMULARIO M4. Formulario e Instructivo de Datos de las Viviendas.

FORMULARIO M5. Formulario e Instructivo de Distribución Regional.

FORMULARIO 2: Formulario e Instructivo de Registro de la Oferta para proyectos o soluciones de vivienda en la modalidad de construcción de vivienda nueva agrupado o disperso.

FORMULARIO SP1-A. Formulario e Instructivo de Costos y Programación General para Proyectos de Construcción de Vivienda Nueva Agrupado Rural.

FORMULARIO SP1-B. Formulario e Instructivo de Costos y Programación General para Proyectos de Construcción de Vivienda Nueva Disperso Rural.

FORMULARIO SP2. Formulario e Instructivo de Recursos y Fuentes de Financiación.

FORMULARIO SP3. Formulario e Instructivo de Aportes y Financiación.

FORMULARIO SP4. Formulario e Instructivo de Datos de las Viviendas.

FORMULARIO SP5. Formulario e Instructivo de Distribución Regional.

FORMULARIO 3: Formulario e Instructivo de Registro de la Oferta para proyectos o soluciones de vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda nueva.

FORMULARIO AV1. Formulario e Instructivo de Costos y Programación General.

FORMULARIO AV2. Formulario e Instructivo de Recursos y Fuentes de Financiación.

FORMULARIO AV3. Formulario e Instructivo de Participación de Hogares.

FORMULARIO 4: Formulario de Registro de Oferentes.

FORMULARIO 5: Formulario de Inscripción para Postulantes.

ARTÍCULO 16. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de junio de 2010.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

ANDRÉS DARÍO FERNÁNDEZ ACOSTA.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO 1

FORMULARIO DE REGISTRO DE OFERTA

PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y SANEAMIENTO BASICO DE VIVIENDA RURAL

1. INFORMACIÓN DE REGISTRO:

Marque con (x) en:

Inscripción Nueva, Cuando se radica por primera vez el proyecto de Mejoramiento.

Actualización, Cuando el proyecto ha sido objeto previamente de un certificado de elegibilidad y se requiere actualizar la información del mismo.

2. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA QUE SE OFERTA:

Diligencie cada espacio del campo de información, con los datos solicitados por el formulario, como son:

-- Nombre del proyecto de vivienda (no incluir dentro del nombre palabras como vivienda de interés social, VIS, VIP, el municipio, el departamento o la modalidad del proyecto de vivienda).

-- Departamento del país, correspondiente al lugar donde se desarrolla el proyecto de Mejoramiento

2.1. MODALIDAD DEL PROYECTO DE VIVIENDA

Marque con (x), solo una de las 2 casillas, para identificar si el proyecto de vivienda es Nucleado o Disperso.

Una vez marcado diligencie solo la información solicitada dentro del cuadro marcado.

Marque con (x), si es Municipal (cuando todas las viviendas a construir se localizan en un solo Municipio) o Regional (Cuando las viviendas a construir se localizan en dos o más Municipios de un mismo Departamento).

Cuando el proyecto de vivienda es de carácter municipal, identifique el Municipio donde se localizan las viviendas a mejorar.

Cuando el proyecto de vivienda es regional, adicional al juego de formularios que debe diligenciar, deberá presentar el formulario Anexo M5, que permite establecer la distribución Municipal de las viviendas.

3. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

Marque con equis (x), solo una de las casillas, conforme al tipo de oferente que presenta el proyecto de vivienda. Diligencie los espacios de nombre y NIT del oferente, y los datos del Auditor / Revisor Fiscal / Contador, según sea el caso. A su vez, el oferente debe diligenciar el formulario denominado “Registro Único de Oferentes”.

4. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROYECTO DE MEJORAMIENTO

NÚMERO DE SOLUCIONES

Indique por cada tipo de vivienda el número de soluciones que hacen parte del proyecto de vivienda. Recuerde que el subsidio familiar de vivienda, equivale a 12 y 14 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) solo es aplicable en viviendas donde el monto del subsidio podrá representar el 90% del valor de la solución.

Totalice el número de soluciones de vivienda. El resultado respectivo debe corresponder al número de soluciones que integran el proyecto de vivienda.

VALOR DE LA SOLUCIÓN

El valor individual de cada solución de vivienda es el resultado de la suma del valor de las obras de mejoramiento.

Haga la sumatoria del valor total.

VR. MIN Y MAX

Anote el valor mínimo y máximo de las soluciones que integran el proyecto de mejoramiento. Establecer dichos valores con base en la información registrada en el formulario Anexo M3.

VALOR DE OBRAS DE MEJORAMIENTO

VR. TOTAL

Por cada grupo de soluciones de vivienda, escriba el valor total de las obras de mejoramiento, derivado de la información establecida en el formulario Anexo M3 (No incluye valor del predio). Totalice

VR. MIN Y MAX

Indique el valor mínimo y máximo propio de una solución, por concepto de las obras de mejoramiento (no incluye valor del predio).

VALOR SUBSIDIOS REQUERIDOS

INDIVIDUAL MAX.

Por cada grupo de soluciones de vivienda, indique el valor máximo individual del subsidio requerido. Recuerde que este puede ser hasta al equivalente a 12 y 14 SMLMV, pero no puede ser superior al noventa por ciento (90%) del valor de las obras de mejoramiento propias de la solución respectiva.

TOTAL

Indique el valor que resulta de la suma de los subsidios requeridos por cada grupo de vivienda. Este valor corresponde al valor total de los subsidios requeridos para desarrollar el proyecto de vivienda.

Verifique los valores unitarios de las soluciones y Subsidios.

FECHA DE VIGENCIA DE LOS PRECIOS

Esta debe ser como mínimo de un año a partir de la fecha de radicación de la documentación del proyecto ante la Entidad Evaluadora, período durante el cual no se podrá cambiar el valor unitario de las soluciones que integran el proyecto de vivienda.

5. RENOVACIÓN DE DATOS.

En el caso en que el oferente de un proyecto de vivienda declarado elegible desee actualizar los datos correspondientes a la oferta presentada, deben especificar el número del respectivo certificado de elegibilidad, la entidad otorgante y la fecha de su expedición.

6. DATOS CONSIGNACIÓN A FAVOR DE ENTIDAD EVALUADORA.

El oferente debe asumir el costo generado por la evaluación del proyecto de vivienda. El pago de este costo no garantiza que el proyecto de vivienda reciba la certificación de elegibilidad. En este campo de información, se deben indicar los datos de la consignación a favor de la Entidad Evaluadora, en la cuenta especificada por esta para el efecto.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar)

Lea cuidadosamente los instructivos de diligenciamiento de los formularios Anexos M-1, M-2, M-3, M-4 y M-5, los cuales deberán diligenciarse según sea el caso.

ASEGÚRESE DE RECIBIR EVIDENCIA DE LA RADICACIÓN ANTE LA ENTIDAD EVALUADORA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

INSTRUCTIVO FORMULARIO M1

CONSOLIDADO PRESUPUESTO DE OBRA POR VIVIENDA

PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y SANEAMIENTO BASICO DE VIVIENDA RURAL

Este anexo se diligencia con valores, los cuales deberán anotarse al peso ($), sin centavos

Destinado a relacionar cada uno de los presupuestos de las viviendas para Mejoramiento y Saneamiento Básico, el cual admite información por página de 15 mejoramientos, con lo cual deberá diligenciarse tantas veces como grupo de 15 mejoramientos sean, anotando las páginas y consolidando por página empleada.

NRO. DE IDENTIFICACIÓN DE LA VIVIENDA

Corresponde a la identificación de las viviendas en orden del consecutivo de hogares anotados en el anexo 3, Si hay más de 15 viviendas, deberá emplear otro anexo M1 las columnas nuevamente ( Ej. para Pág. No 2, columnas 16, 17, 18...30, para Pág. No 3, columnas 31, 32, …45 y así sucesivamente).

TOTAL POR HOJA

Es el resultado de la suma de cada uno de los capítulos de obras.

ACUMULADO

Para la primera hoja corresponde a los mismos valores de la columna de TOTAL X HOJA.

Para la segunda hoja en adelante, corresponde a la suma de la columna del TOTAL X HOJA, más la columna del acumulado de la hoja anterior (Ej. para la hoja 2 es el TOTAL POR HOJA de la Pág., 2, más el acumulado de la Pág. 1). Y así sucesivamente para las demás páginas elaboradas.

En la última página se obtendrá como acumulado, el valor total del proyecto de Mejoramiento.

1. OBRAS DE URBANISMO

Se anotan los valores de los costos totales, que implica hacer redes secundarias y/o sistemas alternativos.

2. CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE MEJORAMIENTO

A. COSTOS DIRECTOS

Se anotan los valores de costos directos del mejoramiento de cada vivienda.

B . COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Básicamente son los costos de AIU, que se generan al dueño del proyecto al contratar las obras con un tercero.

C. OTROS COSTOS INDIRECTOS

Son los costos indirectos de Obra de construcción de la vivienda. El valor de la Interventoría no debe superar el 3% del valor de los subsidios solicitados.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas por cada costo de directos e indirectos.

TOTAL COSTOS DE CONSTRUCCIÓN

Corresponde a la sumatoria de solo los totales de (a, b).

3. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, VENTAS Y FINANCIEROS

Corresponden a los costos que por estos conceptos generan gastos.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas y colóquela en TOTAL GTOS ADMIN. Y FINAN.

TOTAL DEL MEJORAMIENTO

Corresponde a la sumatoria de solo los totales de 1, 2, y 3.

Este valor corresponde al monto real del Mejoramiento de la vivienda.

AVALÚO PREDIO

Es el valor del predio, y corresponde al avalúo Catastral del año en que se presenta el proyecto de vivienda.

MONTO TOTAL SOLUCIÓN

Corresponde a la suma de la línea de MONTO TOTAL más VALOR AVALÚO LOTE. (A + B).

Da como resultado el valor de cada una de las soluciones de vivienda.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Anote si está autorizado por el representante legal).

Para Mejoramiento y saneamiento básico, deberá diligenciar los anexos M2, M3 y M4. En caso que sea disperso regional (de varios municipios) diligenciar el Formulario M5. Lea los respectivos instructivos.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO M2

RECURSOS Y FUENTES DE FINANCIACIÓN

PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y SANEAMIENTO BÁSICO DE VIVIENDA RURAL

Este anexo se diligencia con valores, y estos deberán anotarse al peso ($), sin centavos.

Corresponde a los recursos totales o consolidados del proyecto de Mejoramiento.

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a: Nombre proyecto de mejoramiento y saneamiento básico.

VALOR POR EJECUTAR

Corresponde a los diferentes recursos para las obras de mejoramiento por ejecutar en: Redes Secundarias de Acueducto y/o alcantarillado, Construcción de Mejoramiento y saneamiento básico y Administración general.

FUENTES DE FINANCIACION

Corresponde a todos aquellos recursos con que contará el proyecto de mejoramiento, y que estos provienen de recursos: del Hogar, Territoriales, Otros recursos y del Subsidio Familiar de vivienda.

RECURSOS DEL HOGAR

Se anotan los montos de los hogares que son necesarios para la ejecución de las obras de mejoramiento.

VALOR POR EJECUTAR

El Hogar, con su recurso en efectivo o crédito, solo lo podrá aportar, para construcción de vivienda y/o Administración. La mano de obra, si es el caso, solo se acepta un valor que no supere el 10% de los costos directos de construcción de vivienda.

RECURSOS TERRITORIALES

Los cuales pueden ser, Municipales y/o Departamentales (incluye los entes descentralizados como Fondos de Vivienda, etc) y sus montos pueden ser otorgados como subsidio sustentado mediante acto administrativo o posteriormente reembolsables.

El lote al ser propiedad de los hogares no se considera como recurso Territorial

OTROS RECURSOS

Corresponde a recursos que pueden ser colocados por: ONG (ya sea en donación y/o reembolsables), Constructores, OPV, y otra entidad que debidamente certificada aporte al proyecto de vivienda. Ya sea para obras por ejecutar o en Ejecución.

Todos los montos aquí anotados, deberán estar debidamente certificados por Contador y o Revisor Fiscal según sea el caso.

RECURSOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA

Corresponde al recurso del subsidio que solicita y que es necesario para la ejecución del proyecto y que solo podrá ser empleado para la construcción de vivienda y/o Administración, Este recurso predominantemente puede provenir de Cajas de Compensación.

TOTAL FINANCIACIÓN

Corresponde a la sumatoria de los subtotales de cada uno de los recursos anotados de los ítem 1, 2, 3 y 4 y sumados por cada columna presentada.

TOTAL PROYECTO DE VIVIENDA

Realice las sumatorias de los Valores de cada línea o recurso subtotalizando por recurso y totalizando todo.

El total corresponde al valor del proyecto de vivienda presentado el cual deberá coincidir con los formularios anteriores.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente, número del NIT y fírmelo.

Para Mejoramiento y saneamiento básico, deberá diligenciar los anexos M2, M3 y M4. En caso que sea disperso regional (de varios municipios) diligenciar el anexo M5. Lea los respectivos instructivos.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO M3

APORTES Y FINANCIACIÓN

PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y SAMEAMIENTO BÁSICO DE VIVIENDA RURAL

Este proyecto se diligencia con valores, y estos deberán anotarse al peso ($), sin centavos

Este proyecto deberá llenarse tantas veces sea necesario, cuando el número de hogar ocupe más de una hoja y se tendrá especial cuidado de anotar el número de la PÁGINA y de cuantas hojas se llenaron (DE)

Relacione en orden alfabético por apellido el cabeza de hogar involucrado en el proyecto

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a: Nombre del proyecto de vivienda, departamento, Municipio.

No. del Hogar

Es el consecutivo de los nombres anotados comenzando en uno (1). Cuando cambie de página siga el consecutivo, iniciando la página dos en el número 26 y así consecutivamente.

APELLIDOS Y NOMBRES DEL JEFE DE HOGAR

Relacione en orden alfabético por apellido la persona cabeza de hogar, con apellidos y nombres completos.

TIPO DE DOCUMENTO

Escriba CC para cédula de ciudadanía y CE para cédula de extranjería.

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

Anote claramente el número del documento, con la puntuación debida (agrupada por miles).

APORTES DEL HOGAR

Corresponde a los montos que cada uno de los hogares NECESITA, para que le construyan su vivienda.

Y está suministrado por una o varias fuentes.

AHORRO PROGRAMADO

Es el valor que el hogar necesita y lo tiene como mínimo en una cuenta de ahorro programada.

CESANTÍAS

Es el valor que el hogar necesita y lo tiene como mínimo en sus cesantías.

CRÉDITO

Es el valor que el banco le puede certificar.

OTROS

Recurso que generalmente no está dado en dinero, como mano de obra, materiales, etc.

RECURSOS TERRITORIALES

Los cuales pueden ser, Municipales y/o Departamentales (incluye los entes descentralizados como Fondos de Vivienda, etc.) y sus montos pueden ser otorgados como subsidio sustentado mediante acto administrativo, o posteriormente reembolsables.

El lote al ser propiedad de los hogares no se considera como recurso Territorial.

OTROS RECURSOS

Corresponde a recursos que pueden ser colocados por ONG (ya sea en donación y/o reembolsables), Constructores, OPV, y otra entidad que aporte al proyecto de vivienda.

Todos los montos aquí anotados deberán estar debidamente certificados por Contador y/o Revisor Fiscal según sea el caso.

TOTAL APORTES

Es la sumatoria en línea de los aportes del hogar y recursos territoriales.

SUBSIDIO SOLICITADO

Es el monto individual del subsidio que se solicita para la construcción de la vivienda y deberá corresponder máximo al 90% del total de las obras a realizar.

VALOR TOTAL DE OBRAS DE MEJORAMIENTO

Es la suma en línea del TOTAL DE APORTE más el SUBSIDIO SOLICITADO y deberá corresponder al valor del presupuesto de obras presentado. (SIN LOTE).

AVALÚO PREDIO

Corresponde al avalúo Catastral del año en que se presenta el proyecto de Mejoramiento.

VALOR DE LA SOLUCIÓN

Es la suma en línea del VALOR TOTAL DE OBRAS DE MEJORAMIENTO y deberá corresponder al monto total de la solución de mejoramiento.

TOTAL

NÚMERO DE HOGARES POR HOJA

Sumatoria de cada columna

NÚMERO DE HOGARES ACUMULADO

Para la primera hoja corresponde a los mismos valores de la línea de totales de NÚMERO DE HOGARES POR HOJA.

Para la segunda hoja en adelante, corresponde a la suma de la línea del NUMERO DE HOGARES POR HOJA, más la línea del acumulado de la hoja anterior.

En la última página se obtendrá como acumulado el valor total del proyecto de vivienda para sitio propio.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y fírmelo (Anote si está autorizado por el representante legal).

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO M5

DISTRIBUCIÓN REGIONAL

PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA RURAL

Este anexo deberá llenarse cuando el proyecto de vivienda Disperso corresponde a construcciones en diferentes municipios del mismo departamento.

Consiste en agrupar por municipio y tipo de solución de vivienda, las unidades a construir, un municipio del mismo tipo de solución de vivienda, debe llenar solo una línea.

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a nombre del proyecto de vivienda y departamento.

MUNICIPIO

Nombre del municipio en orden alfabético donde se construirán las viviendas

Cantidad de soluciones

Es el total de soluciones para mejoramiento que por municipio presenta.

VALOR DE MEJORAMIENTO

Valor Máx. del Grupo

Es el valor solo de obra - más alta que por municipio presenta.

Valor Grupo

Es el valor total de los Mejoramientos que por municipio presenta.

VALOR SUBSIDIOS

Valor Solicitado por unidad de Vivienda

Es el valor del Subsidio más alto que se solicita por municipio.

Valor Total por Grupo

Es el valor total de los subsidios solicitados por municipio.

Total general

Es la sumatoria de las cantidades o valores anotados en las columnas de cantidad de soluciones, Valor grupo (Mejoramientos) y valor total por grupo (Subsidios).

Estos valores deben corresponder a los anotados en el formulario de oferta y son los totales del proyecto de vivienda de mejoramiento Regional.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y fírmelo (Anote si está autorizado por el representante legal).

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO 2

FORMULARIO DE REGISTRO DE OFERTA

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA

Antes de diligenciar los formularios lea los instructivos.

Los campos sombreados NO DEBEN SER DILIGENCIADOS por el oferente.

1. INFORMACION DE REGISTRO

Marque con (x) en:

-- Inscripción Nueva, Cuando se radica por primera vez el proyecto de vivienda.

-- Actualización, Cuando el proyecto ha sido objeto previamente de un certificado de elegibilidad y se requiere actualizar la información del mismo.

2. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA QUE SE OFERTA

-- Diligencie cada espacio del campo de información con los datos solicitados, como son:

-- Nombre del proyecto de vivienda (no incluir dentro del nombre palabras como vivienda de interés social, VIS, VIP, el municipio, el departamento o la modalidad del proyecto de vivienda).

Departamento del país, correspondiente al lugar donde se desarrolla el proyecto de vivienda.

2.1. MODALIDAD DEL PROYECTO DE VIVIENDA

Marque con equis (x) una sola de las 2 casillas, para identificar si el proyecto de vivienda es construcción en sitio propio nucleado o construcción en sitio propio disperso.

Una vez marcado, diligencie sólo la información solicitada en el campo de información asociado a la modalidad seleccionada, así:

AGRUPADO

Diligencie el Municipio o vereda donde se desarrolla el proyecto de vivienda, su dirección y donde se localiza.

DISPERSO

Marque con equis (x) si es:

Municipal: Cuando todas las viviendas a construir se localizan en un solo municipio, caso en el cual se debe identificar este.

Regional: Cuando las viviendas por construir se localizan en dos o más Municipios de un mismo Departamento. Para establecer la localización de los grupos municipales de soluciones, se debe diligenciar el formulario Anexo SP5.

3. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

Marque con equis (x) sólo una de las casillas, conforme al tipo de oferente que presenta el proyecto de vivienda.

Diligencie los espacios de nombre y NIT del oferente, y los datos del Auditor/Revisor Fiscal/Contador, según sea el caso. A su vez, el oferente debe diligenciar el formulario denominado “Registro Único de Oferentes”.

4. SUBSIDIOS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

NÚMERO DE SOLUCIONES

Indique el número total de soluciones del proyecto de vivienda.

VALORES DE LA SOLUCIÓN

El valor unitario máximo corresponde al valor más alto de las soluciones de vivienda que presenta para el tipo de Vivienda de Interés Social Prioritario (V.I.P.) (Verificar en el formulario Anexo SP3).

Escriba el valor total resultante de la sumatoria del valor de todas las viviendas propias del tipo de solución, el cual corresponde al valor total del proyecto de vivienda presentado.

MONTO REQUERIDO DE SUBSIDIOS

Para las soluciones de vivienda anote el valor unitario máximo solicitado. El valor total de subsidios corresponde a la suma del subsidio individual requerido para el grupo de soluciones de vivienda el cual debe coincidir con el monto del subsidio requerido para la ejecución del proyecto de vivienda, establecido en el formulario Anexo SP-2.

Verificar los valores unitarios de las soluciones y el monto de los subsidios, respecto del valor máximo aceptable de Vivienda de Interés Social Prioritario (V.I.P.).

FECHA DE VIGENCIA DE LOS PRECIOS

Esta debe ser como mínimo de un año a partir de la fecha de radicación de la documentación del proyecto ante la Entidad Evaluadora, período durante el cual no se podrá cambiar el valor unitario de las soluciones que integran el proyecto de vivienda.

5. RENOVACIÓN DE DATOS

En el caso en que el oferente de un proyecto declarado elegible desee actualizar los datos correspondientes a la oferta presentada, deben especificar el número del respectivo certificado de elegibilidad, la entidad otorgante y la fecha de su expedición.

6. DATOS CONSIGNACIÓN A FAVOR DE ENTIDAD EVALUADORA

El oferente debe asumir el costo generado por la evaluación del proyecto de vivienda. El pago de este costo no garantiza que el proyecto de vivienda reciba la certificación de elegibilidad. En este campo de información se deben indicar los datos de la consignación a favor de la Entidad Evaluadora, en la cuenta especificada por esta para el efecto.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por éste para firmar)

Lea cuidadosamente los demás instructivos de los anexos SP-1, SP-2, SP-3, SP-4 y SP-5, los cuales se deben diligenciar según sea el caso.

ASEGÚRESE DE RECIBIR EVIDENCIA DE LA RADICACIÓN ANTE LA ENTIDAD EVALUADORA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

INSTRUCTIVO FORMATO SP1-A

COSTOS Y PROGRAMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO DE VIVIENDA

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA AGRUPADO RURAL

El formulario Anexo SP1-A solo se diligencia para Proyectos de vivienda bajo la modalidad de Construcción de Vivienda Nueva AGRUPADO.

Este Anexo se diligencia con valores y porcentajes; los valores deberán anotarse al peso ($), sin centavos.

PROGRAMACIÓN DE OBRA

Corresponde a los periodos en meses en que se ha previsto ejecutar un grupo de actividades de obra (Capítulo), siendo la columna 1 el mes en que se inicia la ejecución del primero de estos. Se deben anotar en el mes los valores al PESO que se ha previsto ejecutar de cada capítulo de obra en este período.

OBRA Y ACTIVIDAD POR EJECUTAR

Es el resultado de la suma horizontal de los valores de ejecución de obra programados en cada mes, en que se ha previsto desarrollar el grupo de actividades (Capítulo) respectivo.

OBRA Y ACTIVIDAD EJECUTADA

Es el valor de los grupos de actividades de obra (Capítulos) que se encuentran plenamente ejecutadas en la fecha de presentación de la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora, motivo por el cual no son objeto de programación mensual.

VALOR TOTAL

Es la suma horizontal de las columnas de obra y actividades por ejecutar (I) y obra y actividad ejecutada (II), de cada una de las actividades (Capítulos) asociados a las obras de urbanismo.

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN

Es el cálculo en porcentaje del valor total de la actividad o ítem referenciado al valor total del proyecto de vivienda.

1. OBRAS DE URBANISMO

Se entiende por obras de urbanismo aquellas relacionadas con las redes de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica, vías internas y de acceso de carácter peatonal y vehicular, y espacios públicos conforme a la normatividad urbanística de cada municipio. Para efecto de establecer el nivel de ejecución de las obras, se considera que las acometidas domiciliarias hacen parte de las obras propias de las soluciones de vivienda.

A. COSTOS DIRECTOS

En general, los costos directos corresponden a la inversión en herramientas, maquinaria y equipo, materiales requeridos y mano de obra (oficiales y ayudantes). Se anotan los valores de costos directos de obras de urbanismo.

B. COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Básicamente, corresponde al AIU aplicable a la construcción de obras, propio del grupo de los costos asociados a tres factores:

a) Administración: Incluye entre otros: Instalaciones provisionales (Cerramiento, campamento, transporte de equipos, vallas publicitarias, otros); gastos de personal general (profesional residente, maestro(s) de obra, auxiliares, secretaria, celador, otros) y otros gastos de oficina, asociados al desarrollo del proyecto de vivienda. Cuando el grupo de estas obras se subcontrata con un tercero, incluye el costo de pólizas requeridas (seriedad, cumplimiento, anticipo, responsabilidad civil y estabilidad de obra).

b) Imprevistos, corresponde a la provisión destinada a cubrir mayor cantidad de obra no prevista, u otros gastos no contemplados en el presupuesto inicial de las obras.

c) Utilidades, corresponde a la utilidad obtenida por el socio constructor seleccionado por los hogares para llevar a cabo el desarrollo de las obras. En caso de que las obras del proyecto de vivienda sean llevadas a cabo directamente por la OPV que agrupa a los hogares vinculados al proyecto de vivienda, se indica cero (0,0) por este concepto.

C. OTROS COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Son otros costos relacionados con los conceptos identificados en la sección C del formulario Anexo SP1-A. Cuando la licencia de urbanismo se expida conjuntamente con la licencia de construcción, bajo el mismo acto administrativo, el costo asociado a esta se incluirá en el grupo de otros costos indirectos de la construcción de las viviendas.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas por cada costo y totalice todos los costos de la urbanización.

2. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS

D. COSTOS DIRECTOS

Se anotan los valores de costos directos de la construcción de viviendas.

E. COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Bajo el mismo concepto señalado para el diligenciamiento de la información asociada a los costos de la sección B, se diferencian en este caso los costos de Administración, Imprevistos y Utilidades relacionados con las actividades de construcción de las viviendas, por parte del socio constructor seleccionado por los hogares.

F. OTROS COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Son otros costos relacionados con los conceptos identificados en la sección F del formulario Anexo SP1-A. El valor de la Interventora no debe superar el 3% del valor total del monto de los subsidios requeridos para la ejecución del proyecto de vivienda, fijado por el oferente en el Anexo SP2 –Recursos y Fuentes de Financiación–.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas por cada costo y totalice todos los costos de la construcción de la vivienda.

3. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, VENTAS Y FINANCIEROS

Corresponden a los gastos generados por estos conceptos. Se recomienda incluir en este grupo de gastos, aquellos que se generan por concepto del cumplimiento de requisitos para el giro anticipado del subsidio, tales como: a) La comisión de la Fiduciaria a cargo del encargo fiduciario destinado para la administración de los recursos del subsidio, b) La póliza de cumplimiento requerida, y c) El valor de la Visita para obtener el certificado de existencia (habitabilidad) de la vivienda requerido para la legalización del subsidio.

4. VALOR DEL LOTE

Este valor se adopta con base en el valor establecido en el avalúo catastral del predio, de propiedad de los hogares, donde se desarrolla el proyecto de vivienda. Se considera como inversión ejecutada..

RESUMEN DE PROGRAMACIÓN DE OBRA E INVERSIÓN

COSTOS DEL PROYECTODE VIVIENDA

Valor total del proyecto de vivienda: Corresponde a la sumatoria de los totales de los grupos de actividades 1, 2, 3 y 4 consolidado por mes. El valor total del proyecto de vivienda que se define en la página 3 del formulario Anexo SP1-A es el resultado de la suma vertical de la totalidad de los valores de cada grupo de actividades (ejecutadas y por ejecutar), y debe coincidir exactamente con el valor total del grupo de soluciones, fijado en la sección 4 del formulario de registro de la oferta y con el valor total fijado en el formulario Anexo SP2.

% de incidencia total del proyecto de vivienda: Corresponde en porcentaje que se tiene por mes del valor Total del Proyecto de vivienda (casilla anterior) en relación con el valor total.

Inversión acumulada: Corresponde al valor total del proyecto de vivienda sumando o acumulando mes por mes.

% acumulado de la inversión: Corresponde a la relación en porcentaje entre el valor total de la inversión acumulada de cada mes respecto del valor total del proyecto de vivienda.

2. RESUMEN GENERAL CONSOLIDADO

Cuadro que consolida los totales de los numerales 1 (Urbanismo), 2 (Construcción de vivienda), 3 (Gastos de Administración ventas y financieros) y 4 (Valor Lote), tanto para la actividad ejecutada como la actividad por ejecutar.

Sumar por columna lo ejecutado y por ejecutar en “VALOR TOTAL DEL PLAN”, y totalizar siendo el resultado el monto total del proyecto de vivienda.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar).

Para proyecto de vivienda bajo la modalidad de Construcción de Vivienda Nueva AGRUPADO, adicionalmente deberá diligenciar los anexos SP2, SP3 y SP4. Lea los respectivos instructivos.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO SP1-B

COSTOS Y PROGRAMACIÓN GENERAL

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA DISPERSO RURAL

Este Anexo se diligencia con valores y porcentajes; los valores deberán anotarse al peso ($)

El formulario Anexo SP1-B está destinado para relacionar el consolidado individual del presupuesto aplicable a cada una de las soluciones de vivienda que integran un proyecto de vivienda bajo la modalidad de CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA DISPERSO. El formulario admite registrar la información propia de siete (7) soluciones de vivienda, por lo cual se debe diligenciar tantas veces como soluciones de vivienda lo demanden, caso en el cual se debe indicar en cada hoja del formulario el número de la página, el número total de páginas que lo conforman y establecer el acumulado sucesivo de la inversión de los diferentes grupos de actividades contemplados en el presupuesto, más aquellos grupos que estime pertinentes el oferente.

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE LA VIVIENDA

En el Anexo SP3 se han identificado los hogares mediante la identificación (apellidos y nombres) en orden alfabético del jefe del hogar respectivo. El número consecutivo asignado en ese caso a cada hogar se debe adoptar para el desarrollo del presente formulario Anexo SP1-B. Si el proyecto de sitio propio de vivienda disperso está integrado por un número mayor de 7 soluciones, deberá diligenciarse el formulario tantas veces como sea necesario, caso en el cual el Número de Identificación del primer hogar de la segunda página corresponde al No. 8, luego al 9, y así sucesivamente.

Por cada vivienda se anotará en pesos el valor por grupo de actividades de obra (Capítulo) diferenciando la inversión ejecutada de la inversión por ejecutar.

TOTAL POR HOJA

Es el resultado de la suma horizontal por cada uno de los grupos de actividades de obra (Capítulos), de las 7 soluciones (o menos) que se relacionan en la hoja, manteniendo la diferenciación entre la inversión ejecutada y la inversión por ejecutar en el grupo.

ACUMULADO

Para la primera hoja corresponde a los mismos valores de las columnas de TOTAL DE HOJA.

Para la segunda hoja en adelante, corresponde a la suma de las columnas respectivas del TOTAL POR HOJA, más las columnas respectivas del acumulado de la hoja anterior (Ej. para la hoja 2 es el TOTAL POR HOJA de la Pág., 2, más el acumulado de la Pág. 1). Y así sucesivamente para las demás páginas elaboradas.

En la última página se obtendrá como acumulado el valor total del proyecto de vivienda presentado bajo la modalidad de Construcción de sitio propio Disperso.

A. COSTOS DIRECTOS

En general, los costos directos corresponden a la inversión en herramientas, maquinaria y equipo, materiales requeridos y mano de obra (oficiales y ayudantes). Se anotan los valores de costos directos previstos para la construcción de cada vivienda.

B . COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Básicamente, corresponde al AIU aplicable a la construcción de obras, propio del grupo de los costos asociados a tres factores:

a) Administración: Incluye entre otros: Instalaciones provisionales (cerramiento, campamento, transporte de equipos, vallas publicitarias, otros); gastos de personal general (profesional residente, maestro(s) de obra, auxiliares, secretaria, celador, otros) y otros gastos de oficina, asociados al desarrollo del proyecto de vivienda. Cuando el grupo de estas obras se subcontrata con un tercero, incluye el costo de pólizas requeridas (seriedad, cumplimiento, anticipo, responsabilidad civil y estabilidad de obra).

b) Imprevistos, corresponde a la provisión destinada a cubrir mayor cantidad de obra no prevista, u otros gastos no contemplados en el presupuesto inicial de las obras.

c) Utilidades, corresponde a la utilidad obtenida por el socio constructor seleccionado por los hogares para llevar a cabo el desarrollo de las obras. En caso de que las obras del proyecto de vivienda sean llevadas a cabo directamente por la OPV que agrupa a los hogares vinculados al proyecto de vivienda, se indica cero (0,0) por este concepto.

C. OTROS COSTOS INDIRECTOS

Son otros costos relacionados con los conceptos identificados en la sección III del formulario Anexo SP1-B. El valor que se reconoce por concepto del servicio de Interventoría no debe superar el 3% del valor del subsidio que se propone aplicar en la construcción de cada solución de vivienda.

Realice la sumatoria vertical del costo asociado a cada uno de los grupos de actividades de obra o de inversión. El total corresponde al costo de la construcción de la vivienda respectiva.

2. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, VENTAS Y FINANCIEROS

Corresponden a los gastos generados por estos conceptos. Se recomienda incluir en este grupo de gastos aquellos que se generan por concepto del cumplimiento de requisitos para el giro anticipado del subsidio, tales como: a) La comisión de la Fiduciaria a cargo del encargo fiduciario destinado para la administración de los recursos del subsidio, b) La póliza de cumplimiento requerida, y c) El valor de la Visita para obtener el certificado de existencia (habitabilidad) de la vivienda requerido para la legalización del subsidio.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas y colóquela en TOTAL GTOS. ADMIN. Y FINAN.

A. VALOR CONSTRUCCIÓN VIVIENDA

Corresponde al resultado de la suma del valor fijado en el total especificado en los numerales 1(a, b) y 2, tanto de la inversión ejecutada como de aquella por ejecutar.

Este valor corresponde al monto real de la construcción de la vivienda

VALOR TOTAL SOLUCIÓN

Corresponde a la suma del valor de construcción de la vivienda, el valor del avalúo catastral del predio respectivo y el valor de las obras de urbanismo que le corresponde (A + B), con lo cual se establece el valor de cada solución de vivienda.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar).

(Para proyectos de Construcción de Vivienda Nueva Disperso, debe diligenciar adicionalmente el formulario de registro de la oferta y los formularios Anexos SP2, SP3 y SP4. Lea los respectivos instructivos).

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO SP2

RECURSOS Y FUENTES DE FINANCIACIÓN

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL V.I.S.

El formulario Anexo SP2 se diligencia para proyectos de vivienda tanto bajo la modalidad de CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA AGRUPADO RURAL como CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA DISPERSO.

Este Formulario se diligencia con valores y porcentajes; los valores deberán anotarse al peso ($), sin centavos.

Corresponde al proyecto financiero (Usos y Fuentes) consolidado del proyecto de vivienda.

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a nombre proyecto de vivienda, departamento, municipio.

VALOR POR EJECUTAR

Según la fuente que aporta el recurso, bajo este concepto se establecen las inversiones por ejecutar, relacionadas en tres grupos de inversión: Obras de Urbanismo, Construcción de Vivienda y Administración general

VALOR EJECUTADO

Permite definir por fuente de recursos el monto de las inversiones ejecutadas con anterioridad a la fecha de radicación de la documentación del proyecto de vivienda, ante la Entidad Evaluadora, correspondientes a cuatro grupos de inversión: Lote (este siempre corresponde a inversión ejecutada), Obras de Urbanismo, Construcción de Vivienda y Administración General

FUENTES DE FINANCIACIÓN

Esta columna de información permite establecer el origen de los recursos que se deben aplicar, para garantizar la totalidad de las inversiones necesarias para el desarrollo del proyecto de vivienda, tanto aquellas ejecutadas como por ejecutar. Permite identificar la fuente de recursos, bajo cuatro grupos: del Hogar, Territoriales, Otros Recursos y del Subsidio Familiar de Vivienda

RECURSOS DEL HOGAR

Por la modalidad del proyecto de vivienda, el aporte inicial de los hogares está representado en el valor del predio donde se desarrolla cada solución. A su vez, los recursos adicionales de los hogares podrán estar representados en crédito o en las diferentes modalidades de ahorro previo, tales como cuentas de ahorro programado para la vivienda, aportes periódicos de ahorro, y cesantías.

En cada caso, los recursos de los hogares deben estar certificados. En el caso de aporte en crédito, la Entidad Evaluadora acepta carta de asignación de cupo de crédito.

VALOR POR EJECUTAR

El Hogar, con su recurso en efectivo o crédito, sólo podrá contribuir para adelantar la inversión para construcción de vivienda y/o Administración general. Se acepta también el aporte en mano de obra para la construcción de la vivienda por ejecutar, por un monto que no sobrepase el 10% de los costos directos previstos para la construcción de las mismas.

VALOR EJECUTADO

Corresponde al recurso en efectivo invertido por el hogar, para ejecutar obras de construcción de vivienda y/o administración Igualmente, incluye el valor del lote, fijado con base en el avalúo catastral del año en que se presenta el proyecto de vivienda a la Entidad Evaluadora.

RECURSOS TERRITORIALES

Corresponde al valor de los recursos aportados al desarrollo del proyecto de vivienda por las entidades territoriales: Distritos, Municipios y Departamentos, o por sus entidades descentralizadas, a cargo de ejecutar la política territorial de vivienda. Sus aportes podrán ser de carácter reembolsable por parte de los hogares, o reconocido como subsidio territorial a estos otorgado mediante acto administrativo. El Anexo SP2 permite establecer si el aporte es recuperado o no por el promotor del proyecto de vivienda.

OTROS RECURSOS

Corresponde a recursos debidamente certificados (por Contador, Revisor Fiscal o Auditor Externo, según sea el caso), que son aportados por ONG (en donación y/o reembolsables), Constructores, OPV, u otras entidades, ya sea para inversiones ejecutadas o por ejecutar.

RECURSOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA

Corresponde al monto de recursos del subsidio familiar de vivienda, requerido para la ejecución de inversiones del proyecto de vivienda, relacionadas con la construcción de las viviendas y administración general del mismo (por ejecutar).

VALOR TOTAL PROYECTO DE VIVIENDA

El formulario permite establecer el aporte total al desarrollo del proyecto de vivienda asegurado a través de cada fuente de financiación, mediante la suma horizontal de los aportes de cada una de ellas, agrupadas en hogares, entidades territoriales, entidades otorgantes del subsidio y otros. La suma vertical de los recursos previstos en cada grupo de inversión permite definir a su vez el subtotal asociado a cada uno de ellos (columnas), diferenciadas según su estado de ejecución, y luego el valor total de la inversión (1 + 2 + 3 + 4).

No se contempla utilidad del promotor del proyecto, por cuanto los proyectos de construcción de vivienda nueva son de carácter asociativo. La utilidad del socio constructor, seleccionado por los hogares, se registra como parte de los costos indirectos (AIU) propios de las obras de construcción de las viviendas (si aplica).

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente, número del NIT y firme el formulario.

(Para proyectos de Construcción de Vivienda Nueva Rural el oferente debe diligenciar el formulario de registro de la oferta y los Formularios SP3 y SP4: si el proyecto es de Vivienda Nueva Agrupado se debe diligenciar además el formulario SP1-A Anexo, y si es de construcción de Vivienda Nueva Disperso, debe diligenciar en su lugar el formulario SP1-B Anexo. Cuando el proyecto disperso está distribuido en diferentes municipios de un departamento, con lo cual adquiere el carácter de “Proyecto de Vivienda Regional”, se debe diligenciar también el formulario Anexo SP5. Lea los respectivos instructivos).

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO SP3

APORTES Y FINANCIACION DE LAS SOLUCIONES DE VIVIENDA

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA

El formulario Anexo SP3 está destinado para establecer la distribución de recursos que aseguran la financiación de la ejecución de cada solución que hace parte del proyecto de vivienda bajo la modalidad de construcción de Vivienda Nueva, para lo cual permite desagregar en cada caso los aportes del hogar respectivo, según el tipo de recursos en que están representados, y valorar los otros aportes requeridos, incluyendo el monto del subsidio aplicable. El formulario admite registrar la información propia de veinticinco (25) soluciones de vivienda, por lo cual se debe diligenciar tantas veces como soluciones de vivienda lo demanden, caso en el cual se debe indicar en cada hoja del formulario el número de la página y el número total de páginas que lo conforman. Este anexo se diligencia con valores, y estos deberán anotarse al peso ($), sin centavos.

Los campos sombreados NO DEBEN SER DILIGENCIADOS por el oferente.

Relacione en orden alfabético por apellido el cabeza de hogar involucrado en el proyecto

Diligencie las casillas correspondientes a nombre del proyecto de vivienda, departamento, municipio.

No. del Hogar

Es el consecutivo de los nombres anotados comenzando en uno (1). Cuando cambie de página siga el consecutivo, iniciando la página dos en el número 36 y así consecutivamente

APELLIDOS Y NOMBRES DEL JEFE DE HOGAR

Relacione en orden alfabético por apellido la persona cabeza de hogar. Indicar apellidos y nombres completos.

TIPO DE DOCUMENTO

Escriba CC para cédula de ciudadanía y CE para cédula de extranjería (adjuntar copia del documento de identidad de cada miembro cabeza de hogar).

NÚMERO DOCUMENTO DE IDENTIDAD

Anote claramente el número del documento, con la puntuación debida (agrupada por miles)

APORTES DEL HOGAR

Corresponde a los aportes, diferentes al lote en el cual se construirá la vivienda, que cada uno de los hogares requiere garantizar, para la construcción de la misma, desagregado de conformidad con los grupos de recursos siguientes:

AHORRO PROGRAMADO

Es el valor certificado que el hogar dispone en una cuenta de ahorro programada.

CESANTÍAS

Es el valor certificado que el hogar tiene disponible para aplicar en el desarrollo de su vivienda, representado en cesantías.

CRÉDITO

Es el valor certificado que ha sido asignado como cupo de crédito (o como aprobación de crédito) por un establecimiento de crédito, cooperativa de ahorro y crédito, cooperativa multiactiva e integral con sección de ahorro y crédito, Caja de Compensación Familiar, Fondo Mutuo de Inversión o Fondo de Empleados, sometida al control y vigilancia del Estado.

OTROS

Recursos diferentes al aporte en efectivo, que normalmente está representado como parte de obra previamente construida, o aporte en mano de obra cuyo valor se establece como el equivalente a jornales de trabajo, y que no puede sobrepasar el 10% del valor de los costos directos que implica la construcción de la vivienda.

RECURSOS TERRITORIALES

Corresponde al valor de los recursos aportados al desarrollo de cada solución por las entidades territoriales: Distritos, Municipios y Departamentos, o por sus entidades descentralizadas, a cargo de ejecutar la política territorial de vivienda. Sus aportes podrán ser de carácter reembolsable por parte de los hogares, o reconocido como subsidio territorial a estos otorgado mediante acto administrativo. El Anexo SP2 permite establecer si el aporte es recuperado o no por la entidad territorial.

OTROS RECURSOS

Corresponde a recursos debidamente certificados (por Contador, Revisor Fiscal o Auditor Externo, según sea el caso), que son aportados por ONG (en donación y/o reembolsables), Constructores, OPV, u otras entidades, ya sea para inversiones ejecutadas o por ejecutar.

TOTAL APORTES

Es la sumatoria horizontal de los aportes del hogar y recursos territoriales.

SUBSIDIO SOLICITADO

Es el monto individual del subsidio que se requiere para garantizar la construcción de la vivienda y deberá corresponder al tipo de vivienda identificado en la última columna (parte derecha del formulario).

VALOR TOTAL DE OBRAS

Es la suma horizontal del TOTAL DE APORTES más el SUBSIDIO SOLICITADO y deberá corresponder al valor del presupuesto de obras presentado. (SIN LOTE).

VALOR DEL LOTE

Es el valor del lote, establecido con base en el avalúo catastral propio del año en que se presenta la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora.

VALOR DE LA SOLUCIÓN

Es la suma horizontal del VALOR TOTAL DE OBRAS más el AVALUO DEL LOTE, que corresponde al valor total de la solución de vivienda.

TOTAL

NÚMERO DE HOGARES POR HOJA

Sumatoria de cada columna.

NÚMERO DE HOGARES ACUMULADO

Para la primera hoja corresponde a los mismos valores de la línea de totales de NUMERO DE HOGARES POR HOJA.

Para la segunda hoja en adelante, corresponde a la suma de la línea del NUMERO DE HOGARES POR HOJA, más la línea del acumulado de la hoja anterior.

En la última página se obtendrá como acumulado el valor total del proyecto de Construcción de Vivienda Nueva.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar)

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO SP4

DATOS DE LAS VIVIENDAS

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL

El formulario Anexo SP4 está destinado para establecer información relevante de cada solución que integra el proyecto de construcción de vivienda nueva, para lo cual permite retener información asociada a la localización y propiedad del predio, licencia de construcción otorgada, disponibilidad del servicio, área de construcción y espacios funcionales contemplados en el desarrollo de cada vivienda. El formulario admite registrar la información propia de veinticinco (25) soluciones de vivienda, por lo cual se debe diligenciar tantas veces como soluciones de vivienda lo demanden, caso en el cual se debe indicar en cada hoja del formulario el número de la página y el número total de páginas que lo conforman.

El formulario Anexo SP4 se compone de 2 partes u hojas, las cuales se deben diligenciar completamente.

El número del hogar debe corresponder estrictamente al establecido en el anexo SP3

Los campos sombreados NO DEBEN SER DILIGENCIADOS por el oferente.

Diligencie las casillas correspondientes a nombre del proyecto de vivienda, departamento, municipio.

PARTE 1

No. del Hogar

Corresponde al número consecutivo propio de cada hogar, establecido en el formulario SP3 Anexo. Cuando cambie de página siga el consecutivo, iniciando la página dos en el número 26 y así consecutivamente.

Dirección

Escriba la dirección actual que le corresponde el loteo donde se localiza.

Departamento

Escriba el departamento en el cual se localiza el lote.

Municipio

Escriba el municipio en cual se localiza el lote.

Nombre de los propietarios del lote.

Escriba los nombres completos de todos las personas que figuran como propietarios del lote, conforme está en el certificado de tradición y libertad.

Área (m2) por solución

Áreas en m2 del lote y de la construcción ofrecida, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

Cantidad de espacios a construir por solución

Escriba en cifras la cantidad (número) de espacios que conforman la solución ofrecida como son salón múltiple, baños, cocina, lavadero y alcoba(s) a construir conforme al presupuesto presentado.

Área Libre y por construir (m2)

Escriba en cifras las áreas libres (no construidas) que se destinarán a alcobas, patios, otras áreas, futuras ampliaciones (en siguiente etapa de desarrollo progresivo, si aplica).

PARTE 2

No. del Hogar

Es el mismo consecutivo anotado en la parte 1.

ESCRITURA

Anote el número y fecha de la escritura en la que compro el lote.

MATRÍCULA INMOBILIARIA

Escriba el número de la matrícula que le corresponde al lote.

LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN

Indique claramente el tipo de documento TD (RS para resolución, LC Licencia y PR Resolución o licencia de prórroga), el número, la fecha de expedición, la duración en meses y la fecha de vencimiento.

Se debe recordar que como la expedición de la elegibilidad puede invertir en promedio un mes a partir de radicación de la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora, verifique que las licencias no se venzan en este periodo.

DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Indique el tipo de documento TD, el número, la fecha de expedición y el tipo de sistema (C para convencional, A para alternativo) por el cual le expidieron la certificación de disponibilidad del servicio, correspondiente al acueducto, alcantarillado y energía eléctrica.

La CERTIFICACIÓN de disponibilidad deberá ser INMEDIATA e INCONDICIONAL, y haber sido expedida dentro del año anterior a la radicación de la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar).

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO SP5

DISTRIBUCIÓN REGIONAL DE LAS SOLUCIONES DE VIVIENDA

PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL

El formulario Anexo SP5 se debe diligenciar cuando el proyecto de vivienda Disperso, integra soluciones de vivienda localizadas en diferentes municipios (2 o más) del mismo departamento. Está destinado a consolidar información de los grupos de soluciones propios de cada municipio.

Se deben diligenciar tantos campos (líneas) de información como tipos de vivienda tenga cada municipio.

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a: Nombre del proyecto de vivienda y, departamento.

MUNICIPIO

Nombre del municipio en orden alfabético donde se construirán las viviendas

TIPO SOLUCIONES

Tipo y Límite Superior Tipo VIS

De acuerdo con la normatividad vigente, los proyectos de construcción en sitio propio se deben formular para Viviendas de hasta 70 SMLM, denominadas Viviendas de Interés Social Prioritario (V.I.P.)

Cantidad de soluciones

Es el total de soluciones que se encuentra localizada en cada municipio.

VALOR SOLUCIONES

Valor Max. del Grupo

Es el valor más alto por solución registrado dentro del grupo de viviendas que se encuentran localizadas en cada municipio.

Valor Grupo

Es el valor total de soluciones localizadas en cada municipio.

VALOR SUBSIDIOS

Valor Solicitado por unidad de Vivienda

Es el valor más alto del Subsidio que se requiere para asegurar la construcción de la vivienda.

Valor Total por Grupo

Es el valor total de los subsidios requeridos para cada grupo de viviendas.

Total general

Es el resultado de la suma vertical (columnas) relacionadas con cantidad de soluciones, Valor grupo (soluciones) y valor total por grupo (Subsidios)

Estos valores deben corresponder a los anotados en el formulario de oferta del proyecto de vivienda y corresponden al total del proyecto regional de construcción de vivienda nueva disperso.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar).

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO FORMULARIO 3

FORMULARIO DE REGISTRO DE OFERTA

PROYECTO DE VIVIENDA PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL.

Antes de diligenciar los formularios lea los Instructivos

Los campos sombreados NO DEBEN SER DILIGENCIADOS por el oferente.

1. INFORMACIÓN DE REGISTRO:

Marque con equis (x) en:

Inscripción Nueva. Cuando se radica por primera vez la documentación del Proyecto de vivienda.

Actualización. Cuando el Proyecto ha sido objeto previamente de un certificado de elegibilidad y se requiere actualizar la información del mismo.

2. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA QUE SE OFERTA

-- Diligencie cada espacio del campo de información, con los datos solicitados en el formulario, como son:

-- Nombre del Proyecto de vivienda (no incluir dentro del nombre palabras como vivienda de interés social prioritario o vivienda de interés social, VIP o VIS, el municipio, el departamento o la modalidad del Proyecto de vivienda).

-- Dirección actual del Proyecto de vivienda.

-- Departamento del país, correspondiente al municipio donde se desarrolla el Proyecto de vivienda.

-- Municipio donde se desarrolla el Proyecto de vivienda.

-- Vereda.

2.1. ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

Marque con equis (x), el estado de avance de ejecución de las obras en la fecha de radicación de la documentación del Proyecto de vivienda, tanto el correspondiente a las obras de urbanismo, como de la construcción de las viviendas. Se entiende por obras de urbanismo aquellas relacionadas con las redes de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica, vías internas y de acceso de carácter peatonal y vehicular, y espacios públicos conforme a la normatividad urbanística de cada municipio. Para efecto de establecer el nivel de ejecución de las obras, se considera que las acometidas domiciliarias hacen parte de las obras propias de las soluciones de vivienda.

2.2. SOLUCIONES DE VIVIENDA

Diligenciar por tipo de vivienda la cantidad de soluciones y el valor de ese grupo de soluciones. Totalice tanto número de soluciones como el valor de soluciones. Este último corresponderá al valor total del Proyecto de vivienda.

2.6. PROPIEDAD DEL TERRENO

Diligencie el nombre del propietario del terreno, número de cédula o NIT, los datos referidos a la escritura del predio, fecha de la misma, Matrícula inmobiliaria, área del lote, número de notaría y municipio donde se protocolizó la escritura.

2.7. VALOR DEL TERRENO

Registrar el valor del lote, de conformidad con el tipo de avalúo o valor de compra registrado en la escritura, según la opción que haya elegido el oferente para valorar el mismo. Dicho valor debe coincidir con el anotado en el FORMULARIO AV2- Recursos y Fuentes de Financiación-.

3. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

Marque con equis (x), solo una de las casillas, conforme al tipo de oferente que presenta el Proyecto de vivienda. Diligencie los espacios de nombre y NIT del oferente, y los datos del Auditor / Revisor Fiscal / Contador, según sea el caso. A su vez, el oferente debe diligenciar el formulario denominado “Registro Único de Oferentes”.

4. DOCUMENTOS DE LA OFERTA

4.1. LICENCIAS

-- Diligencie cada espacio con los datos de cada una de las licencias como son:

-- Lic. Nueva o prórroga. Escriba si es “Nueva” o “Prórroga”

Escriba los demás datos como: número de la licencia, fecha de ejecutoria, duración en meses, fecha de Vencimiento y nombre de la entidad que otorgó la licencia.

4.2. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS

Señale si el servicio público es convencional o alternativo identificando la entidad que certifica. Para un proyecto de vivienda totalmente construida NO se deben diligenciar los anexos. Para un proyecto de vivienda que se encuentra por iniciar ejecución o en desarrollo de esta, se deben diligenciar los formularios anexos AVI, AV2.

4.3.

Por cada tipo de servicio, marque con una (x), el tipo de sistema diseñado para el Proyecto de vivienda; convencional (Cuando se conecta a redes principales del municipio), o alternativo (cuando no se conecta a un sistema colectivo que sirve a otros usuarios del municipio)

Escriba el nombre de la entidad operadora del servicio, que certifica la disponibilidad del mismo: ESP para sistema convencional; o entidad Ambiental para sistema Alternativo

Anotar número y fecha en que se expide cada certificación

5. CARACTERÍSTICAS ARQUITECTÓNICAS

5.1 NÚMERO DE SOLUCIONES, ÁREAS Y DISTRIBUCIÓN

Identifique los modelos de vivienda que hacen parte del Proyecto de vivienda y por cada modelo, diligencie un renglón con todos los datos requeridos, como son: Número de soluciones, y área del lote en m2. Se entiende como área construida el área cubierta confinada entre muros, que se va a construir en la primera etapa de desarrollo progresivo (cuando aplica) bajo el valor unitario señalado en la sección 5.2. La cantidad (número) de espacios que conforman cada modelo de solución ofrecida, también debe corresponder a aquellos que se van a construir en dicha primera etapa. Señale las áreas libres correspondientes a patios, futuras ampliaciones y otras.

5.2 VALOR DE LA SOLUCIÓN Y SUBSIDIOS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

Por cada modelo anotado en la sección 5.1 escriba la cantidad (número) de soluciones en la columna que corresponda al tipo de vivienda, y anote el valor unitario por cada modelo de solución de vivienda, el valor total del grupo, correspondiente al producto del valor unitario por el número de soluciones. Igualmente, indique el valor máximo individual del subsidio requerido para adelantar la construcción de las viviendas, y el valor total de los subsidios para el grupo de cada modelo de solución. Cuando el Proyecto de vivienda ha sido totalmente construido, se debe indicar cero (0) como valor del subsidio requerido.

Realice la sumatoria del Valor de los grupos de soluciones (el cual corresponde al Vr. del Proyecto de vivienda definido en la sección 2.5), y del Vr. Total de Subsidios (que debe corresponder al monto total del subsidio requerido, indicado en el Anexo AV2).

Verifique el valor del subsidio requerido respecto del valor máximo aplicable, según el tipo de vivienda definido con base en el valor unitario de las soluciones.

FECHA DE VIGENCIA DE LOS PRECIOS

Esta debe ser como mínimo de un año a partir de la fecha de radicación de la documentación del proyecto ante la Entidad Evaluadora, período durante el cual no se podrá cambiar el valor unitario de las soluciones que integran el Proyecto de vivienda.

6. RENOVACIÓN DE DATOS.

En el caso en que el oferente de un Proyecto de vivienda declarado elegible desee actualizar los datos correspondientes a la oferta presentada, deben especificar el número del respectivo certificado de elegibilidad, la entidad otorgante y la fecha de su expedición.

7. DATOS CONSIGNACIÓN A FAVOR DE ENTIDAD EVALUADORA.

El oferente debe asumir el costo generado por la evaluación del Proyecto de vivienda. El pago de este costo no garantiza que el Proyecto de vivienda reciba la certificación de elegibilidad. En este campo de información, se deben indicar los datos de la consignación a favor de la Entidad Evaluadora, en la cuenta especificada por esta para el efecto.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar).

ASEGÚRESE DE RECIBIR EVIDENCIA DE LA RADICACIÓN ANTE LA ENTIDAD EVALUADORA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

INSTRUCTIVO DILIGENCIAMIENTO FORMULARIO AV1

COSTOS Y PROGRAMACIÓN: PROYECTO DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL.

Los campos sombreados NO DEBEN SER DILIGENCIADOS por el oferente.

Este anexo se diligencia con valores y porcentajes; los valores deberán anotarse al peso ($), sin centavos.

Escriba en la parte superior el nombre del proyecto de vivienda, el departamento y municipio donde se localiza el proyecto de vivienda.

PROGRAMACIÓN DE OBRA

Corresponde a los periodos en meses en que se ha previsto ejecutar un grupo de actividades de obra (Capítulo), siendo la columna 1 el mes en que se inicia la ejecución del primero de estos. Se deben anotar en el mes los valores al PESO que se ha previsto ejecutar de cada capítulo de obra en este período.

OBRA Y ACTIVIDAD POR EJECUTAR

Es el resultado de la suma horizontal de los valores de ejecución de obra programados en cada mes, en que se ha previsto desarrollar el grupo de actividades (Capítulo) respectivo.

OBRA Y ACTIVIDAD EJECUTADA

Es el valor de los grupos de actividades de obra (Capítulos) que se encuentran plenamente ejecutadas en la fecha de presentación de la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora, motivo por el cual no son objeto de programación mensual.

VALOR TOTAL PROYECTO DE VIVIENDA

El formulario permite establecer la suma horizontal de cada grupo de actividades de obra (Capítulo) por ejecutar y aquellas que se encuentran plenamente ejecutadas. La suma vertical de los grupos de actividades (Capítulos) asociados a las obras de urbanismo (página 1 del Anexo AV1), debe coincidir con el valor total de estas fijado en el formulario Anexo 2 –Recursos y Fuentes de Financiación-De igual manera, debe haber coincidencia del valor total de las obras propias de construcción de las viviendas (página 2 del Anexo AV1) con el valor respectivo de las mismas en el Anexo AV2 citado.

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN

Es el cálculo en porcentaje del valor total de la actividad o ítem referenciado al valor total del proyecto de vivienda.

1. OBRAS DE URBANISMO

A. COSTOS DIRECTOS

En general, los costos directos corresponden a la inversión en herramientas, maquinaria y equipo, materiales requeridos y mano de obra (oficiales y ayudantes). Se anotan los valores de costos directos de obras de urbanismo

B. COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Básicamente, el AIU aplicable a la construcción de obras, corresponde al grupo de los costos asociados a tres factores:

a) Administración: Incluye entre otros: Instalaciones provisionales (Cerramiento, campamento, transporte de equipos, vallas publicitarias, otros); gastos de personal general (profesional residente, maestro(s) de obra, auxiliares, secretaria, celador, otros) y otros gastos de oficina, asociados al desarrollo del proyecto de vivienda. Cuando el grupo de estas obras se subcontrata con un tercero, incluye el costo de pólizas requeridas (seriedad, cumplimiento, anticipo, responsabilidad civil y estabilidad de obra).

b) Imprevistos, corresponde a la provisión destinada a cubrir mayor cantidad de obra no prevista, u otros gastos no contemplados en el presupuesto inicial de las obras.

c) Utilidades, corresponde a la utilidad obtenida por el subcontratista, cuando el desarrollo de las obras es contratado con terceros. En caso contrario, se indica cero (0).

C. OTROS COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Son otros costos relacionados con los conceptos identificados en la sección C del formulario Anexo AV1. Cuando la licencia de urbanismo se expida conjuntamente con la licencia de construcción, bajo el mismo acto administrativo, el costo asociado a esta se incluirá en el grupo de otros costos indirectos de la construcción de las viviendas.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas por cada costo y totalice todos los costos de urbanismo.

2. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA

D. COSTOS DIRECTOS

Se anotan los valores de costos directos de la construcción de viviendas.

E. COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Bajo el mismo concepto señalado para el diligenciamiento de la información asociada a los costos de la sección A, se diferencian en este caso los costos de Administración, Imprevistos y Utilidades relacionados con las actividades de construcción de las viviendas.

F. OTROS COSTOS INDIRECTOS DE OBRA

Son los costos indirectos de Obra de construcción de la vivienda. El valor de la Interventora no debe superar el 3% del valor total del monto de los subsidios requeridos para la ejecución del proyecto de vivienda, fijado por el oferente en el Anexo AV2 –Recursos y Fuentes de Financiación-.

Realice la sumatoria de cada una de las columnas por cada costo y totalice todos los costos de la construcción de la vivienda.

3. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, VENTAS Y FINANCIEROS

Corresponden a los gastos generados por estos conceptos. Se recomienda incluir en este grupo de gastos, aquellos que se generan por concepto del cumplimiento de requisitos para el giro anticipado del subsidio, tales como: a) La comisión de la Fiduciaria a cargo del encargo fiduciario destinado para la administración de los recursos del subsidio, b) La póliza de cumplimiento requerida, y c) El valor de la Visita para obtener el certificado de existencia (habitabilidad) de la vivienda requerido para la legalización del subsidio.

4. VALOR DEL LOTE

Es el valor del lote adoptado por el oferente dentro del proyecto financiero de ejecución de las inversiones, definido con base en una de las siguientes opciones: Avalúo comercial, Avalúo catastral o valor de compraventa anotado en la escritura, cuando esta se hubiera constituido dentro del año previo a la radicación de la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora. El valor fijado se reconoce como una inversión ejecutada.

5. UTILIDAD (del promotor del proyecto de vivienda)

Es el valor esperado de ganancia del promotor del proyecto de vivienda, como inversionista y responsable de la venta de las soluciones de vivienda.

No se debe confundir este concepto con la utilidad de los subcontratistas, que hace parte del AIU de estos, cuando las obras de urbanización y/o construcción de las viviendas es subcontratada con terceros.

RESUMEN DE PROGRAMACIÓN DE OBRA E INVERSIÓN

1. COSTOS DEL PROYECTO DE VIVIENDA

Valor Total del proyecto de vivienda: Corresponde a la sumatoria de los totales de los ítem 1, 2, 3, 4 y 6 consolidado por mes. El valor total del proyecto de vivienda que se define en la página 3 del formulario Anexo AV1, es el resultado de la suma vertical de la totalidad de los valores de cada grupo de actividades (ejecutadas y por ejecutar), y debe coincidir exactamente con el valor total del grupo de soluciones, fijado en la sección 2.5. del formulario de registro de la oferta.

% de incidencia total del proyecto de vivienda: Corresponde en porcentaje que se tiene por mes del valor Total del Proyecto de vivienda (casilla anterior) en relación con el valor total.

Inversión acumulada: Corresponde al valor total del proyecto de vivienda sumando o acumulando mes por mes.

% acumulado de la inversión: Corresponde a la relación en porcentaje entre el valor total de la inversión acumulada de cada mes respecto del valor total del proyecto de vivienda.

2. RESUMEN GENERAL CONSOLIDADO

Cuadro que consolida los totales de los numerales 1(Urbanismo), 2(Construcción de vivienda), 3(Gastos de Administración ventas y financieros), 4(Valor Lote) y 5(Utilidad), tanto para la actividad ejecutada, como la actividad por ejecutar.

Sumar por columna lo ejecutado y por ejecutar en “VALOR TOTAL DEL PROYECTO”, y totalizar siendo el resultado el monto total del proyecto de vivienda.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo.

(Registre en el formulario, debajo de la firma, la anotación “Autorizado por representante legal” cuando la persona que firma no es el representante legal del oferente, pero está debidamente autorizada por este para firmar).

Para un proyecto de vivienda totalmente construido NO se deben diligenciar los formularios anexos. Para un proyecto de vivienda que se encuentra por iniciar ejecución o en desarrollo de esta, se deben diligenciar los formularios anexos AVI, AV2, y para proyectos de viviendas promovidos por OPV o para la reubicación de hogares, si el oferente destina el proyecto de vivienda a un grupo específico de hogares, se debe diligenciar el formulario AV3 anexo.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO AV2

RECURSOS Y FUENTES DE FINANCIACIÓN

PROYECTO DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL

Los campos sombreados NO DEBEN SER DILIGENCIADOS por el oferente.

Este anexo se diligencia con valores y porcentajes; los valores deberán anotarse al peso ($), sin centavos.

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a: Nombre del proyecto de vivienda, Departamento, Municipio.

VALOR POR EJECUTAR

Corresponde a los recursos requeridos para desarrollar las inversiones por ejecutar, relacionadas con las Obras de Urbanismo, Construcción de Vivienda y demás costos, que se agrupan bajo el concepto de “Administración general”.

VALOR EJECUTADO

Corresponde al monto de los diferentes recursos que se han utilizado para ejecutar las obras y actividades como: Lote (Este siempre se reconoce como una inversión ejecutada), Obras de Urbanismo, Construcción de Vivienda y Administración general.

FUENTES DE FINANCIACIÓN

Corresponde a la identificación de los diferentes aportantes de los recursos destinados al desarrollo del proyecto de vivienda, en lo ejecutado o por ejecutar, y que están estipulados claramente en recursos: del Hogar, Territoriales, Otros recursos y del Subsidio.

RECURSOS DEL HOGAR

Los recursos de los hogares podrán estar representados en crédito o en las diferentes modalidades de ahorro previo, tales como cuentas de ahorro programado para la vivienda, aportes periódicos de ahorro, y cesantías.

En la generalidad de los proyectos de adquisición de vivienda, en que se desconoce la identificación de los hogares que se vincularán al mismo, no es exigible certificar la disponibilidad de tales recursos, y basta determinar en estos casos el monto de recursos de los hogares, requeridos para la ejecución de las inversiones del proyecto de vivienda, diferentes a las obras de urbanismo. Se destaca que estas deben estar terminadas como requisito previo al giro anticipado del subsidio, con el cual se suelen asegurar también este tipo de aportes.

Por tanto, el valor por este concepto no coincide con el valor total de los recursos complementarios al subsidio, que finalmente tendrán que cancelar los hogares al promotor del proyecto de vivienda, cuando este se propone recuperar la totalidad de la inversión.

RECURSOS TERRITORIALES

Corresponde al valor de los recursos aportados al desarrollo del proyecto de vivienda por las entidades territoriales: Distritos, Municipios y Departamentos, o por sus entidades descentralizadas, a cargo de ejecutar la política territorial de vivienda. Sus aportes podrán ser de carácter reembolsable por parte de los hogares, o reconocido como subsidio territorial a estos otorgado mediante acto administrativo. El Anexo AV2 permite establecer si ese aporte es recuperado o no por el promotor del proyecto de vivienda.

OTROS RECURSOS

Corresponde a recursos debidamente certificados (por contador, Revisor Fiscal o Auditor Externo, según sea el caso), que son aportados por: ONG (en donación y/o reembolsables), Constructores, OPV, u otras entidades, ya sea para inversiones ejecutadas o por ejecutar.

RECURSOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA

Corresponde al monto de recursos del subsidio familiar de vivienda, requerido para la ejecución de inversiones del proyecto de vivienda, relacionadas con la construcción de las viviendas y administración general del mismo (por ejecutar).

Cuando el proyecto de vivienda ha sido totalmente construido, antes de la radicación de la documentación del proyecto de vivienda ante la Entidad Evaluadora, se debe indicar cero (0) como valor del subsidio requerido.

Caso especial representan los proyectos de vivienda con subsidio nacional en especie y complementario, donde el predio es otorgado como parte del subsidio a los hogares que se beneficien con el proyecto de vivienda, por lo cual el oferente debe establecer en el formulario Anexo AV2 el monto del subsidio representado en terreno, de conformidad con el avalúo comercial aplicable al mismo, y el monto residual complementario que se otorgará en efectivo. La suma del subsidio en especie y en efectivo no podrá exceder el máximo subsidio aplicable al tipo de vivienda respectivo, de conformidad con la normatividad vigente.

Se especificará que el subsidio proviene de Cajas de Compensación Familiar, cuando en la sección 2.1. del formulario de registro de la oferta del proyecto de vivienda se haya establecido como fuente predominante del subsidio a las Cajas. En caso contrario, se indicará que la financiación del mismo se hará con recursos del presupuesto nacional.

TOTAL INVERSIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA

El formulario permite establecer el aporte total al desarrollo del proyecto de vivienda asegurado a través de cada fuente de financiación, mediante la suma horizontal de los aportes de cada una de ellas, agrupadas en hogares, entidades territoriales, entidades otorgantes del subsidio y otros. A su vez, la suma vertical de los recursos previstos en cada grupo de inversión, permite definir el subtotal asociado a cada uno de ellos (columnas), diferenciadas según su estado de ejecución, y luego el valor total de la inversión (1 + 2 + 3 + 4).

UTILIDAD

Es el valor esperado de ganancia del promotor del proyecto de vivienda, como inversionista y responsable de la venta de las soluciones de vivienda, que ha sido previamente definido en el formulario Anexo AV1.

No se debe confundir este concepto con la utilidad de los subcontratistas, que hace parte del AIU de estos, aplicable cuando las obras de urbanismo y/o construcción de las viviendas son subcontratadas con terceros.

VALOR TOTAL DEL PROYECTO DE VIVIENDA

El valor total del proyecto de vivienda resulta de la suma de la inversión que demanda el desarrollo del proyecto de vivienda, y la utilidad prevista por el promotor del mismo. El valor total así definido debe coincidir con el valor fijado en la sección 2.5 del formulario de registro de la oferta del proyecto de vivienda, y con el mismo valor definido en el resumen de programación de obra e inversión del formulario Anexo AV1.

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente, número del NIT y firme el formulario.

Para un proyecto de vivienda totalmente construido NO se deben diligenciar los formularios anexos. Para un proyecto de vivienda que se encuentra por iniciar ejecución o en desarrollo de esta, se deben diligenciar los formularios AVI, AV2 anexos, y para proyectos de viviendas promovidos por OPV o para la reubicación de hogares, si el oferente destina el proyecto de vivienda a un grupo específico de hogares, se debe diligenciar el formulario AV3 anexo.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

INSTRUCTIVO FORMULARIO AV3

PARTICIPACIÓN DE HOGARES

PROYECTO DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA RURAL

Este anexo se diligencia cuando el proyecto de vivienda es asociativo promovido por una OPV o cuando este va destinado a población afectada por desastre natural, ubicación en zona de alto riesgo, atentados terroristas o desplazados por la violencia y que el oferente requiere identificar claramente los hogares beneficiados con el proyecto de vivienda.

Cuando el número de hogares ocupe más de una hoja del Anexo, se tendrá especial cuidado de señalar el número de página y el total de páginas que constituyen este formulario Anexo (DE).

Relacione en orden alfabético por apellido el cabeza de hogar que está vinculado al proyecto de vivienda.

INFORMACIÓN GENERAL

Diligencie las casillas correspondientes a: Nombre del proyecto de vivienda, departamento, Municipio.

No. del Hogar

Es el consecutivo de los nombres anotados comenzando en uno (1). Cuando cambie de página siga el consecutivo, iniciando la página dos en el número 36 y así sucesivamente.

APELLIDOS Y NOMBRES DEL JEFE DE HOGAR

Relacione en orden alfabético por apellido la persona cabeza de hogar. Con apellidos y nombres completos.

TIPO DE DOCUMENTO

Marque con equis (x), en la columna correspondiente, según sea el caso de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.

NRO. DOCUMENTO DE IDENTIDAD

Identifique claramente, el número del documento, con la puntuación debida (agrupada por miles)

FINALMENTE

ESCRIBA el nombre y número de documento de identificación del representante legal del oferente y Fírmelo (Anote si está autorizado por el representante legal).

Si diligencia este anexo, deberá adjuntar fotocopias legibles del documento de identidad de cada una de las personas relacionadas en este anexo.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

GUÍA PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO DE REGISTRO ÚNICO DE OFERENTES

-- El Formulario es GRATUITO y puede ser fotocopiado o reproducido para su diligenciamiento y radicación.

-- Antes de diligenciar el Formulario, lea cuidadosamente este instructivo.

-- NO se aceptan tachaduras o enmendaduras.

Fecha: es la que corresponde a la entrega de la documentación.

INFORMACIÓN BÁSICA

Razón Social: Escriba el nombre de la entidad, organización, persona natural, municipio, etc., que presenta proyectos para ser declarados elegibles por las Entidades Evaluadoras.

Número de documento: Escriba el número de documento que identifica al oferente.

Tipo de documento: marque con X, el tipo de documento que identifica al oferente.

Nombre del Representante legal: Escriba el nombre de la persona que es representante legal del oferente.

Documento de Identificación: Escriba el número de Documento de Identificación del representante legal.

Tipo de documento: marque con x, el tipo de documento que identifica al representante legal.

Dirección: Escriba la dirección en la cual se localiza la sede del oferente.

Departamento: Escriba el departamento en el cual se localiza la sede del oferente.

Municipio: Escriba el municipio en el cual se localiza la sede del oferente.

Teléfonos: Escriba el o los teléfonos del oferente.

Fax: Escriba el fax del oferente.

Correo Electrónico: Escriba el (los) correo electrónico del oferente.

NATURALEZA DEL OFERENTE

Marque con X, el tipo de entidad que es el oferente, y solo deberá tener marcada una opción excepto cuando el oferente fuera de su tipo está en asociación en un convenio asociativo, donde marcará esta opción también.

Adicionalmente deberá llenar los campos adjuntos donde marcó la naturaleza del oferente y la fecha respectiva del documento, anotando en números el día, mes y año.

2.1 ENTIDAD TERRITORAL: Si es Municipio o departamento, anotar el número de acta de posesión o de representación legal. Si es Fondo de Vivienda anotar el número del acuerdo o decreto u ordenanza por el cual se creó.

2.2 PERSONA NATURAL: Si tiene NIT, indique su número.

2.3 PERSONA JURÍDICA: (Oferente Individual) indique el tipo de oferente, el número de matrícula del registro mercantil y el K de constructor que está en el Registro Único de Proponentes (RUP), más el valor en pesos del K de constructor del año en que lo presenta. Cuando sea una Sociedad deberá llenar el Tipo de Sociedad para identificarla ( Ej. , Anónima, Limitada, En comandita, etc.).

2.4 VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA: indique el tipo de oferente, el número de matrícula del registro mercantil y el número de registro dado por la Superintendencia respectiva.

2.5 PERSONERÍA JURÍDICA –OTORGADA POR EL MUNICIPIO: Solo cuando es una Fundación.

2.6 OTRAS EN ASOCIACIÓN: indique el tipo de asociación en que se presenta como oferente, fecha de constitución y fecha de vigencia o terminación de la asociación.

Como caso particular, indique si el oferente adicionalmente se presenta en asociación en un Convenio Asociativo.

ENTIDAD VIGILADA POR

Anote el nombre de la entidad que es responsable de vigilar al tipo de oferente anotado (Normalmente está incluido en el documento de la cámara de comercio)

REVISORÍA FISCAL / AUDITOR / CONTADOR

Llene los datos de la persona o entidad que le hace normalmente el control a su empresa o entidad, etc. Conforme al tipo de empresa y la normatividad que le rige al respecto.

ANEXOS

Se tienen 3 anexos los cuales deberán ser diligenciados dependiendo del tipo de oferente, y son:

Anexo A: Su objeto es identificar los socios de la empresa, entidad, etc.

El cual solo será diligenciado por ONG o cualquier tipo de Sociedades, en el cual se relacionan los socios de la empresa anotando el tipo de documento, número del documento, Nombres, sexo, dirección, correo electrónico y número de acciones o porcentaje de participación de la persona en la sociedad.

Anexo B: Su objetivo es identificar las empresas o entidades que conforman una Asociación temporal para presentar un proyecto en particular.

El cual solo será diligenciado por oferentes que están en asociación, ya sea Patrimonio autónomo, Consorcio, Unión Temporal, o convenio asociativo. Y se subdivide en 2:

Anexo B-1: En el cual se identifican los participantes en la asociación y plan de vivienda por el cual se asociaron con información del municipio y departamento. Este deberá ser firmado por cada uno de los representantes legales que lo conforman.

Anexo B-2: Deberá ser diligenciado tantas veces como integrantes de la asociación sean. Y la información solicitada básicamente es la misma del registro de oferentes por el cual podrá guiarse para tramitarlo.

Anexo C: Su objetivo es identificar la experiencia de la entidad o persona responsable de la ejecución de las obras del plan de vivienda.

<FORMULARIO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.782 de 26 de julio de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

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