[ - Numeral 5 de la Circular Conjunta 001 de 2017: “(...) Respecto al material de rechazo, el parágrafo 1o de la Resolución CRA (sic) 276 de 2016 del MVCT, establece que el mismo debe ser entregado a las personas prestadoras del servicio público de aseo de residuos no aprovechables que operan en el área de prestación de la ubicación en la ECA. || Acorde con lo anterior, la persona prestadora que realice la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables en el área donde se encuentra ubicada la ECA tiene la responsabilidad de recolectar y disponer los rechazos, cuyo costo deberá ser trasladado a la tarifa del servicio público de aseo para que este sea asumido por todos los suscriptores del municipio. || Es así como en la Tarifa Final por Suscriptor del servicio público de aseo, cuya fórmula se establece en el artículo 39 de la Resolución CRA 720 de 2015, incorpora las toneladas de rechazo de aprovechamiento por suscriptor (TRRAj con el fin de que la tarifa para suscriptores aforados y no aforados remunere el transporte y la disposición final el rechazo generado por los suscriptores que conforman las rutas selectivas de la actividad de aprovechamiento.] [ - Numeral 5 de la Circular Conjunta 001 de 2017: “(...) Respecto al material de rechazo, el parágrafo 1o de la Resolución CRA (sic) 276 de 2016 del MVCT, establece que el mismo debe ser entregado a las personas prestadoras del servicio público de aseo de residuos no aprovechables que operan en el área de prestación de la ubicación en la ECA. || Acorde con lo anterior, la persona prestadora que realice la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables en el área donde se encuentra ubicada la ECA tiene la responsabilidad de recolectar y disponer los rechazos, cuyo costo deberá ser trasladado a la tarifa del servicio público de aseo para que este sea asumido por todos los suscriptores del municipio. || Es así como en la Tarifa Final por Suscriptor del servicio público de aseo, cuya fórmula se establece en el artículo 39 de la Resolución CRA 720 de 2015, incorpora las toneladas de rechazo de aprovechamiento por suscriptor (TRRAj con el fin de que la tarifa para suscriptores aforados y no aforados remunere el transporte y la disposición final el rechazo generado por los suscriptores que conforman las rutas selectivas de la actividad de aprovechamiento.] ¿Es posible celebrar un contrato entre privados para la recolección de las toneladas de rechazo resultante de la ruta selectiva de aprovechamiento dado el caso que una empresa de aseo de recolección de residuos ordinarios donde se preste el servicio de aprovechamientos no esté realizando esta obligación?