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CONCEPTO 10401 DE 2014

(abril 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Señores

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Asunto: Remisión documentos referentes a la expedición del Nuevo Marco Tarifario de Aseo para Grandes Prestadores.

Respetada doctora:

Por medio de la presente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, así como el artículo 5 del Decreto 2897 de 2010, adjunto me permito remitir los siguientes documentos, relacionados con la expedición, del régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo en áreas urbanas que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores, y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del mismo servicio:

i) Resolución CRA 643 de 2013 “Por la cual se presenta el proyecto de Resolución “Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo en áreas urbanas que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”, se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”

La participación ciudadana establecida en la Resolución CRA 643 de 2013, inició a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, es decir el 25 de junio de 2013, y finalizaría el día 25 de septiembre de 2013.

No obstante, el Gobierno Nacional, el Congreso de la República, los Vocales de Control y la Procuraduría General de la Nación, manifestaron la necesidad de ampliar el plazo de envío de los comentarios y observaciones a la propuesta, por lo que en Sesión de Comisión Ordinaria 199 del 24 de septiembre de 2013, se expidió la Resolución CRA 655 de 2013, con la que se amplió en un mes el término inicialmente planteado.

Posteriormente, el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico, remitió a la UAE-CRA el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001 en relación con la prestación del servicio público de aseo y parcialmente el artículo 251 de la Ley 1450 de 2011", firmado por el Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio y se solicitó su armonización con la propuesta del nuevo Marco Regulatorio del Servicio Público de Aseo. Lo anterior también fue solicitado por la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones - ANDESCO.

En consecuencia, mediante Resolución CRA 658 de 2013, se amplió el plazo para recibir las observaciones, reparos y sugerencias de la Resolución CRA 643 de 2013, por el término de dos meses, y una vez finalizados se presentaría el proyecto regulatorio que armonice los aspectos mencionados, para discusión de los usuarios y agentes del sector por el término de tres meses.

ii) Resolución CRA 664 de 2013 "Por la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución CRA 643 de 2013 y se presenta el proyecto de Resolución "Por la cual se adiciona el artículo Primero de la Resolución CRA 643 de 2013 y se dictan otras disposiciones", se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector”.

La participación ciudadana establecida para la Resolución CRA 664 de 2013 venció el pasado 7 de abril de 2014.

iii) Matriz que contiene la totalidad de observaciones presentadas por los usuarios y agentes del sector durante el proceso de discusión directa en los términos de lo establecido en el decreto 2696 de 2004.

iv) Proyecto de Resolución "Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo en áreas urbanas que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”

Atentamente,

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Director Ejecutivo

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