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RESOLUCIÓN 2080 DE 2008

(julio 31)

Diario Oficial No. 47.075 de 8 de agosto de 2008

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se adopta la Metodología de Valoración de la Tasa de Costo de Capital Promedio para los Contratos de Concesión Vial y Férrea, respecto de las cuales el Consejo Nacional de Política Económica y Social emitió concepto previo favorable para su prórroga o adición mediante Documento CONPES 3535.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales, en especial las que confiere el artículo 22 de la Ley 185 de 1995, en concordancia con el Decreto 4646 de 2006.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley 1150 de 2007, toda prórroga o adición a contratos de concesión de obra pública nacional requerirá concepto previo favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Social -Conpes-;

Que en sesión del 18 de julio de 2008 el Consejo Nacional de Política Económica y Social aprobó el documento CONPES 3535, mediante el cual se emitió concepto previo favorable a las prórrogas y adiciones a los contratos de concesión descritos en dicho documento, según lo estipulado en el artículo 28 de la Ley 1150 de 2007;

Que en el documento CONPES 3535 se solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público definir, antes del 31 de julio de 2008, los lineamientos en materia de tasa y riesgo que deberán ser observados por el Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Concesiones para adelantar las gestiones tendientes a determinar las condiciones de las adiciones y prórrogas de los contratos de concesión de que trata el considerando anterior;

Que la Subdirección de Riesgo de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha elaborado el documento técnico 6.7.3-2008015905 del 31 de julio de 2008, en el que establece el análisis y evaluación de las metodologías de valoración de la tasa de costo de capital promedio de que trata la presente Resolución,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. METODOLOGÍA CONCESIONES VIALES. Adoptar la “Metodología de Valoración de la Tasa de Costo de Capital Promedio para las Concesiones Viales, respecto de las cuales el Consejo Nacional de Política Económica y Social emitió concepto previo favorable para su prórroga o adición mediante Documento CONPES 3535”, contenida en el Anexo número 1 que hace parte integrante de la presente resolución.

PARÁGRAFO. <Parágrafo adicionado por el artículo 1 de la Resolución 6128 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> De conformidad con la metodología de valoración establecida en el Anexo número 1 de la presente resolución, se define como lineamiento técnico la utilización de una tasa WACC de hasta 11.33%, como base máxima para la prórroga o adición de los Contratos de Concesión Vial que migren hacia la utilización de la línea de ingreso real, siempre que esta sea menor que la tasa pactada con anterioridad en dichos contratos.

El Consejo Superior de Política Fiscal CONFIS determinará los contratos de concesión vial que deberán ser regulados de acuerdo con la línea de ingreso real.

ARTÍCULO 2o. METODOLOGÍA CONCESIÓN FÉRREA. Adoptar la “Metodología de Valoración de la Tasa de Costo de Capital Promedio para la Concesión Férrea, respecto de la cual el Consejo Nacional de Política Económica y Social emitió concepto previo favorable para su prórroga o adición mediante Documento CONPES 3535”, contenida en el Anexo número 2 que hace parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2008.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

<ANEXO NO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL>

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