DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

CONCEPTO 61061 DE 2019

(marzo 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2019-321-001579-2 de 14 de febrero de 2019.

Respetado Alcalde:

Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual solicita "GRADUALIDAD PARA APLICACIÓN DE NUEVO MARCO TARIFARIO DE ACUEDUCTO EN LAS ZONAS DE PRESTACION DE CIUDADELA NUEVO GIRÓN YACAPULCO DEL MUNICIPIO DE GIRÓN (...)".

Sobre el particular, se precisa que la Resolución CRA 825 de 2017, modificada y adicionada por la Resolución CRA 844 de 2018, no contempla una progresividad en la aplicación de las tarifas derivadas de la misma. Asi mismo, se debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 (1) de esta última normativa:

(...) Las tarifas resultantes de la aplicación de la metodología contenida en la presente resolución, comenzarán a aplicarse a más tardar el primero (1o) de enero de 2019 fecha hasta la cual las personas prestadoras que se encuentren en operación, podrán seguir aplicando las ultimas tarifas aprobadas por su entidad tarifaria local.

(...)". (Subrayado fuera de texto original)

No obstante lo anterior, se informa que esta Comisión de Regulación incluyó en la Agenda Regulatoria Indicativa 2019 y proyección 2020 el proyecto: “Progresividad en la aplicación de las tarifas resultantes de la Resolución CRA 825 de 2017”, cuyo objetivo es desarrollar las adiciones regulatorias que permitan a los pequeños prestadores de acueducto y alcantarillado, aplicar de manera progresiva las tarifas resultantes de la metodología consagrada en la Resolución CRA 825 de 2017.

Por lo anterior, lo invitamos a consultar la página web de la entidad www.cra.gov.co, donde se publicará el proyecto regulatorio en mención, respecto del cual podrá realizar las observaciones sugerencias y reparos que considere pertinentes.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

GERMAN EDUARDO OSORIO CIFUENTES

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Que renumeró el Titulo VI y modificó el nuevo artículo 37 de la Resolución CRA 825 de 2017.

×