RESOLUCIÓN 1320 DE 2009
(abril 29)
Diario Oficial No. 47.336 de 30 de abril de 2009
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por la Resolución 4278 de 2008.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por las Leyes 9 de 1979, 40 de 1990, Decretos 3075 de 1997 y el numeral 15 del artículo 2o del Decreto 205 de 2003, y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por la Resolución 4278 de 2008, el cual quedará así:
“Artículo 36. Vigencia y derogatorias. De conformidad con el numeral 5 del artículo 9o de la Decisión Andina 562, el reglamento técnico que se establece con la presente resolución, rige veintisiete (27) meses después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, para que los productores, importadores y comercializadores de los alimentos envasados para consumo humano y los demás sectores afectados, puedan adaptar sus procesos y/o productos a las condiciones establecidas en la presente resolución y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los artículos 46, 47, 48, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59 en sus ítems Alimentos bajos en calorías y Alimentos bajos en carbohidratos; los artículos 60, 61, 62, 63, 64, 65, 74, 75, 76, 77 y 81 de la Resolución 11488 de 1984 y los artículos 1o, 2o y 5o de la Resolución 1618 de 1991.
PARÁGRAFO. En caso de que los productores, importadores y comercializadores de los alimentos envasados para consumo humano cumplan antes de la entrada en vigencia de la presente resolución, con las condiciones y requisitos que aquí se establecen, el Invima, deberá emitir las autorizaciones a que haya lugar”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por el artículo 1o de la Resolución 4278 de 2008, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2009.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.