RESOLUCIÓN 2225 DE 2022
(noviembre 17)
Diario Oficial No. 52.222 de 18 de noviembre de 2022
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022 en cuanto a las líneas 14, 54, 131, 230, 232 y 242 de la tabla “Laboratorios autorizados para el análisis físico químico y microbiológico de agua para consumos humano”.
LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 27 del Decreto número 1575 de 2007 y el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución número 172 del 4 de febrero de 2022 expedida por este Ministerio, se autorizó a 250 laboratorios para la realización de “Análisis Físicos, Químicos y Microbiológicos de Agua para Consumo Humano”, relacionados en su artículo 1o, previas las visitas sanitarias por parte de las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud, quienes en su jurisdicción realizan la vigilancia a los laboratorios objeto de la autorización, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 1, 2, 4 del artículo 27 del Decreto 1575 de 2007.
Que este Ministerio realizó las notificaciones de ese acto administrativo vía correo electrónico a los laboratorios que manifestaron su consentimiento para efectuarlas por ese medio legal y a los demás laboratorios autorizados se procedió a su notificación por aviso, fijado el 13 de marzo de 2022 y desfijado el 23 de marzo de 2022, tal como consta en la página de la entidad https://www.minsalud.gov.co/Normativa/Paginas/Notificaciones-por-aviso.aspx.
Que el Laboratorio de las “Empresas Públicas de Medellín E.S.P.” (fila número 14 de la tabla incluida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022), solicitó la corrección de su domicilio a la Calle 66C N° 34-93 y no la Calle 85B N° 43-13 como se indicó en la precitada resolución.
Que, en relación con esta solicitud, la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social ofició con radicado 202221300702041 a la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, quien en respuesta radicada con número 202242301095572 del 18 de mayo de 2022 confirmó lo anunciado por el peticionario, razón por la cual se procederá a efectuar la corrección en este acto administrativo.
Que el Laboratorio “Biopolímeros Industriales S. A. S. con sigla BIOPOLAB”, ubicado en la ciudad de Bogotá (fila número 54 de la tabla incluida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022), solicitó a este Ministerio la corrección de su razón social que quedó señalada en la mencionada resolución de este Ministerio, como Limitada y como estaba contenida en la información remitida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
Que, al respecto la Dirección de Promoción y Prevención procedió a verificar en el Registro Único Empresarial (RUES) y determinó que ese laboratorio tiene como razón social “Biopolímeros Industriales S. A. S. con sigla BIOPOLAB”, tal y como lo indica en su petición, por lo cual se procederá a la corrección.
Que el laboratorio “CECAL Ltda.” ubicado en el municipio de Montería, Córdoba (fila número 131 de la tabla incluida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022), informó a este Ministerio que tiene concepto favorable de la Secretaría Departamental de Salud de Córdoba para realizar pruebas de laboratorio microbiológicas, además de los señalados en la resolución de autorización de este Ministerio.
Que, atendiendo a esta situación, la Dirección de Promoción y Prevención solicitó mediante el radicado 202221300702071 la validación de la información a esa Secretaría, la cual, corrigiendo la remitida en su momento que sirvió como base para la expedición de la Resolución número 172 de 2022, manifestó con radicado 202242301093842 con fecha del 18 de mayo de 2022) que el Laboratorio CECAL Ltda. identificado con NIT 812005318- 5, se encuentra habilitado para realizar pruebas de laboratorio Físico (F), Químicos (Q) y Microbiológicos (MB), razón por la cual se incluirá en este acto administrativo, la autorización para realizar pruebas de laboratorio Microbiológicos (MB).
Que, en ese mismo sentido, el laboratorio “LABORATORIO DE ALIMENTOS Y SIMILARES MICROQUIM S. A. S.”, ubicado en la ciudad de Santiago de Cali (fila número 230 de la tabla incluida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022), comunicó a este Ministerio que tiene concepto favorable de la Secretaría de Salud Pública Distrital de Santiago de Cali para realizar pruebas de laboratorio microbiológicos.
Que la Dirección de Promoción y Prevención ofició a esa Secretaría quien confirmó, mediante radicado 202242301091792 del 18 de mayo de 2022, que ese laboratorio se encuentra autorizado para realizar pruebas de laboratorio Físico (F), Químicos (Q) y Microbiológicos (MB), razón por la cual, en este acto se incluirá la autorización para realizar pruebas de laboratorio Microbiológicos (MB).
Que el Laboratorio AQALAB Laboratorios S. A. S. (Fila número 232 de la tabla incluida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022) informó a este Ministerio que su razón social no es la consignada en la Resolución número 72 del 2022, como AGALAB, sino AQALAB por lo que se procederá a su corrección.
Que el “Laboratorio de Aguas, Cinara” (Fila número 242 de la tabla incluida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022)) identificado como NIT 890399010-6” del Distrito de Santiago de Cali, solicitó a este Ministerio la corrección de su domicilio.
Que la Dirección de Promoción y Prevención ofició a esa Secretaría, quien confirmó, mediante radicado 202242301091792 del 18 de mayo de 2022, que el domicilio del citado laboratorio es la Carrera 15 N° 75-01, también corroborado por el RUT aportado por el peticionario, y no como quedó en la mencionada resolución ministerial.
Que, de conformidad con lo anterior, este Ministerio procederá a modificar la tabla contenida en el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022, conforme a la información verificada por las secretarías de salud de las jurisdicciones correspondientes.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022, específicamente las líneas 14, 54, 131, 230, 232 y 242 de la tabla “Laboratorios autorizados para el análisis físico, químico y microbiológico de agua para consumos humano”, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este acto, las cuales quedarán así:
“Artículo 1o. Autorizar los laboratorios relacionados en la siguiente tabla, para que realicen los análisis físicos (F), químicos (Q) y microbiológicos (MB) de agua para el consumo humano. El análisis autorizado para cada laboratorio es aquel que está señalado con una “X” en la columna respectiva.
(...)
Tabla.
Laboratorios autorizados para el análisis físico, químico y microbiológico de agua para consumos humano
N° | NOMBRE DEL LABORATORIO | DIRECCIÓN | F | Q | MB | MUNICIPIO O DISTRITO | DEPARTAMENTO O DISTRITO |
(...)
14 | Empresas Públicas de Medellín E.S.P. | Calle 66C # 34-93 | X | X | X | Medellín | Antioquía |
(...)
54 | Biopolímeros Industriales S. A. S. (BIOPOLAB) | Carrera 18 # 63a- 50 Piso 5 | X | X | X | Bogotá, D. C. | Bogotá, D. C. |
(...)
131 | CECAL Ltda. | Carrera 8 # 41-55 | X | X | X | Montería | Córdoba. |
(...)
230 | Laboratorios de Alimentos y Similares MICROQUIM S. A. S. | Carrera 28 # 6-88 | X | X | X | Santiago de Cali | Valle del Cauca |
(...)
232 | AQUALAB Laboratorios de Alimentos S. A. S. | Calle 2A # 39-25 | X | X | X | Santiago de Cali | Valle del Cauca |
(...)
242 | Laboratorios de Aguas, Cinara (Universidad del Valle) | Carrera 15 # 75-01 | X | X | X | Santiago de Cali | Valle del Cauca |
ARTÍCULO 2o. Notificar el contenido del presente acto administrativo a los representantes legales de los laboratorios relacionados en el artículo anterior o a quien se autorice para tal efecto, advirtiéndole que contra la presente resolución no procede recurso alguno por encontrarse agotada la actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 74 del CPACA.
PARÁGRAFO. Si no pudiere hacerse la notificación personal, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del CPACA.
ARTÍCULO 3o. Comunicar la presente resolución a las secretarías de salud de los municipios de Montería y Medellín y a las secretarías distritales de salud de Santiago de Cali y el Distrito Capital.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 1o de la Resolución número 172 de 2022, en las filas 14, 54, 131, 230, 232 y 242 de la tabla “Laboratorios autorizados para el análisis físico, químico y microbiológico de agua para consumos humano”.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de noviembre de 2022.
La Ministra de Salud y Protección Social,
Carolina Corcho Mejía