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CONCEPTO 20240120097791 DE 2024

(julio 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá.

Señor

XXXXXX

Asunto: Radicado CRA 2024-321-006221-2 del 9 de julio de 2024.

Respetado señor XXXXXX,

Recibimos la comunicación del asunto mediante la cual remite una serie de preguntas relacionadas al servicio público de aseo.

Sobre el particular, nos permitimos atender su inquietud, con el alcance previsto en el artículo 28 [1] del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, precisando que los conceptos emitidos por esta Comisión de Regulación constituyen orientaciones y puntos de vista de carácter general, que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares y no tienen carácter obligatorio ni vinculante. Adicionalmente, la presente respuesta se emite sin perjuicio de lo que sobre el particular consideren otras entidades en el marco de sus competencias.

De igual manera, es válido señalar que mediante oficio con Radicado CRA 2024-012009530-1 del 9 de julio de 2024, se respondió por parte de esta Comisión de Regulación varios interrogantes relacionados con la aplicación tarifaria del servicio público de aseo, los cuales fueron presentados por usted mediante oficio con radicado CRA 2024-321-004936-2 del 30 de mayo de 2024, enfocados en el mismo sentido de las inquietudes presentadas con los oficios relacionados en el asunto de la presente comunicación.

No obstante, lo anterior y hechas estas precisiones, a continuación, se procede a atender las inquietudes planteadas:

a. “Si, los COSTOS de REFERENCIA resultante de metodología tarifaria expedida por la COMISIÓN en la RESOLUCIÓN CRA 720 del 2015 incluyen el SUBSIDIOS o, NO incluyen el SUBSIDIOS”

Los subsidios se realizan sobre el costo económico de referencia del servicio, el cual corresponde al resultante de la aplicación de las fórmulas tarifarias expedidas por esta Comisión de Regulación tal y como se indicó en la respuesta al Radicado CRA 2024-012-009530-1 del 9 de julio de 2024.

b. “los APORTES del SUBSIDIO hacen partes de los componentes de la metodología tarifaria expedida por la COMISIÓN en la RESOLUCIÓN CRA 720 del 2015” o, no hacen parte de los componentes de metodología tarifaria expedida por la CRA”.

La estructura general para determinar la tarifa final del usuario del servicio público de aseo reconoce el efecto de incluir los subsidios y contribuciones, pero es de aclarar que la aplicación o no de los subsidios y contribuciones dependerá de las decisiones que adopte el concejo municipal en dicha materia y no es algo que dependa de la metodología tarifaria establecida por la Comisión.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Comisión de Regulación al teléfono en Bogotá: (601) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

TULIA FABIOLA NIÑO MARTINEZ

Jefe Oficina Asesora Jurídica

<NOTA DE PIE DE PÁGINA>

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.”

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