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RESOLUCIÓN 4 DE 1996

(febrero 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

<Cumplimiento del período para el cual fue expedida>

“Por la cual se aprueba el Programa mensualizado de Caja-PAC de ingresos y gastos con recursos provenientes de las contribuciones de que trata la Ley 142 de 1994, y Donación-BID para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre de 1996”.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere la Ley 142 de 1995<sic, es 1995>, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (Unidad Administrativa Especial) liquida, recauda y maneja las contribuciones de las empresas sujetas a regulación.

Que de acuerdo con la Dirección General de Presupuesto, el manejo de las contribuciones se hará sin situación de fondos.

Que para su ejecución, de acuerdo con las normas presupuestales se requiere la aprobación del PAC anual mensualizado por la Comisión.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el Programa Anual mensualizado de caja – PAC de ingresos y gastos con recursos administrados entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 1996 por la suma de: Un Mil Novecientos Diecinueve Millones Seiscientos Catorce Mil ($ 1.919.614.000) Pesos M/cte.

Así:

INGRESOS

(MILES DE PESOS)

MESESCORRIENTESRECURSOS DE CAPITALTOTAL
CONTRIBUCIONESDONACIÓN BIDOTROS RECURSOS
SUPERAVIT 200.000200.000
ENERO33.698 33.698
FEBRERO156.000 156.000
MARZO290.8707.891298.761
ABRIL 90.000
MAYO99.00016.29516.295
JUNIO150.00150.000290.000
JULIO349.51950.00016.295365.810
AGOSTO150.000140.000
SEPTIEMBRE50.050140.000
OCTUBRE 100.000 
NOVIEMBRE 100.000140.000
DICIEMBRE  49.050
TOTAL 980.083699.050240.4811.919.614

GASTOS

(MILES DE PESOS)

MESESSERVICIOS PERSONALES GASTOS GENERALESTRANSFERENCIASINVERSIÓNTOTAL
ENERO  0
FEBRERO 32.06832.068
MARZO 25.00025.000
ABRIL 45.00045.000
MAYO 56.0056.000
JUNIO 1.400150.000151.400
JULIO36.34622.64810.747203.000272.741
AGOSTO47.03332.98110.747151.819242.580
SEPTIEMBRE 44.75967.15412.630170.000294.543
OCTUBRE47.68735.93110.747170.000264.365
NOVIEMBRE47.03335.93110.747180.000273.711
DICIEMBRE74.00929.21812.047146.932262.206
TOTAL296.867223.86369.0651.329.8191.919.614

ARTÍCULO SEGUNDO: Facúltese al Coordinador General para realizar las modificaciones necesarias durante la vigencia.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santa Fe de Bogotá

El Presidente de la Comisión

FABIO GIRALDO ISAZA

El coordinador General

DIEGO E FERNANDEZ GIRALDO

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