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CONCEPTO 5081 DE 2016

(4 febrero)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO -CRA-

Bogotá D.C.

Asunto: Radicado CRA 2016-321-000805-2 del 29 de enero de 2016

Respetada señora Molina:

Recibimos la comunicación del asunto, por medio de la cual solicita a esta Comisión de Regulación "... LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN – LA QUE ESTE VIGENTE SOBRE DETERMINACION DE TARIFAS PARA SERVICIO DE ACUEDUCTOS RURALES DE MENOS DE 2500 USUARIOS...” (Sic)

Sobre el particular, le informamos que esta Comisión de Regulación expidió la metodología tarifaria para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en la Resolución CRA 287 de 2004,[1 la cual se encuentra vigente y aplica a las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con menos de 5.000 suscriptores en el área urbana, así como los prestadores de estos mismos servicios en el área rural hasta tanto no se expida una resolución que la derogue de forma expresa o que incluya en su ámbito de aplicación a los prestadores referidos. Ahora bien, es importante aclarar que en la medida en que la Resolución CRA 688 de 2014[2 no derogó de forma integral la Resolución CRA 287 de 2004, la misma continúa vigente.

De igual forma, es importante señalar que el 14 de octubre de 2015 culminó el proceso de participación ciudadana del proyecto de Resolución CRA 717 de 2015 “Por la cual se presenta el proyecto de resolución 'por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atiendan hasta 5.000 suscriptores en el área urbana y aquellas que presten el servicio exclusivamente en el área rural', se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 del artículo 2.3 6.3.3.11 del Decreto 1077 de 2015, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”. Una vez revisadas las observaciones, se tendrán en cuenta para expedir la resolución modificatoria definitiva de la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con menos de 5.000 suscriptores.

Así las cosas, de acuerdo con la Agenda Regulatoria Indicativa para el año 2016, se tiene prevista la expedición del nuevo marco tarifario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado aplicable a pequeños prestadores en el primer trimestre del año 2016. Por lo que le sugerimos revisar continuamente la página web de esta Entidad, en la cual se publicará cualquier novedad regulatoria en sector de agua potable v saneamiento básico.

No obstante, es importante aclarar que las tarifas resultantes de la aplicación de la Resolución CRA 287 de 2004 seguirán vigentes hasta tanto no entren en vigencia las tarifas derivadas de la mencionada resolución definitiva del nuevo marco tarifario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado aplicable a pequeños prestadores.

Por otra parte, puede ingresar a la página web de la Comisión www.cra.gov.co y tener acceso a la Resolución CRA 287 de 2004 a través del siguiente enlace: Normatividad/Normas Vigentes/ Resoluciones de Carácter General y descargar tanto la Resolución en mención como el documento de trabajo respectivo.

Finalmente, en caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación de la CRA al teléfono en Bogotá (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.

Sin otro particular, reciba un atento saludo,

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Director Ejecutivo

NOTAS AL FINAL:

1. Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado”.

2. Por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana”.

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