DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

CONCEPTO 38701 DE 2011

(1 mayo)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO -CRA-

Bogotá,

Asunto: Respuesta radicado CRA No. 2011-321-002979-2 de 17 de mayo de 2011

Respetada señora Sánchez:

Recibimos la comunicación del asunto en la cual consulta sobre los incentivos a plantas de tratamiento de residuos sólidos para incluir en la nueva metodología tarifaria del servicio público de aseo. Sobre el particular, nos permitimos hacer las siguientes precisiones:

Según lo dispuesto en el artículo 74 del Decreto 1713 de 2002, la construcción y localización de una planta de aprovechamiento obedece a consideraciones técnicas, económicas y ambientales que determinen su viabilidad, así como a los usos del suelo establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, Plan Básico o Esquema de Ordenamiento Territorial y Plan de Desarrollo del Municipio o Distrito. Así pues, la construcción de dicha planta de aprovechamiento obedece a las consideraciones ya mencionadas y no está condicionada a la voluntad del prestador del servicio público de aseo.

Por su parte, las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 evidencian la preocupación del Gobierno actual en torno al tema de los residuos. Por ello, en dicho documento se propone una solución integral y regional de los residuos con miras a aliviar la demanda del suelo para disposición final y generar estrategias para el tratamiento de aguas residuales que demandan altos niveles de inversión, así como de suelos aptos para dicha actividad. Por ello, se resaltan las siguientes estrategias en torno al tema de su preocupación:

"Definir una estrategia de largo plazo para el manejo de residuos sólidos que establezca:

1. Soluciones regionales de disposición final articuladas con los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y los POT;

2. aplicación de nuevas tecnologías, especialmente en disposición final;

3. el manejo y aprovechamiento de diferentes tipos de residuos y la formalización de organizaciones de recicladores; y,

4. políticas de consumo y producción sostenible que reduzcan la generación de residuos y su impacto en el ambiente. En el corto plazo, es necesario definir una estrategia para el manejo y disposición adecuada de escombros."[1]

En este sentido, es preciso señalar que actualmente no existen incentivos regulatorios específicos para la construcción de plantas de tratamiento de residuos. En consecuencia, el análisis de este tema se considerará dentro de los estudios que permitan soportar la propuesta de la nueva metodología tarifaria.

No obstante lo anterior, se debe tener presente que la decisión de llevar a cabo este proyecto, debe ser consecuente con un análisis técnico, económico y ambiental, con la disponibilidad del tipo de suelo en el ordenamiento territorial en el municipio y con los posibles incentivos que pueda promover el Gobierno Nacional en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.

El presente concepto se emite en los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Sin otro particular, reciba un respetuoso saludo,

SILVIA JULIANA YEPES SERRANO

Directora Ejecutiva (E)

NOTAS AL FINAL:

1. Bases para el Plan Nacional de desarrollo 2010-2014, "Prosperidad para todos". Pág. 243

×