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CONCEPTO 260951 DE 2018

(noviembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Señores

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Asunto: Radicado CRA 2018-321-009515-2 de 1 de octubre de 2018.

Respetado Alcalde:

Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual consulta: “(...) respecto de la aplicación del parágrafo único del artículo 109 de la Resolución CRA N. 688 de 2014 y el artículo 41 de la Resolución CRA N. 735 de 2015, que pretende hacer la EAAAY, al intentar suscribir un Encargo Fiduciario en esta vigencia, teniendo en cuenta que solo a partir de diciembre de 2017 se establecieron y aplicaron las nuevas tarifas en el municipio de Yopal y solo a partir del 01 de julio de 2016 entro (sic) en vigencia la formulación tarifaria general, además de lo manifestado por la agente interventora de la empresa, que para la fecha se llevaron a cabo la totalidad de las inversiones, situación que evidencia que no cuenta con dinero no ejecutado del POIR para entregaren un Encargo fiduciario.

En primer lugar, precisamos que la Resolución CRA 688 de 2014, “Por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana", modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015, estableció como mecanismo para garantizar el cumplimiento de cada uno de los proyectos planeados por el prestador, la provisión de inversiones.

En este sentido, el artículo 109 (1) de la Resolución CRA 688 de 2014, señala que al cierre de cada año tarifario(2), es decir, al 30 de junio de cada año, se debe realizar una provisión de inversiones por no ejecución del POIR(3), el cual corresponde a la diferencia entre el valor presente de las inversiones planeadas y el valor presente de las inversiones ejecutadas, en el año evaluado, cuyo resultado será el monto que deberá ser provisionado en pesos de dicho año.

En segundo lugar, le informamos que el artículo 113 (4) ibídem dispone de la fórmula tarifaria general allí definida, regirá por un periodo de cinco (5) años, contados a partir del primero (1) de julio de 2016.

Una vez vencido dicho periodo, la fórmula continuará rigiendo mientras esta Comisión de Regulación determine una nueva.

Por su parte, el parágrafo único del artículo 109 de la Resolución CRA 688 de 2014, radicó en cabeza de las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la oblogación de construir, a partir del cuarto año de vigencia de la formula tarifaria definida en dicha resolución un encargo fiduciario y trasladar al mismo, el saldo de la provisión constituida con el fin de continuar ejecutando las inversiones del POIR pendientes o en mora..

Teniendo en cuenta que la fórmula tarifaria definida en la resolución ibídem entró en vigencia el 1 de julio de 2016, el cuarto año de vigencia a que se refiere el pe rágrafo del artículo 109 citado, se cuenta a partir del 1 de julio de 2020.

Eh consecuencia, en el evento que el prestador no haya ejecutado el valor de las inversiones planeadas en el POIR, deberá realizar una provisión de lo no ejecutado; y si a partir del 1 de julio de 2020 existe un saldo en esta provisión, deberá constituirse un encargo fiduciario con dicho saldo.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse sn la Subdirección de Regulación, al teléfono en Bogotá: 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 300 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

JAIME HUMBERTO MESA BUITRAGO

Director Ejecutivo (E)

<NOTAS DE PÍE DE PAGÍNA>

1. Modificado por el artículo 38 de la Resolución CRA 735 de 2015.

2. De acuerdo con las definiciones incluidas en el artículo 3 de la Resolución CRA 688 de 2014, el año tarifario corresponde al periodo comprendido entre el primero (1) de julio y el treinta (30) de junio del año siguiente, siendo el primer (1) año de proyección, el periodo entre el primero (1) de julio del año 2016 hasta el treinta (30) de junio del año 2017, y el décimo (10) año de proyección es el periodo comprendido entre el primero (1) de julio del año 2025 y el treinta (30) de junio de 2026.

3. Plan de Obras e Inversiones Regulado.

4. Modificado por el artículo 41 de la Resolución CRA 735 de 2015.

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