RESOLUCIÓN 1151 DE 2020
(noviembre 19)
Diario Oficial No. 51.508 de 24 de noviembre de 2020
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 34 de la Resolución 612 de 2024>
Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 1236 de 2017.
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, los numerales 4 y 30 del artículo 2o del Decreto 210 de 2003, en desarrollo del artículo 69 de la Ley 300 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 69 de la Ley 300 de 1996, dispone que el Ministerio de Desarrollo, hoy Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, fomentará el mejoramiento de la calidad de los servicios turísticos prestados a la comunidad, promoviendo la creación de unidades sectoriales con cada uno de los subsectores turísticos, que hacen parte del Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología.
Que con el propósito de mejorar y agilizar el procedimiento de certificación en Normas Técnicas Sectoriales obligatorias y voluntarias de los prestadores de servicios turísticos, mediante la Resolución 1236 de 2017 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estableció los requisitos para la certificación por medio de la plataforma virtual para la certificación en calidad turística.
Que la plataforma de certificación virtual de calidad turística puede ser objeto de procesos de migración o eventos de otra naturaleza que impidan de manera temporal la prestación de sus servicios y puedan llegar a afectar los procesos de certificación por parte de los organismos de evaluación de la conformidad.
Que por lo anterior, se estima oportuno que la definición del dominio de la plataforma se realice a través del esquema de certificación y adicionalmente, se requiere habilitar la adopción de mecanismos transitorios que permitan llevar a cabo los procesos de certificación cuando se presenten fallas en la plataforma o circunstancias que generen su indisponibilidad al público por varios días, garantizando en todo caso la seguridad de la información, el cumplimiento de las normas de protección de datos personales vigentes y el principio de transparencia.
Que para garantizar el adecuado y eficiente funcionamiento de la plataforma de certificación virtual de calidad turística, resulta necesario modificar el artículo 1o de la Resolución 1236 de 2017.
Que adicionalmente, con el fin de dar mayor claridad y establecer el sentido exacto de algunas expresiones y términos que determinan el proceso de certificación virtual en Normas Técnicas Sectoriales de calidad turística, se adicionará un artículo de definiciones.
Que el proyecto de Resolución fue publicado en el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en cumplimiento de lo dispuesto el numeral 8 del artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y la Resolución 784 de 2017 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. DEFINICIONES. <Resolución derogada por el artículo 34 de la Resolución 612 de 2024> Para efectos de la presente resolución, las expresiones y términos se entenderán en el sentido que les da el artículo 2.2.1.7.2.1 del Decreto 1074 de 2015.
ARTÍCULO 2o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 1236 DE 2017. <Resolución derogada por el artículo 34 de la Resolución 612 de 2024> Modificar el artículo 1o de la Resolución 1236 de 2017, el cual quedará así:
“Artículo 1o. Certificación virtual de calidad turística. Los prestadores de servicios turísticos podrán certificarse través de la plataforma de certificación virtual de calidad turística, en las Normas Técnicas Sectoriales que establezca el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
PARÁGRAFO 1o. Las Normas Técnicas Sectoriales que se certificarán inicialmente, son las que al momento de entrada en vigencia de esta Resolución se encuentran contenidas en el esquema de certificación de la plataforma de certificación virtual de calidad turística, las cuales son: NTS-TS002, NTS-TS003, NTS-TS004, NTS-TS005, NTS-TS006-1 y NTSTS007.
PARÁGRAFO 2o. El Ministerio de Comercio, Industria y Comercio, a través de la Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Viceministerio de Turismo, establecerá las Normas Técnicas Sectoriales que se certificarán virtualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de esta resolución.
PARÁGRAFO 3o. La Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Viceministerio de Turismo establecerá el mecanismo virtual que podrá implementarse por parte de los Organismos de Evaluación de la Conformidad, de manera excepcional y temporal, para adelantar el proceso de certificación cuando la plataforma de certificación virtual se encuentre no disponible por 15 días continuos o afectando los procesos de certificación”.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 34 de la Resolución 612 de 2024> La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica y adiciona la Resolución 1236 de 2017 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2020.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
José Manuel Restrepo Abondano.