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RESOLUCIÓN 3116 DE 2005

(diciembre 23)

Diario Oficial No. 46.135 de 28 de diciembre de 2005

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Por la cual se prorroga el término establecido en el artículo 15 de la Resolución 1274 de 2005.

EL VICEMINISTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 2o y 28 del Decreto-ley 210 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 1274 de 2005, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió el Reglamento Técnico para Cinturones de Seguridad que se fabriquen o importen o comercialicen para uso en Vehículos automotores y sus remolques, que circulen en Colombia;

Que con el objeto de garantizar que en su importación y comercialización, los citados bienes cumplan con los requisitos consagrados en el Reglamento Técnico, se hace necesario prorrogar el plazo establecido en el artículo 15 de la Resolución 1274 de 2005;

Que en virtud de lo anterior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Prorrogar por tres (3) meses el término establecido en el artículo 15 de la Resolución 1274 de 2005, los cuales se contarán a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C. a 23 de diciembre de 2005.

El Viceministro de Desarrollo Empresarial encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

CARLOS ALBERTO ZARRUK GÓMEZ.

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