[ Esta entidad recibió la comunicación radicada con el número y fecha del asunto, por medio de la cual consulta acerca de la desvinculación de usuarios de una empresa prestadora de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. || La excepción al deber de vincularse como usuario son los productores marginales, definidos en el numeral 14.15 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 1o de la Ley 689 de 2001, como “(...) la persona natural o jurídica que desee utilizar sus propios recursos para producir los bienes o servicios propios del objeto de las empresas de servicios públicos para si misma o para una clientela compuesta principalmente por quienes tienen vinculación económica con ella o por sus socios o miembros o como subproducto de otra actividad principal”. || En este sentido, el legislador definió la forma y los derechos que busca proteger con la intervención estatal que se realiza a través de la Comisiones de Regulación, intervención que se dirige a proteger tanto a las personas prestadoras de estos servicios como a los usuarios, para estimular la libertad de competencia, evitar abuso de posición dominante y asegurar a los usuarios la prestación de servicios públicos de calidad (arts.] [ Esta entidad recibió la comunicación radicada con el número y fecha del asunto, por medio de la cual consulta acerca de la desvinculación de usuarios de una empresa prestadora de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. || La excepción al deber de vincularse como usuario son los productores marginales, definidos en el numeral 14.15 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 1o de la Ley 689 de 2001, como “(...) la persona natural o jurídica que desee utilizar sus propios recursos para producir los bienes o servicios propios del objeto de las empresas de servicios públicos para si misma o para una clientela compuesta principalmente por quienes tienen vinculación económica con ella o por sus socios o miembros o como subproducto de otra actividad principal”. || En este sentido, el legislador definió la forma y los derechos que busca proteger con la intervención estatal que se realiza a través de la Comisiones de Regulación, intervención que se dirige a proteger tanto a las personas prestadoras de estos servicios como a los usuarios, para estimular la libertad de competencia, evitar abuso de posición dominante y asegurar a los usuarios la prestación de servicios públicos de calidad (arts.] Desvinculación de usuarios de una empresa prestadora de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo