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CONCEPTO 7431 DE 2016

(15 febrero)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO -CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto. Radicado CRA 2016-321-000969-2 del 5 de febrero de 2016.

Respetado señor Sobrino:

Acusamos recibo de la comunicación del asunto, mediante la cual eleva consulta a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, en relación con el consumo de agua de la ciudad de Barranquilla.

Sobre el particular, le informamos que las funciones y facultades de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, se encuentran dispuestas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, entre las cuales se encuentra el establecimiento de fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos. De esta forma, sobre las tarifas señala la facultad de determinar el régimen de regulación para la fijación de las mismas, y cuando se establezca que el régimen aplicable es el de libertad regulada, el deber de establecer los criterios y metodologías aplicables para su determinación. En ese sentido, le aclaramos que no es competencia de esta Comisión, la producción de información estadística estratégica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial.

Del mismo modo, nos permitimos aclararle que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), tiene la responsabilidad de establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información para los servicios públicos - SUI, de conformidad con lo establecido en la Ley 689 de 2001,[1 sistema que provee la información oficial proveniente de los prestadores de servicios públicos. El SUI cuenta con reportes estructurados para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. Estos permiten consultas genéricas de la información que ya ha sido certificada por cada prestador, según ubicación, período, área de prestación del servicio y empresa. Esta información es de dominio público y se encuentra en el sitio web del SUI www.sui.gov.co.

No obstante lo anterior, a continuación le presentamos información de consumos promedio para usuarios residenciales desde el año 2005 hasta el año 2014, discriminada por estrato en la ciudad de Barranquilla obtenidos del sitio web del SUI.

Barranquilla
Estrato 1Estrato 2Estrato 3Estrato 4Estrato 5Estrato 6
200517,8720,2620,9123,0424,9333,31
200616,4517,6820,1322,1824,1931,92
200714,9216,7919,6321,9523,3130,92
200814,4716,2218,6020,9522,2629,72
200914,6015,8617,7820,3121,3727,98
201013,9715,3216,8218,7219,2824,82
201113,5115,0316,6218,4918,9224,53
201213,3114,6716,3118,4019,0824,82
201313,4014,6316,3118,2718,8524,57
201413,4114,5516,0417,7318,5023,84

Fuente: www.sui.gov.co, cálculos CRA

Esperamos haber resuelto su consulta. En caso de requerir información y/o asesoría en materia regulatoria de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación de la CRA al teléfono en Bogotá 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565, y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Director Ejecutivo

NOTA AL FINAL:

1. Por la cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994.

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