CONCEPTO 41531 DE 2016
(julio 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá,
Asunto: Radicado CRA 2016-321-004772-2 de 8 de julio de 2016.
Respetada señora Ortiz:
En atención a la comunicación del asunto de la referencia, mediante la cual nos solicita que:
"(...) me aclaren sobre la vigencia de las resoluciones de 2002 que me enviaron por cuanto entiendo que el Decreto 1713 de 2002, fue derogado por el Decreto 2981 de 2013 (Diciembre 20), Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo.
Allí se índica que la CRA debe expedir las normativas o instructivos sobre el tema de multiusuarios (que es precisamente el documento que estoy buscando)".
Sobre el particular nos permitimos informarle que esta Comisión de Regulación en ejercicio de sus facultades expidió las Resoluciones CRA 233 (1) y 236 (2) de 2002, que contienen la opción tarifaria para los multiusuarios del servicio de aseo, y la metodología para la realización de aforos a multiusuarios, que actualmente se encuentran vigentes.
Ahora, tal y como lo señala en su comunicación el artículo 120 del Decreto 2981(3) de 2013, derogó entre otros el Decreto 1713 de 2002, sin embargo, en el artículo 2 del mencionado Decreto se establece que Multiusuarios del servicio público de aseo, son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.
En este mismo sentido, el articulo 99 ibídem, establece la Facturación para usuarios agrupados en unidades Inmobiliarias, que hayan escogido la opción tarifaria de multiusuario, de conformidad con la metodología definida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Dicha metodología se encuentra definida en las remitidas Resoluciones CRA 233 y 236 de 2002, que aún se encuentran vigentes.
En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección Regulación de la CRA, al teléfono en Bogotá (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.
Atentamente,
JULIO CESAR AGUILERA WILCHES
Director Ejecutivo
1. Por la cual se establece una opción tarifada para los multiusuarios del servicio de aseo, se señala la manera de efectuar el cobro del servicio ordinario de aseo para inmuebles desocupados y se define la forma de acreditar la desocupación de un inmueble".
2. "Por la cual se establece la metodología para la realización de aforos a multiusuarios y se modifica la Resolución 233 de 2002".
3. Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo".