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RESOLUCION 18-0429 DE 2005

(abril 12)

Diario Oficial No. 45.879 de 14 de abril de 2005

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

Por la cual se modifica la Resolución 181145 del 14 de septiembre de 2001.

El Viceministro de Minas y Energía, encargado de las funciones del Despacho del Ministro,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 070 de 2001, y el artículo 320 de la Ley 685 de 2001, la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el 14 de septiembre de 2001 el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución número 18 1145, por la cual se reglamenta el otorgamiento de la delegación a que se refiere el artículo 320 de la Ley 685 de 2001;

Que mediante Resolución número 181130 del 7 de septiembre de 2001, el Ministerio de Minas y Energía delegó en Minercol Ltda. las funciones relacionadas con la gestión de los recursos mineros, las cuales fueron reasumidas por el Ministerio de Minas y Energía mediante la Resolución número 18 0073 del 27 de enero de 2004;

Que por Resolución número 180074 del 27 de enero de 2004, el Ministerio de Minas y Energía delegó en el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, las funciones mineras establecidas en la Ley 685 de 2001 - actual Código de Minas, salvo las indicadas en el mismo acto;

Que de acuerdo con lo anterior se hace necesario modificar la Resolución número 18 1145 del 14 de septiembre de 2001, en el sentido de actualizar la entidad delegataria de la función mencionada y asignar a las entidades delegatarias el ciento por ciento (100%) del canon superficiario cuyo trámite en virtud de la delegación corresponda a los Gobernadores de departamento o Alcaldes de municipios capitales de departamentos,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.  Modificar la Resolución número 18 1145 del 14 de septiembre de 2001, en el sentido de que donde se mencione a la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda., se reemplace por el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas.

ARTÍCULO 2o.  Modificar el inciso 3º del artículo 4º de la Resolución 18 1145 del 14 de septiembre de 2001, el cual quedará así:

"3. El ciento por ciento (100%) del canon superficiario que liquide y recaude, respecto de los contratos de concesión que se celebren a partir de la expedición de la Ley 685 de 2001, cuyo trámite en virtud de delegación corresponda a los Gobernadores o Alcaldes de municipios capitales de departamento".

ARTÍCULO 3o.  Modificar el parágrafo 2º del artículo 4º de la Resolución 18 1145 del 14 de septiembre de 2001, el cual quedará así:

"Parágrafo 2o.  El ciento por ciento (100%) de los recursos que se recauden por concepto de canon superficiario que se genere por la exploración de áreas correspondientes a trámites mineros iniciados bajo la vigencia del Decreto 2655 de 1988 y que continúen bajo ese régimen y en cuanto sean objeto de delegación, corresponde a las entidades delegadas".

ARTÍCULO 4o.  La presente resolución rige a parti r de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

12 de abril de 2005.

El Viceministro de Minas y Energía encargado de las funciones del Despacho del Ministro,

Manuel Maiguashca Olano.

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