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RESOLUCION 1543 DE 2000

(febrero 21)

Diario Oficial No 43.912, del 27 de febrero de 2000

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS

Por la cual se confirma una delegación.

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,

en ejercicio de las facultades conferidas en la Ley 142 de 1994,

en la Ley 489 de 1998 y en el Decreto 548 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 001778 de 23 de febrero de 1999 delegó en los Superintendentes Delegados la atención, trámite y decisión de los recursos de apelación que sean interpuestos y concedidos contra los actos del Intendente de Control Social, en especial los proferidos en virtud del cumplimiento de las funciones contenidas por el numeral 3o. del artículo 6o. del Decreto 548 de 1995, los cuales son de competencia del Intendente de Control Social, de conformidad con el literal b) del artículo 18 eiusdem, funciones éstas que ejerce desconcentradamente por virtud del referido decreto a través de los Intendentes Delegados Departamentales bajo su coordinación y de conformidad con lo señalado por el artículo 8o. de la Ley 489 de 1998;

Que el Intendente de Control Social es el coordinador funcional de los Intendentes Delegados Departamentales para el ejercicio de las funciones señaladas por el literal b) del artículo 28 del Decreto 548 de 1995 y dentro del ámbito señalado por éste. Siendo en todo caso el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios el titular de la función de resolver los recursos de apelación en su calidad de inmediato superior administrativo;

Que se requiere precisar el punto relativo a los recursos de apelación que sean interpuestos contra los actos administrativos de los Intendentes Delegados Departamentales, función que actualmente se encuentra en cabeza de los Superintendentes Delegados según el sector que se trate, de conformidad con el acto de delegación contenido en la Resolución número 001778 de 23 de febrero de 1999,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Confírmese la delegación efectuada mediante Resolución 001778 de 23 de febrero de 1999 en cabeza de los Superintendentes Delegados para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, para Energía y Gas Combustible y para Telecomunicaciones, los cuales tienen, en virtud del precitado acto administrativo, la facultad para conocer los recursos de apelación interpuestos contra los actos del Intendente de Control Social y de los Intendentes Delegados Departamentales, con las mismas potestades y obligaciones contenidas en dicho acto de delegación.

ARTICULO 6o. La presente resolución rige a partir de su expedición.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de febrero de 2000.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

ENRIQUE RAMÍREZ YÁÑEZ.

      

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