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CONCEPTO 11001 DE 2016

(Marzo 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO – CRA

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2016-321-001303-2 del 19 de febrero de 2016.

Respetada señora Jiménez:

Esta Comisión recibió la comunicación de la referencia en la que remite una consulta sobre la aplicación de la metodología tarifaria del servicio público de aseo contenida en la Resolución 351 de 2005. A continuación pasamos a dar respuesta, no sin antes precisar que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015,(1) los conceptos emitidos por esta Comisión no resuelven asuntos particulares, sino que sus pronunciamientos constituyen orientaciones y puntos de vista de carácter general sobre los temas consultados, y no tienen carácter obligatorio ni vinculante.

Su consulta:

"En la resolución 351 de 2005, metodología de aseo, en la determinación del tramo excedente se enuncia que El CT corresponderá a:

Año 2006 CT = 665

Año 2007 CT =MIN( 665; 406.46*eY)

Año 2008 CT =MIN( 665; 148.62*eZ )

Necesito saber la letra e que se encuentra en el año 2007 y 2008 con que valor se reemplaza en la formula o a que variable pertenece?

Además para el año 2015 se continuaría utilizando la fórmula del año 2008?"

El artículo 14 de la Resolución CRA 351 de 2005, define la fórmula para determinar el costo de transporte por Tramo Excedente -CTE-.

La letra e se denomina el número de Euler y es la base de los logaritmos naturales que tiene un valor 2,7182.

Se aclara que los valores son los que se presentan en la tabla a continuación y en relación con la fórmula que debe aplicarse en el año 2015, debe ser la que corresponde al año 2009, con las actualizaciones que correspondan a ese periodo de tiempo según lo establecido en el literal d) del artículo 21 de la mencionada resolución.

Año 2007CT = 665
Año 2008CT =MIN( 665; 406.46*ey)
Año 2009Año 2008 CT =MIN( 665; 148.62*e Z)

Sin otro particular, reciba un cordial saludo,

JULIO CESAR AGUILERA WILCHES

Director Ejecutivo

NOTA AL FINAL:

1. “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo".

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