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RESOLUCIÓN 1259 DE 2015

(mayo 19)

Diario Oficial No. 49.535 de 6 de junio de 2015

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 55 de la Resolución 1447 de 2018>

Por la cual se establece el contenido para la presentación de información de programas y proyectos denominadas en su conjunto como iniciativas REDD+.

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

en uso de sus facultades legales y en especial en desarrollo de las conferidas en los numerales 1 y 2 del artículo 5o de la Ley 99 de 1993 y el numeral 1 del artículo 2o del Decreto-ley 3570 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 80 de la Constitución Política, el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución;

Que mediante la Ley 164 de 1994, el Congreso de la República de Colombia aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), cuyo objetivo es la estabilización de concentraciones de Gases Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera, a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático;

Que el artículo 4o de la Ley 164 de 1994, establece como compromiso: “…d) Promover la gestión sostenible y promover y apoyar con su cooperación la conservación y el reforzamiento, según proceda, de los sumideros y depósitos de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal, inclusive la biomasa, los bosques y los océanos, así como otros ecosistemas terrestres, costeros y marinos;…”;

Que mediante la Decisión 2/CP.13 aprobada por la Conferencia de las Partes de la CMNUCC, se alienta a los países parte de la CMNUCC, a que planteen opciones de mitigación de emisiones de GEI provenientes de la deforestación y degradación forestal y emprendan actividades, en particular actividades de demostración, para hacer frente a los factores directos e indirectos de la deforestación relevantes a sus circunstancias nacionales con el fin de reducir las emisiones derivadas de la deforestación y degradación de los bosques y ampliar así las reservas forestales de carbono mediante la ordenación sostenible de los bosques;

Que según los lineamientos y acciones estratégicas del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014: “Prosperidad para Todos” se deberá formular la estrategia nacional REDD+ (ENREDD+) como instrumento para asegurar la conservación y uso sostenible de los bosques y participar en mecanismos de mercado de carbono y fondos de mitigación de emisiones de Gases Efecto Invernadero;

Que en el territorio nacional se adelantan diversos proyectos y programas dirigidos a la reducción de emisiones por deforestación y degradación de bosques, la función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas forestales de carbono, denominadas en su conjunto como actividades REDD+, y se hace necesario conocer el estado de las referidas iniciativas con el propósito de orientar el diseño y desarrollo de la Estrategia Nacional REDD+;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 55 de la Resolución 1447 de 2018> Establecer el contenido para la presentación de información de programas y proyectos dirigidos a la reducción de emisiones por deforestación y degradación de bosques, la función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las Reservas forestales de carbono, denominadas en su conjunto como iniciativas REDD+.

ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 55 de la Resolución 1447 de 2018> La presente resolución se aplica a la información presentada ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (VITAL), con relación a la formulación e implementación de iniciativas REDD+ en bosques naturales del territorio nacional, por personas naturales o jurídicas de carácter privado o público, nacionales o extranjeras, que de forma voluntaria presenten la información.

ARTÍCULO 3o. DEFINICIONES Y ACRÓNIMOS. <Resolución derogada por el artículo 55 de la Resolución 1447 de 2018> Para la interpretación y aplicación de la presente resolución se adoptan las siguientes definiciones y acrónimos:

ACTIVIDADES REDD+: Se refiere a las cinco actividades definidas en el parágrafo 70 de la Decisión 1/CP.16 de la CMNUCC: a) La reducción de las emisiones debidas a la deforestación; b) La reducción de las emisiones debidas a la degradación forestal; c) La conservación de las reservas forestales de carbono; d) La gestión sostenible de los bosques; e) El incremento de las reservas forestales de carbono;

COMPARTIMIENTOS DE CARBONO: Se refiere a los depósitos en los cuales ocurren los cambios en las existencias de carbono en ecosistemas terrestres (Biomasa aérea, biomasa subterránea, madera muerta, hojarasca, materia orgánica del suelo), de acuerdo con lo definido en las Directrices del IPCC de 2006 para los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero.

INICIATIVA REDD+: Programa o proyecto compuesto por una serie de acciones tendientes a la Reducción de las emisiones debidas a la deforestación y la degradación forestal; y la función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas forestales de carbono, de acuerdo con el parágrafo 70 de la Decisión 1/CP.16 de la CMNUCC.

PARTICIPANTES DE LA INICIATIVA: Se refiere a las comunidades, organizaciones e instituciones diferentes al responsable que participan o participarán en la formulación e implementación de la iniciativa.

PDD: Documento de Diseño del Proyecto (por sus siglas en inglés), de acuerdo al formato establecido por las entidades que proporcionan estándares que aseguran la calidad de proyectos, los cuales pueden ser utilizados por las iniciativas para contabilizar las reducciones de las emisiones de GEI y emitir créditos en los mercados voluntarios.

PIN: Documento de Nota de Idea de Proyecto (por sus siglas en inglés), que describe de manera general una iniciativa REDD+ que está en proceso de formulación.

RESPONSABLE DE LA INICIATIVA: Persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, responsable del diseño e implementación de la iniciativa y que efectúa la presentación de la información de un programa y/o un proyecto conforme a los dispuesto en la presente resolución.

REDD+: Reducción de las emisiones debidas a la deforestación y la degradación forestal y la función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas forestales de carbono.

ARTÍCULO 4o. CONTENIDO. <Resolución derogada por el artículo 55 de la Resolución 1447 de 2018> Para presentar la información de una iniciativa REDD+, el titular de la información deberá diligenciar a través de VITAL la siguiente información:

a) Nombre o razón social del responsable de la iniciativa;

b) Nombre de la iniciativa;

c) Participantes de la iniciativa;

d) Estado de avance de la iniciativa;

e) Autoridad (es) Ambiental (es) en cuya jurisdicción se localiza la iniciativa;

f) Departamento (s) en los que se localiza la iniciativa;

g) Municipio (s) en los que se localiza la iniciativa;

h) Detalle de localización del (los) polígono(s) de intervención en coordenadas del Sistema de Coordenadas Geográficas Magna Colombia Bogotá y descripción del área;

i) Costos estimados de la formulación e implementación de la iniciativa en pesos colombianos calculados al año de la presentación de la información;

j) Fecha de inicio de implementación iniciativa (si no se ha definido, fecha estimada de inicio);

k) Fecha de finalización de implementación de la iniciativa (si no se ha definido, fecha estimada de finalización);

l) Estimado de reducción de emisiones y emisiones verificadas (Ton CO2eq/año). (De contar con ellas);

m) Estimado de reducción de deforestación de la iniciativa en hectáreas por año;

n) Actividades REDD+ y compartimientos de carbono que son incluidos;

o) Estándar (es) bajo el (los) cual (es) se buscará la certificación (si aplica);

q) Metodología del estándar del mercado voluntario bajo la cual se buscará la certificación (si aplica);

q) Documento de Diseño del proyecto o Programa (PDD por sus siglas en inglés) o Nota de Idea de Proyecto (PIN por sus siglas en inglés) si aplica, indicando su estado de avancer.

r) Establecer relación jurídica del responsable de la iniciativa con los predios que la conforman, indicando si es propietario, poseedor, arrendatario, ocupante u otro.

ARTÍCULO 5o. RESPONSABILIDAD. <Resolución derogada por el artículo 55 de la Resolución 1447 de 2018> Lo dispuesto en la presente resolución no implica autorización y/o permiso alguno en relación con las actividades de las que se informa, en consecuencia, la responsabilidad que de la información suministrada se derive, así como de las actividades que se desarrollen en el marco de las iniciativas, es exclusiva del titular de la misma.

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2015.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

GABRIEL VALLEJO LÓPEZ.

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