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CONCEPTO 20250300001361 DE 2025

(enero 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO -CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2024-321-012395-2 de 10 de diciembre de 2024.

Respetados señor XXXXX:

Recibimos su comunicación con el radicado del asunto, a través del cual solicita concepto acerca de los cobros por conexión que realizan las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.

Previo a dar respuesta a su comunicación, le indicamos que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28[1] del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

A continuación se da respuesta a la pregunta planteada por ustedes:

¿ Si la empresa AAA realiza una inversión que no esté en el POIR, por ejemplo una tubería en una vía de zona de expansión donde en el presente no existan proyectos urbanísticos, sin embargo en el futuro si se presentan, por lo tanto: ¿la empresa AAA puede cobrar proporcionalmente de acuerdo a cargas y beneficios al urbanizador por el derecho a conectarse a la conducción?

Sea lo primero aclarar los cobros que pueden realizar los prestadores, en el marco de la prestación del servicio público de acueducto por concepto de las inversiones que realizan.

Es preciso indicar que a través del Costo Medio de Inversión - CMI consagrado en los artículos 2.1.2.1.4.3.1. y siguientes de la Resolución CRA 943 de 2021, se remunera al prestador la infraestructura afecta a la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, incluyendo tanto el valor de los activos incluidos en la Base de Capital Regulada del Año Base - BCR0 como los que hacen parte del Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR, el cual se define a partir de una adecuada planeación técnica y financiera respecto de las inversiones a realizar en el largo plazo, esto es, en un horizonte de 10 años, de tal forma que, cuando sean incluidas en las tarifas cobradas a los usuarios, reflejen criterios de eficiencia.

Le informamos que el artículo 2.1.2.1.4.3.10. de la Resolución CRA 943 de 2021 habilita cambios al POIR, sin modificar el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario, teniendo en cuenta que los proyectos a modificar cumplan las mismas metas que aquellos inicialmente definidos. Lo anterior, bajo un enfoque de orientación de cumplimiento de metas y de planeación de inversiones para su cumplimiento; en este sentido, si la persona prestadora cumple las metas del servicio establecidas en la metodología tarifaria podrá realizar los cambios del POIR entre dimensiones, asegurando que no se modifique el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario.

Adicionalmente, el artículo 2.1.2.1.10.3 de la Resolución CRA 943 de 2021 establece las condiciones para el cálculo de base de capital regulada cero para el siguiente marco tarifario, en la que se define el tratamiento de las inversiones por fuera del POIR mediante la variable INj[2].

Así las cosas, el hecho que una persona prestadora realice una inversión por fuera del POIR no necesariamente implica que dichas inversiones no puedan ser cobradas a los usuarios de los servicios públicos.

Por otra parte, las inversiones relacionadas con la reposición, expansión y rehabilitación de los sistemas de acueducto o alcantarillado durante el horizonte de planeación, corresponderán a aquellas que serán realizadas por las personas prestadoras para mejorar las metas de prestación del servicio relacionadas con las dimensiones de cobertura, calidad, continuidad y las necesarias para la reposición y rehabilitación de los sistemas y que sean consecuentes con la vulnerabilidad de los sistemas, reducción de pérdidas y todas aquellas metas asociadas a la prestación del servicio.

En tal sentido no se podrán incluir en el cálculo del CMI los activos aportados o entregados por terceros como urbanizadores y constructores, de manera que los aportes de recursos de los urbanizadores o constructores que se encuentren dentro del área de prestación del servicio deberán ser consistentes con el plan de inversiones del prestador y sin que los mismos hagan parte del costo del CMI o se comprometa el accionar de la gestión administrativa del prestador.

En todo caso, se deberá tener presente que de conformidad con el artículo 2.3.1.2.4.del Decreto 1077 de 2015, en la viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios públicos que expida el prestador para proyectos de urbanización, se establecen las condiciones técnicas para conexión y suministro del servicio, frente a lo cual, se establece que el urbanizador está en la obligación de construir las redes locales o secundarias necesarias para la ejecución del respectivo proyecto urbanístico y la prestación efectiva de los servicios de acueducto y alcantarillado. En estos casos el prestador del servicio deberá hacer la supervisión técnica de la ejecución de estas obras y recibir la infraestructura.

En conclusión, el POIR de las personas prestadoras es indicativo y por lo tanto la regulación contempla los mecanismos necesarios para incorporar posibles variaciones frente a la planeación. Adicionalmente, los activos aportados o entregados por terceros como urbanizadores y constructores no podrán ser cobrados a los usuarios del servicio público.

En caso de requerir información y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con el teléfono en Bogotá (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

JUAN CAMILO ACEVEDO PAEZ

Subdirector de Regulación (E)

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.

2. Valor de las inversiones de cada uno de los activos j ejecutadas durante la aplicación de la presente resolución, que se encuentren en operación al cierre del año t, diferentes a las inversiones del POIR, para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado (pesos de diciembre del año 2014).

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