DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaDESCARGAS
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE
AbogacíaABOGACÍA
VideosVIDEOS

RESOLUCION CRA-196 DE 2001

(diciembre 21)

Diario Oficial No. 44.658, de 26 de diciembre de 2001

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

Por la cual se efectúa una delegación.

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Capítulo II de la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, establece las reglas que se deben aplicar en todos los procedimientos de las autoridades que tengan el propósito de producir actos administrativos unilaterales;

Que el artículo 73.7 de la Ley 142 de 1994 dispone que es función de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico decidir los recursos que se interpongan contra sus actos;

Que el artículo 109 ibidem establece que al practicar pruebas, las funciones que corresponderían al juez en un proceso civil las cumplirá la autoridad, o la persona que acuerden la autoridad y el interesado;

Que el artículo 113 de la Ley 142 de 1994 establece que durante el trámite de los recursos, se pueden completar las pruebas que no se hubiesen alcanzado a practicar;

Que el título II, capítulos I y II del Código Contencioso Administrativo señalan los recursos que proceden en la vía gubernativa y la oportunidad, admisibilidad y término probatorio en el trámite de dichos recursos;

Que el artículo 9o. de la Ley 489 de 1998, establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de acuerdo con la ley, pueden delegar la atención y decisión de los asuntos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la ley;

Que de conformidad con el artículo 70 de la Ley 142 de 1994, el Comité de Expertos hace parte del nivel directivo de la Comisión;

Que para el cabal cumplimiento de los principios de eficacia, economía y celeridad que rigen la función administrativa, contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, se hace necesario delegar la función que tiene la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, de decretar y practicar pruebas y realizar los demás trámites administrativos a que haya lugar en desarrollo de las actuaciones administrativas que adelante la Comisión en cumplimiento de lo estipulado en los artículos 106 y siguientes de la Ley 142 de 1994 y en el trámite de los recursos de reposición que se interpongan contra sus actos;

Que con fundamento en lo expuesto anteriormente, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Comité de Expertos de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, la función de decretar y practicar pruebas y realizar los demás trámites administrativos a que haya lugar en desarrollo de las actuaciones administrativas que adelante la Comisión en cumplimiento de lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la Ley 142 de 1994 y en el trámite de los recursos de reposición que se interpongan contra sus actos.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2001.

El Presidente,

Eduardo Pizano de Narváez.

El Director Ejecutivo,

Jorge Enrique Angel Gómez.

×