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CONCEPTO 971 DE 2014

(enero 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

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Asunto: Radicado CRA 2014-321-000064-2 de 9 de enero de 2014.

Respetado señor:

Hemos recibido la comunicación del asunto, mediante la cual solicita "concepto sobre si es posible que para los cálculos de las tarifas de aseo se tenga en cuenta el factor de actualización que contempla la metodología desde 2004 hasta 2013, o si por el contrario se debería hacer el cálculo a una fecha anterior y después hacer indexación"

En primer lugar, es importante precisar que los costos techos establecidos en la metodología tarifaria del servicio público de aseo de la Resolución CRA 351 de 2005, se encuentran estimados a pesos del 30 de junio de 2004.

De acuerdo con lo determinado en el artículo 21 ídem, para la primera vez que se aplique la fórmula, se hará un ajuste, de forma que los valores expresados en la resolución, se expresen a precios del momento de aplicación (mes y año base del estudio).

En este sentido, resulta conveniente poner de presente las siguientes consideraciones al momento de la actualización de los costos:

De acuerdo con la Circular CRA 002 de 2007, debe entenderse que el primer ajuste esperado por productividad se causó durante el año 2007, y su aplicación se realizará a partir de enero de 2008.

En este sentido, deberá considerar la actualización de cada uno de los costos de los componentes del servicio, periodo por periodo a precios del mes de enero de 2008 para, a partir de este valor, aplicar el primer ajuste esperado por productividad, según los valores dispuestos por componente.

Posteriormente, ajustar el valor actualizado en el mes de enero de 2008 a precios de enero de 2009 para, a partir de este valor, aplicar el segundo ajuste esperado por productividad, haciendo repetitivo este procedimiento, hasta el enero del año base de cálculo de estudio de costos con estricta aplicación de los factores x1, x2, x3 y x4 y finalmente ajustar al mes de aplicación del estudio tarifario con los respectivos índices de actualización.

El factor de productividad x5 se aplica hasta el año 2010.

A pesar de que los ajustes por actualización de precios y por mejoras en la productividad, afectan directamente el costo de referencia, estos se pueden aplicar de manera independiente. Así, mientras que el efecto que tiene el factor de productividad sobre el costo tiene una vigencia anual, los ajustes por concepto de actualización de precios se podrán realizar tantas veces como sea necesario, de acuerdo con lo dispuesto en la ley.

Así mismo, en relación con la actualización de costos, se debe tener en cuenta el parágrafo del artículo 21 de la Resolución CRA 351 de 2005, establece que el periodo de estimación de los índices establecidos para la actualización será mensual. Su aplicación para cada uno de los componentes se sujetará a lo establecido por el artículo 125 de la Ley 142 de 1994.

Finalmente, cabe indicar que de conformidad con la normatividad vigente, es potestativa de la entidad tarifaria local la decisión de aplicar las actualizaciones y su ejecución de manera progresiva, considerando por ejemplo que no se pone en riesgo la viabilidad financiera de la empresa o que se minimiza impacto socioeconómico en los usuarios del servicio, que la decisión pueda causar. Además, debe señalarse que si la empresa no realiza la actualización de tarifas cuando se acumule el 3% de los índices de precios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125 de la ley 142 de 1994, podrá hacerlo posteriormente, actualizando el porcentaje de incremento que se haya acumulado* durante el periodo circunscrito entre junio de 2004 y diciembre de 2013.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección Técnica de la CRA al teléfono en Bogotá (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.

Sin otro particular, reciba un atento saludo.

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINAS>

1. Concordancia con el Radicado CRA 2008-321-001805-2 del 18 de marzo de 2008 cuya respuesta fue tratada en el Comité de Expertos N° 16, en Sesión Ordinaria realizada el día 18 de junio de 2.008

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