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CONCEPTO 57661 DE 2010

(septiembre 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Ref: Su comunicación con Radicado CRA Ne 2010-321-004050-2 del 18 de agosto de 2010

Respetado doctor Gómez:

Hemos recibido el radicado de la referencia, en el cual nos solicita "...información relacionada con el marco tarifario ACTUAL Y EN APLICACION (sic) de los servicios de acueducto y alcantarillado para aplicación en nuestra cabecera municipal (menos de 2.500 suscriptores).".

En relación con su solicitud, nos permitimos realizar los siguientes comentarios:

En primer lugar, le informamos que las funciones de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, se encuentran establecidas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994 siendo competencia de las Comisiones regular los monopolios en la prestación de las servicios públicos, cuando la competencia no sea de hecho posible; y, en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante, y produzcan servicios de calidad. Para ello tendrán ciertas funciones y facultades especiales, entre las cuales se encuentra el establecimiento de fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos".

En lo correspondiente a las tarifas, las funciones se encuentran establecidas en los artículos 73.11 y 73.20, según los cuales corresponde a esta Comisión de Regulación "(...) Establecer fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos, cuando ello corresponda según lo previsto en el articulo 83; y señalar cuándo hay suficiente competencia como para que la fijación de las tarifas sea libre. y "(...) 73.20- Determinar, de acuerdo con la ley, cuándo se establece el régimen de libertad regulada o libertad vigilada o señalar cuándo hay lugar a la libre fijación de tarifas. (...)"

En este orden de ideas, le comunicamos que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió en el año 2004 la Resolución CRA N" 287, "Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado", norma que se encuentra vigente y aplica para todas las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, salvo las excepciones contenidas en la ley.

Ahora bren, en el capítulo VI de la citada resolución, se disponen los criterios y metodologías para los prestadores con menos de 2300 suscriptores. Con el propósito de consultar este acto administrativo lo invitamos a visitar ta página Web de la Comisión www.cra.gov.co en el link Normatividad. Entrar por la opción Normas vigentes y posteriormente en el link Resoluciones de carácter general. Asimismo es Importante señalar que se encuentra disponible una cartilla didáctica relacionada con dichos temas, a través del menú "Interactuemos" enlace: "Boletines y publicaciones".

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección Técnica de la CRA, al teléfono (+1) 326 38 20 (o a la línea gratuita nacional: 01 8000 12 14 14) y uno de nuestros asesores le atenderá sus Inquietudes.

ERICA JOHANA ORTIZ MORENO

Directora Ejecutiva (E)

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