RESOLUCIÓN 4498 DE 2012
(diciembre 28)
Diario Oficial No. 48.676 de 17 de enero de 2013
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se adoptan los formularios para la práctica de visitas de inspección de los aspectos técnicos relacionados con la seguridad y las buenas prácticas sanitarias de las piscinas y estructuras similares y se establece el procedimiento para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad de piscinas.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, las conferidas en los artículos 8o y 15, Decreto número 2171 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1209 de 2008, adoptó normas tendientes a brindar seguridad y adecuar las instalaciones de piscinas con el fin de evitar accidentes, problemas de salud y proteger la vida de los usuarios;
Que la citada ley fue reglamentada por el Decreto número 2171 de 2009, en cuyos artículos 8o y 15, respectivamente, dispuso que las piscinas y estructuras similares, deben cumplir con las Buenas Prácticas Sanitarias que para el efecto expida este Ministerio a través del Formulario Único de Inspección Sanitaria a las Piscinas que debe ser utilizado por las autoridades sanitarias departamentales, distritales y municipales (municipios categorías 1, 2 y 3) de salud y que los municipios y distritos en su respectiva jurisdicción, serán responsables a través de la dependencia u oficina administrativa que estos determinen, entre otros, de autorizar el funcionamiento de las piscinas o estructuras similares en su jurisdicción, mediante la Certificación de Cumplimiento de Seguridad en Piscina o Estructura similar;
Que el artículo 16 del mencionado decreto, establece que las autoridades sanitarias departamentales, distritales y municipales (municipios categorías 1, 2 y 3) de salud, ejercerán la vigilancia y control sanitario sobre las piscinas y estructuras similares, para lo cual, realizarán, entre otras funciones, la de expedir el concepto sanitario de las piscinas y realizar visitas periódicas de inspección sanitaria diligenciando el Formulario Único de Inspección Sanitaria;
Que mediante Resoluciones números 1618 de 2010, 1510 de 2011 y 4113 de 2012 se definieron aspectos técnicos relacionados con la seguridad y las buenas prácticas sanitarias de las piscinas y estructuras similares, que deben ser inspeccionados por la autoridad sanitaria;
Que para ejercer las funciones de inspección de aspectos técnicos relacionados con la seguridad y buenas prácticas sanitarias de piscinas a que refieren las normas anteriores, se hace necesario adoptar mediante la presente resolución, los formularios que permitan adelantar dicha labor y el procedimiento para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad de piscinas;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adóptense el “Formulario Único de Inspección Sanitaria al Establecimiento de Piscina”; el “Formulario para evaluar el concepto sanitario del establecimiento de piscina” y el “Formulario de inspección de criterios técnicos y de seguridad al establecimiento de piscina” contenidos respectivamente, en los Anexos Técnicos 1, 2 y 3 que hacen parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. El procedimiento para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad de piscinas, será el establecido en el Anexo Técnico número 4 que hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2012.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.
FORMULARIO ÚNICO DE INSPECCIÓN SANITARIA AL ESTABLECIMIENTO DE PISCINA.
INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO CONTENIDO EN EL ANEXO TÉCNICO NÚMERO 1
La inspección sanitaria al establecimiento de piscina, será realizada in situ por profesional vinculado laboralmente con la autoridad sanitaria departamental o distrital o municipal (categoría especial o 1 o 2 o 3), con formación académica en tratamiento de agua para consumo humano y experiencia en operación o procesos de tratamiento de agua contenida en estanque de piscina o potabilización o mantenimiento o control en sistemas de suministro de agua para consumo humano.
El siguiente formulario permite que la autoridad sanitaria que compete, consolide in situ la información encontrada en los establecimientos de piscinas en el momento que se realiza la inspección sanitaria sobre el cumplimiento de las normas vigentes y la necesidad de desarrollar acciones que mejoren las Buenas Prácticas Sanitarias que se llevan a cabo en los establecimientos de piscinas y, por ende proteger la vida y salud de los bañistas. Para el efecto, debe tener en cuenta lo siguiente:
1. Concertar con el responsable de piscina la fecha en que se efectuará la inspección sanitaria al establecimiento de piscina. Durante el desarrollo de la misma, el responsable de la piscina debe presentar la información solicitada por el profesional asignado de la autoridad sanitaria correspondiente.
2. Revisar la información disponible del establecimiento de piscina a inspeccionar.
3. Desplazarse al lugar donde se encuentra el establecimiento de piscina y utilizar el tiempo necesario para recorrer las instalaciones anexas y áreas complementarias del mismo. El profesional asignado por la autoridad sanitaria correspondiente procederá a realizar las acciones de inspección ocular con el fin de identificar los posibles riesgos que pueden estar presentes en las Buenas Prácticas Sanitarias (BPS), revisar la documentación y registros que lleva el responsable de piscina sobre la operación del sistema de tratamiento del agua contenida en el estanque, entre otras acciones.
4. Diligenciar en su totalidad y en in situ con tinta indeleble, el siguiente formulario único de inspección sanitaria al establecimiento de piscina, con letra imprenta, clara y legible, sin borrones, tachones ni enmendadura. En el evento de requerir alguna precisión o aspecto que debe ser resaltado, se registrará en la casilla denominada “observaciones” y marcar con 'raya' el espacio que corresponda, cuando no exista el dato o no sea confiable. Dicho diligenciamiento debe hacerse en presencia del responsable de la piscina.
En el diligenciamiento no debe utilizarse abreviaturas o siglas en ninguno de los espacios del formulario.
5. La autoridad sanitaria competente debe verificar el cumplimiento de cada una de las Buenas Prácticas Sanitarias (BPS) enumeradas en este formulario, para ello debe soportarse mínimo de las normas expedidas hasta el momento, debiendo realizar una breve descripción de lo observado y su nivel de cumplimiento se calificará en la casilla denominada “¿Cumple las BPS?”.
Diligenciamiento
Formulario No. de Inspección Sanitaria: Escriba el consecutivo del formulario. Generalmente viene preimpreso en los formatos. De lo contrario, se deberá llevar un consecutivo para su identificación de acuerdo a lo establecido por la autoridad sanitaria.
Fecha: Escriba el día, mes y año en la cual se realiza la visita de inspección al establecimiento.
Departamento: Escriba el nombre del departamento donde está ubicado el establecimiento de piscina.
Municipio: Escriba el nombre del municipio donde está ubicado el establecimiento de piscina.
Categoría: Marque con “X” la categoría a la cual pertenece el municipio donde está ubicado el establecimiento de piscina, de conformidad con la Ley 715 de 2001.
Carpeta o expediente No.: Escriba el número del consecutivo dado por el archivo de la autoridad sanitaria dada a cada establecimiento de piscina, los cuales deben tener una única carpeta con un número asignado. Garantizando la custodia de cada formulario.
Razón Social: Escriba el nombre del establecimiento de piscina de acuerdo con la Cámara y Comercio o al Registro Único Tributario (RUT), en caso de que el establecimiento de piscina no cuente con dicho nombre se debe escribir “No tiene” y si en el momento de la inspección sanitaria posee el documento pero no lo presenta para verificar el nombre se debe escribir “No presentó”.
Matrícula No.: Escriba el número de la matrícula mercantil, la cual aparece en la Cámara de Comercio del establecimiento de piscina. En caso de que el establecimiento de piscina no cuente con esta matrícula, se escribe “No tiene” y si en el momento de la inspección sanitaria posee el documento pero no lo presenta para verificar el nombre se debe escribir “No presenta”.
Nombre comercial del establecimiento: Escriba el nombre común o de reconocimiento que le dan al establecimiento.
Tipo de establecimiento: Establece la actividad desarrollada y el tipo de piscina.
Dirección: Escriba la dirección de acuerdo a la última nomenclatura.
Barrio: Escriba el nombre del barrio de acuerdo a la última nomenclatura.
Localidad/comuna: Escriba según corresponde al predio.
Teléfono 1: Escriba el número del teléfono fijo.
Teléfono 2: Si no cuenta con otro número de teléfono fijo, escriba el número de teléfono móvil.
No. Fax. Escriba el número del fax, si no tiene, escriba “No tiene”.
Correo electrónico: Escriba el correo electrónico
Nombre del propietario: Si el propietario principal del establecimiento de piscina inspeccionado es una persona natural escriba el nombre de la siguiente manera: “primer nombre, segundo nombre, primer apellido, segundo apellido”. Para los casos de ser una Sociedad Anónima o Limitada escriba el nombre de la misma, con el que aparece registrado en el documento de Cámara y Comercio o en el Registro Único Tributario (RUT).
Tipo de documento: Escriba en abreviaturas el tipo de documento del propietario principal del establecimiento según la clase del mismo, si es Cédula de Ciudadanía (C.C.), o Cédula de Extranjería (C.E.). En caso de ser Sociedad Anónima o Limitada escriba si se cuenta con el Número de Identificación Tributaria (N.I.T.).
Número de documento: Escriba el número de documento del propietario principal o de la sociedad del establecimiento.
Nombre del responsable del establecimiento de piscina: Escriba el nombre de la persona responsable del establecimiento de piscina.
Tipo de documento: Escriba en abreviaturas el tipo de documento del propietario principal del establecimiento según la clase del mismo, si es Cédula de Ciudadanía (C.C.), o Cédula de Extranjería (C.E.). En caso de ser Sociedad Anónima o Limitada escriba si se cuenta con el Número de Identificación Tributaria (N.I.T.).
Número de documento: Escriba el número de documento del responsable de piscina o de la Sociedad del establecimiento.
Persona que atiende la visita: Indique el nombre de la persona que atiende la visita de la autoridad sanitaria.
Piscina de uso colectivo: Marque con “X” si el establecimiento inspeccionado corresponde a esa clasificación.
Piscina de propiedad privada unihabitacional: Marque con “X”, si el establecimiento inspeccionado corresponde a esa clasificación.
Vivienda: Marque con “X”, si el establecimiento inspeccionado se encuentra ubicado en una vivienda. Preguntar al responsable si el uso comercial es compartido con vivienda dentro del mismo predio. Si la respuesta es “sí”, ese estanque ubicado en la vivienda se convierte en establecimiento de piscina de uso colectivo y, por ende, aplican las disposiciones contenidas para ellas en las normas vigentes.
Otro: Si el establecimiento de piscina inspeccionado no corresponde a los clasificados por la Ley 1209 de 2008, escriba cuál.
Presentación del estaque de piscina: Escriba donde corresponde el número de estanques descubiertos o cubiertos que tiene el establecimiento de piscina.
Sistema de operación: En los espacios de los diferentes sistemas de operación escriba el número de estanques de piscina que tienen el respectivo sistema.
No estanques climatizados: Escriba el número en el espacio en blanco.
Dispositivo de control de temperatura: Marque “X” en los espacios en blanco que corresponda.
No total de estanques que hay en el establecimiento de piscina: Escriba por separado cuántos estanques hay climatizados y cuántos cubiertos o descubiertos.
Actividad económica: La actividad ejercida por el establecimiento.
CIIU 1: Número del código de la actividad económica, que aparece en el RUT. Si no tiene este documento se debe escribir el CIIU que corresponde a la actividad económica.
CIIU 2: Número del código de la actividad económica, que aparece en el RUT. Si no tiene este documento se debe escribir el CIIU que corresponde a la actividad económica.
CIIU 3: Número del código de la actividad económica, que aparece en el RUT. Si no tiene este documento se debe escribir el CIIU que corresponde a la actividad económica.
Objeto de la inspección sanitaria: Marque “X” en el espacio en blanco donde corresponda. Tenga en cuenta lo siguiente:
-- Oficio: Cuando la inspección se hace como parte de un control rutinario al establecimiento de piscina.
-- Notificación comunitaria: Cuando la inspección responde a una queja o solicitud de la comunidad. Se debe indicar el número de radicado de la queja o solicitud.
-- Asociada a brote: Cuando haya riesgo grave a la salud la vigilancia responde a una situación de emergencia o brote por intoxicaciones con sustancias químicas.
-- Solicitud del interesado: Cuando la inspección responde a la solicitud hecha por el responsable del establecimiento de piscina. Se debe indicar el número de radicado de la solicitud.
-- Solicitud oficial: Cuando la inspección responde a una solicitud hecha por la dependencia u oficina administrativa que el municipio o distrito determine, para expedir concepto sanitario, así como parte de la notificación de condiciones sanitarias deficientes. Se debe indicar el número de radicado de la solicitud.
Clase de inspección sanitaria: Marque con “X” donde corresponda.
Fuente abastecimiento del estanque: Escriba o marque con “X” en los espacios en blanco la información solicitada en cada columna del cuadro, así:
-- Estanque: Si hay más de un estanque en el establecimiento de piscina, debe darle una nomenclatura para que los diferencie.
-- Para las columnas de: Tipo de fuente, agua natural, agua tratada o propia: Marque con “X” donde corresponda.
-- En ubicación del estanque: Para los establecimientos donde hay más de un estanque defina una forma para localizar cada uno de los tanques.
-- Características del agua contenida en el estanque realizadas in situ: Escriba las características, el nombre de la característica que realiza en el lugar, durante la inspección sanitaria.
Período de recirculación por estanque de piscina: En este cuadro, escriba la información que solicita por estanque inspeccionado y la columna denominada “cumplimiento”, marque con “X” donde corresponda.
Áreas complementarias e instalaciones anexas del establecimiento de piscina: En estos dos cuadros, escriba la información que solicita por estanque inspeccionado y la columna denominada “NOMBRE DEL ÁREA COMPLEMENTARIA Y/O INSTALACIÓN ANEXA DONDE RECOGIÓ LA MUESTRA”, escriba el nombre del área o instalación donde recogió la muestra en superficie por la autoridad sanitaria.
Buenas Prácticas Sanitarias del Establecimiento de Piscina (BPS): Para diligenciar esta información tenga en cuenta el procedimiento de evaluación dado en el Anexo Técnico número 2.
FORMULARIO PARA EVALUAR EL CONCEPTO SANITARIO DEL ESTABLECIMIENTO DE PISCINA.
Este formulario, es la continuación del Formulario Único de Inspección Sanitaria a los establecimientos de piscinas, del Anexo Técnico número 1, de esta resolución y debe ser desarrollado por la autoridad sanitaria competente, en la oficina, una vez finalizada la inspección sanitaria in situ. Comprenden las Buenas Prácticas Sanitarias que se efectúan en el establecimiento de piscina y que fueron revisadas por la autoridad sanitaria y los Índices de Riesgo del Agua de estanque de Piscina (IRAPI) de la autoridad sanitaria y del responsable de piscina.
FORMULARIO DE INSPECCIÓN DE CRITERIOS TÉCNICOS Y DE SEGURIDAD AL ESTABLECIMIENTO DE PISCINA.
Este formulario permite que la dependencia u oficina administrativa que determine el municipio o distrito, consolide in situ la información encontrada en el momento que se realiza la inspección al establecimiento de piscina, sobre los criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, en áreas complementarias e instalaciones anexas, así como la instalación y el funcionamiento de los dispositivos de seguridad utilizados en piscina.
La inspección que realice la dependencia u oficina administrativa que determine el municipio o distrito, debe ser realizada por profesional vinculado laboralmente a la entidad, que tenga conocimiento y experiencia en tratamiento de agua contenida en estanque o estructura similar de piscina.
PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR EL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE SEGURIDAD EN PISCINA.
La certificación de cumplimiento de seguridad en piscina es el acto administrativo expedido por la dependencia u oficina administrativa que el municipio o distrito determine, mediante el cual se acredita el cumplimiento del concepto sanitario favorable y el plan de seguridad favorable del establecimiento de piscina inspeccionado tanto por la autoridad sanitaria competente y la dependencia u oficina administrativa que determine el municipio o distrito.
Procedimiento para evaluar el plan de seguridad del establecimiento de piscina
Se debe marcar “X” en las columnas (SÍ, P, NO) de los criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, áreas complementarias e instalaciones anexas y dispositivos de seguridad, que conforman el plan de seguridad del establecimiento de piscina, efectuados al establecimiento de piscina inspeccionado por la dependencia u oficina administrativa que determine el municipio o distrito. Para evaluarlos se debe tener en cuenta los siguientes criterios:
1. Marcar con “X”, uno a uno de los criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, áreas complementarias e instalaciones anexas y los dispositivos de seguridad, inspeccionados y verificados.
2. Si cumple con la totalidad de los criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, áreas complementarias e instalaciones anexas y los dispositivos de seguridad, quiere decir, que no se genera ningún riesgo para la vida y salud en el establecimiento de piscina, por lo tanto en la columna denominada “SÍ” (significa que sí cumple), se marca “X” y debe escribir en la casilla denominada “CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE SEGURIDAD DEL ESTABLECIMIENTO DE PISCINA”, del Anexo Técnico número 3: Cumple con el plan de seguridad del establecimiento de piscina.
3. Si no cumple con uno o más criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, áreas complementarias e instalaciones anexas y los dispositivos de seguridad, quiere decir, que aun cuando no conlleva un riesgo inminente para la vida y salud habrá que aplicar medidas correctivas, es así que en la columna denominada “P” (significa que cumple parcialmente), se marca “X” y debe escribir en la casilla denominada “CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE SEGURIDAD DEL ESTABLECIMIENTO DE PISCINA”, del Anexo Técnico número 3: Cumple parcialmente el plan de seguridad del establecimiento de piscina.
4. Si no cumple con la totalidad de los criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, áreas complementarias e instalaciones anexas y los dispositivos de seguridad, quiere decir, que el establecimiento de piscina genera riesgo a la vida y salud por no cumplir con los criterios técnicos y de seguridad, por ello es necesario aplicar medidas correctivas para lograr su total cumplimiento y en la columna denominada “NO” se marca “X” y debe escribir en la casilla denominada “CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE SEGURIDAD DEL ESTABLECIMIENTO DE PISCINA”, del Anexo Técnico número 3: No cumple el plan de seguridad del establecimiento de piscina.
5. Si los criterios técnicos de seguridad en estanque de piscina, áreas complementarias e instalaciones anexas y los dispositivos de seguridad del plan de seguridad del establecimiento de piscina, inspeccionados no aplican, se escribe una raya (-) bajo la columna denominada “NA” y se escribe en el renglón denominado “Observación” la razón de por qué no aplica.
Procedimiento para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad en piscina:
Para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad en piscina, del establecimiento de piscina inspeccionado, se deben tener en cuenta los siguientes criterios:
1. Si tiene el concepto sanitario favorable y cumplimiento del plan de seguridad del establecimiento de piscina, se emite certificado de cumplimiento de seguridad en piscina favorable.
2. Si solamente cumple con uno de los dos aspectos técnicos evaluados (concepto sanitario favorable o cumplimiento del plan de seguridad del establecimiento de piscina), se emite certificado de cumplimiento de seguridad en piscina favorable con requerimiento.
3. Si no cumple con los dos aspectos técnicos evaluados (concepto sanitario favorable o cumplimiento del plan de seguridad del establecimiento de piscina), se emite certificado de cumplimiento de seguridad en piscina desfavorable.