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CONCEPTO 21741 DE 2011

(Marzo 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

Bogotá, D.C.

Asunto: su correo electrónico con radicado CRA N° 2011-321-001855-2 del 23 de marzo de 2011.

Respetado señor Lozano:

Hemos recibido la comunicación del asunto, en la cual solicita saber "Si la Resolución 287 de 2004 tuvo alguna modificación o sigue vigente la misma, mi solicitud es para la realización de la estructura tarifaria a prestadores con menos de 2500 usuarios".

En relación con su inquietud, nos permitimos informarle que la Resolución CRA N° 287 de 2004, "Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado", se encuentra vigente y aplica a todas las personas prestadoras de estos servicios en el territorio nacional. En esta Resolución se contempla una metodología particular para empresas con menos de 2.500 suscriptores, la cual se describe en el Capítulo VI "Criterio y metodologías de costos y tarifas para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con menos de 2.500 suscriptores".

Adicionalmente, le informamos que esta Comisión expidió los siguientes actos administrativos de carácter general, en donde se presentan los proyectos de resolución para el nuevo marco tarifario de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado:

--Resolución CRA N° 485 de 2009, "Por la cual se presenta el proyecto de Resolución: “Por la cual se establece la metodología tarifaria para los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atiendan 2.500 o más suscriptores” y se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004".

Resolución CRA N° 486 de 2009, "Por la cual se presenta el proyecto de Resolución: 'Por la cual se establece la metodología tarifaria de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado para prestadores que atiendan menos de 2.500 suscriptores" y se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 de artículo 11 del Decreto 2696 de 2004" (subrayado fuera de texto).

Sobre el particular, es importante que señalar que estas resoluciones comprenden actos administrativos de trámite y, por tanto, son susceptibles de ser modificados de acuerdo con el resultado del proceso de participación ciudadana, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 2696 de 2004, adicionado por el Decreto 5051 del 29 de diciembre de 2009. Por tanto, dichos actos administrativos fueron expedidos con el objeto de que todas estas personas interesadas pudiesen, hasta el 31 de mayo del pasado año, realizar las observaciones, reparos o sugerencias correspondientes a las mismas. En consecuencia, la comisión se encuentra estudiando dichos aportes, y procederá en su momento a expedir y divulgar ampliamente las resoluciones correspondientes, al igual que su entrada en vigencia y aplicación.

Es pertinente aclarar que de acuerdo con lo dispuesto el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, las fórmulas tarifarias tendrán una vigencia de cinco años, salvo que antes haya acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la comisión, para modificarlas o prorrogarlas por un período igual; vencido este período, continuarán rigiendo mientras la comisión no fije las nuevas fórmulas. En ese entendido, hasta tanto no se expidan las resoluciones definitivas, no entrarán en vigencia las disposiciones contenidas en los proyectos regulatorios del marco tarifario. Por lo que, hasta ese momento seguirá vigente la Resolución CRA N° 287 de 2004.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo,

SILVIA JULIANA YEPES SERRANO

Directora Ejecutiva (E)

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