[ Al respecto, le informamos que las funciones y competencias de esta Comisión de Regulación se encuentran dispuestas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994 , y se circunscriben en el establecimiento de fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos y regular los monopolios o promover la competencia en la prestación de servicio públicos. || En cumplimiento de lo anterior, esta entidad expidió la Resolución CRA 150 de 2001 por medio de la cual se “…ratifican los rangos de consumos establecidos en las Resoluciones 08 de 1995, 09 de 1995, 15 de 1996 y 14 de 1997….” y se define en el artículo 2 el Consumo Básico como "... || De esta manera, y aun cuando la implementación de los instrumentos de la política para el uso eficiente y ahorro del agua es facultad exclusiva de los ministerios, los lineamientos regulatorios en relación con la fijación del rango de consumo básico en los primeros 20 metros cúbicos, buscan en la línea legislativa de la Ley 373 de 1997, desincentivar el consumo máximo en los suscriptores pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, los cuales de acuerdo con lo establecido en numeral 99.5 del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, son objeto de subsidio al señalar:] [ Al respecto, le informamos que las funciones y competencias de esta Comisión de Regulación se encuentran dispuestas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994 , y se circunscriben en el establecimiento de fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos y regular los monopolios o promover la competencia en la prestación de servicio públicos. || En cumplimiento de lo anterior, esta entidad expidió la Resolución CRA 150 de 2001 por medio de la cual se “…ratifican los rangos de consumos establecidos en las Resoluciones 08 de 1995, 09 de 1995, 15 de 1996 y 14 de 1997….” y se define en el artículo 2 el Consumo Básico como "... || De esta manera, y aun cuando la implementación de los instrumentos de la política para el uso eficiente y ahorro del agua es facultad exclusiva de los ministerios, los lineamientos regulatorios en relación con la fijación del rango de consumo básico en los primeros 20 metros cúbicos, buscan en la línea legislativa de la Ley 373 de 1997, desincentivar el consumo máximo en los suscriptores pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, los cuales de acuerdo con lo establecido en numeral 99.5 del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, son objeto de subsidio al señalar:] Uso inadecuado que se le da al agua de la piscina en el conjunto residencial donde vivo