[ … el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial remite a esta entidad copia de su comunicación 87111, en los siguientes términos: "la Controlaría General de la República remitió una consulta sobre las acciones adelantadas en relación con la regulación de las tarifas de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos hospitalarios. || A su vez el precitado decreto define los residuos hospitalarios peligrosos, como aquellos residuos producidos por el generador con alguna de las siguientes características: infecciosas, combustibles, inflamables, explosivas, reactivas, radiactivas, volátiles, corrosivas y/o tóxicas, que pueden causar daño a la salud humana y/o al medio ambiente. || En cuanto al tratamiento tarifario de los residuos hospitalarios y similares, es preciso señalar que los residuos hospitalarios no peligrosos pueden ser recolectados dentro del servicio ordinaria de aseo, regulado tarifariamente por esta Comisión, mediante las Resoluciones CRA 3511 de 2005 y 3522 de 2005, bajo las condiciones de pequeño o gran productor, según la producción de residuos mensuales. || Es así que el artículo 1 del Decreto 1713 de 2002, define el servicio especial de aseo en los siguientes términos:] [ … el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial remite a esta entidad copia de su comunicación 87111, en los siguientes términos: "la Controlaría General de la República remitió una consulta sobre las acciones adelantadas en relación con la regulación de las tarifas de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos hospitalarios. || A su vez el precitado decreto define los residuos hospitalarios peligrosos, como aquellos residuos producidos por el generador con alguna de las siguientes características: infecciosas, combustibles, inflamables, explosivas, reactivas, radiactivas, volátiles, corrosivas y/o tóxicas, que pueden causar daño a la salud humana y/o al medio ambiente. || En cuanto al tratamiento tarifario de los residuos hospitalarios y similares, es preciso señalar que los residuos hospitalarios no peligrosos pueden ser recolectados dentro del servicio ordinaria de aseo, regulado tarifariamente por esta Comisión, mediante las Resoluciones CRA 3511 de 2005 y 3522 de 2005, bajo las condiciones de pequeño o gran productor, según la producción de residuos mensuales. || Es así que el artículo 1 del Decreto 1713 de 2002, define el servicio especial de aseo en los siguientes términos:] Tarifas de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos hospitalarios