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CIRCULAR 3 DE 2000

(febrero 4)

Diario Oficial No 43.893, del 14 de febrero de 2000

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.

Para: Representantes legales de los entes prestadores de servicios públicos domiciliarios.

De: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Asunto: Instrucciones para la cancelación de la contribución especial a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Fecha: Santa Fe de Bogotá, D. C., 4 de febrero de 2000

 <CUERPO DE LA CIRCULAR>.

A continuación encontrarán algunas instrucciones para la cancelación de la contribución especial correspondiente al año 2000.

El pago correspondiente lo pueden efectuar en cualquiera de las siguientes entidades financieras de esa localidad en donde la Superintendencia de Servicios Públicos Dorniciliarios tiene sus cuentas nacionales, así:

Banco del Estado Cuenta corriente número 012-07875-4

Bancafé Cuenta empresarial número 007-99126-8

Banco Ganadero Cuenta corriente número 141-15671-1

Colmena Cuenta de Ahorro número 010-735007106-4

Banco Agrario Cuenta corriente número 0820-011616-1

BCH Cuenta corriente número 22213300259-1

En el evento que en su municipio no exista ninguna de las entidades financieras señaladas, el pago lo podrán hacer en el municipio más cercano en donde funcione cualquiera de las mencionadas entidades financieras.

Es indispensable diligenciar en el comprobante de consignación, el nombre de la E.S.P., el número de la cuenta nacional de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el valor consignado, el Número Unico de Identificación de Registro, NUIR, asignado a esa ESP, por esta Superintendencia, información que deberán anotar teniendo en cuenta el formulario de consignación a utilizar así:

-Para la consignación en el Banco del Estado se debe utilizar el formulario de consignación del Banco del Estado-Consignación en efectivo o en cheque.

El NUIR se debe señalar en el espacio "Concepto".

-Para la consignación en Bancafé se debe utilizar el formulario de consignación Banco Cafetero-Cuenta Empresarial.

El NUIR se debe señalar en el espacio "Código del Consignante".

-Para la consignación en el Banco Ganadero se debe utilizar el formulario de consignación del Banco Ganadero-Recaudo Nacional.

El NUIR se debe señalar en el espacio "Código para identificar el depósito".

-Para la consignación en Colmena se debe utilizar el formulario de consignación Colmenacomprobante de recaudo.

El NUIR se debe señalar en el espacio "Referencia".

-Para la consignación en el Banco Agrario se debe utilizar el formulario de consignación del Banco Agrario-Recaudo Nacional Convenios.

EL NUIR se debe señalar en el espacio "Código consignante".

-Para la consignación en el Banco Central Hipotecario se debe utilizar el formulario de consignación recaudo nacional.

El NUIR se debe señalar en el espacio "NUIR".

Nota: Señor ente prestador de servicios público domiciliarios, si en su consignación no está correctamente diligenciado el NUIR y el concepto del pago, la consignación se dará por no recibida por parte de la SSPD.

El valor de la contribución especial, deberá ser consignado en efectivo, cheque de gerencia o cheque de cualquier banco del lugar donde se efectúe la consignación. El formulario de consignación debe diligenciarse preferiblemente a máquina o en letra imprenta legible. Antes de efectuar el pago, revise cuidadosamente su comprobante de consignación verificando el número de la cuenta de la Superintendencia según la entidad financiera en donde efectúe el pago y el NUIR. El formato de la consignación lo encontrará en las oficinas de cada entidad financiera. Una vez realizada la consignación, deberá enviar inmediatamente fotocopia de la consignación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, carrera 18 No. 84-35 o por fax al 6913075 de la ciudad de Santa Fe de Bogotá. Cualquier inquietud que tengan los entes vigilados en relación con el contenido de la presente circular y la Resolución número 000600 del 27 de enero de 2000, será resuelta en la Dirección Financiera de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (doctor Juan Antonio Roa Sánchez, Director Financiero, doctora Liliana Roldán Valens Coordinadora área de Contribuciones), teléfonos 6913014 -6912994 de la ciudad Santa Fe de Bogotá D. C., o por funcionarios de la Intendencia Delegada Departamental en la dirección y/o teléfonos que aparece en el parágrafo 2o. del artículo 5o. de la Resolución número 000600 del 27 de enero de 2000.

Para efectos de lo establecido en el artículo 37 del Decreto 548 de 1995, la presente Circular se publicará en el Diario Oficial.

Cordialmente,

El Secretario General,

GUIDO MAHECHA VEGA.

      

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