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RESOLUCIÓN 1454 DE 2009

(julio 27)

Diario Oficial No. 47.424 de 28 de julio de 2009

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

Por medio de la cual se definen las variables y sus porcentajes de cumplimiento para la determinación del criterio de eficiencia fiscal y administrativa para las vigencias 2009 y 2010.

EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 5o del Decreto 313 de 2008 modificado por el artículo 4o del Decreto 276 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7o de la Ley 1176 de 2007, estableció los criterios de distribución de los recursos para los distritos y municipios de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones-SGP-dentro de los cuales incluyó el cumplimiento de criterios de eficiencia fiscal y administrativa de cada entidad territorial.

Que el Decreto 313 de 2008 reglamenta parcialmente el artículo 7o de la Ley 1176 de 2007, indicando la información a tener en cuenta por cada criterio allí señalado, para la distribución de los recursos de la participación para agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones.

Que el Decreto 276 de 2009, modifica parcialmente el Decreto 313 de 2008, en particular el artículo 5o de este Decreto, que señala la información y metodología para la distribución de dichos recursos por el criterio de eficiencia fiscal y administrativa.

Que las variables y su porcentaje de cumplimiento permiten establecer el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa a ser utilizado en la distribución del 10% de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones del Conpes Social para las vigencias 2009 y 2010.

Que como consta en el Acta número 001 del 3 de junio de 2009 las variables y el porcentaje de cumplimiento se concertaron con el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial procederá a definir las variables y porcentajes de cumplimiento para la determinación del criterio de eficiencia fiscal y administrativa para las vigencias de 2009 y 2010.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Las variables y su porcentaje de cumplimiento para el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa de la distribución del 10% de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones para la vigencia 2009, serán las siguientes:

VARIABLEPorcentaje de CumplimientoValores con que se evalúa el cumplimiento de la variable
Creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos – FSRI- del municipio y distrito.SI, NO
Cumplimiento de la obligación de reportar el estudio de costos y tarifas al Sistema Unico de Información-SUI- por parte de los municipios y distritos, y de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. Para el servicio de aseo el reporte de esta información corresponde a cada uno de los meses del año 2008.SI, NO
Cumplimiento de la obligación del cargue al Sistema Unico de Información – SUI-, de la información para el período de enero 1o a diciembre 31 de 2008 por parte de los municipios y distritos en su condición de prestadores y por parte de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.70%
Cumplimiento del reporte al Sistema Unico de Información-SUI- de los requisitos legales a que se refiere la Directiva 05 de 2008 de la Procuraduría General de la Nación, por parte de los municipios y distritos.80%
Reporte al Sistema Unico de Información -SUI- del decreto mediante el cual se adopta la estratificación urbana.SI, NO

ARTÍCULO 2o. Las variables y su porcentaje de cumplimiento para el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa de la distribución del 10% de la participación del sector de agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones para la vigencia 2010, serán las siguientes:

VARIABLEPorcentaje de CumplimientoValores con que se evalúa el cumplimiento de la variable
Creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos – FSRI- del municipio y distrito.SI, NO
Cumplimiento de la obligación de reportar el estudio de costos y tarifas al Sistema Unico de Información-SUI- por parte de los municipios y distritos, y de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. Para el servicio de aseo el reporte de esta información corresponde a cada uno de los meses del año 2008.SI, NO
Cumplimiento de la obligación del cargue al Sistema Unico de Información – SUI-, de la información para el período de enero 1o a diciembre 31 de 2008, por parte de los municipios y distritos en su condición de prestadores y por parte de sus respectivos prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.80%
Cumplimiento del reporte al Sistema Unico de Información-SUI- de los requisitos legales a que se refiere la Directiva 05 de 2008 de la Procuraduría General de la Nación, por parte de los municipios y distritos.90%
Reporte al Sistema Unico de Información –SUI- del decreto mediante el cual se adopta la estratificación urbana.SI, NO
Reporte al Sistema Unico de Información –SUI- del giro de los subsidios otorgados a los estratos subsidiables por lo menos a un prestador de alguno de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado o aseo para el año 2008.SI, NO

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2009.

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

CARLOS COSTA POSADA.

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