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CIRCULAR EXTERNA 33 DE 2007

(agosto 16)

Diario Oficial No. 46.729 de 23 de agosto de 2007

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Bogotá, D. C., 16 de agosto de 2007

Señores:Usuarios y funcionarios de Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Asunto:

Resolución 1609 de 2007 – modifica Resolución 3156 2006 – Reglamento Técnico para Llantas Neumáticas–.

Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 1609 del 1o de agosto de 2007, por medio de la cual se modifica la Resolución 3156 del 28 de diciembre de 2006 referida a la expedición del Reglamento Técnico para Llantas Neumáticas que se fabriquen o importen o comercialicen para uso en vehículos automotores y sus remolques, en el sentido de prorrogar por un (1) mes el término establecido en el artículo 15o de la Resolución 3156 de 2006 para la entrada en vigencia de dicho reglamento.

El artículo 2o transitorio de la Resolución 1609 de 2007, para efectos de la comercialización de los bienes sujetos al Reglamento Técnico, autoriza la posibilidad de demostrar la conformidad con el mismo mediante Declaración de Conformidad del Proveedor, expedida de acuerdo con la Norma Colombiana NTC/ISO/IEC 17050 (Partes 1 y 2), por un término máximo de dieciocho (18) meses a partir de su entrada en vigencia.

La Resolución 1609 comenzó a regir a partir del 6 de agosto de 2007, fecha de su publicación en el Diario Oficial 46.712 y modifica en lo pertinente el artículo 15 de la Resolución 3156 de 2006. La presente Circular modifica en lo pertinente la Circular Externa número 004 del 23 de enero de 2007.

Cordialmente,

La Directora de Comercio Exterior (E.),

GLORIA INÉS CAÑAS ARIAS.

Anexo: Resolución 1609 en dos (2) folios

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