CONCEPTO 271 DE 2017
(Enero 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá,
Respetada doctora Rivera:
Asunto: Radicado No. 20173210112742 del 30 de noviembre de 2017.
Recibimos su comunicación del asunto a través de la cual consulta acerca de lo siguiente:
“A través del presente medio me gustaría solicitarles información sobre la reglamentación vigente sobre la instalación de Canastillas y Cestas de basura en el espacio público que deben colocar los operadores del servicio público de aseo. Otra inquietud hace referencia a si la resolución 754 del 2014, por la cual se adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos, deroga o modifica algún artículo del Decreto 2981 de 2013, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo".
En relación con su consulta, se informa que los artículos 2.3.2.2.2.4.57, 2.3.2.2.2.4.58 y 2.3.2.2.2.4.62 del Decreto 1077 de 2015 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecen los requisitos respecto de la instalación de cestas o canastillas públicas de residuos sólidos en las vías y áreas públicas, zonas aledañas a playas y las características de las canastillas o cestas públicas.
En cuanto a los costos de inversión y mantenimiento de las cestas instaladas, el Decreto 1077 de 2015 define que deberán ser tenidos en cuenta en la regulación tarifaria, asunto que esta Comisión de Regulación incluyó en las fórmulas tarifarias establecidas en la Resolución CRA 720 de 2015(1).
Respecto de la metodología tarifaria del servicio público de aseo contenida en la Resolución CRA 720 de 2015, el artículo 20 establece el costo de suministro, instalación y mantenimiento de cestas en vías y áreas públicas, mientras que los soportes técnicos se encuentran contenidos en la sección 6.3.5 del documento de trabajo(2)
La citada metodología tarifaria adopta, en general, una técnica de regulación de precios techos, en la cual el regulador provee un precio máximo sobre el cual los prestadores deben maximizar sus beneficios, garantizando el cumplimiento de sus obligaciones en la prestación del servicio. Así las cosas, si un prestador toma una decisión operativa o económica que le permite superar los parámetros de eficiencia establecidos en la metodología tarifaria vigente, tal ganancia en eficiencia y en costos es a favor del prestador y los usuarios, en cumplimiento del numeral 1 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994.
Por consiguiente, en el evento que la persona prestadora encargada de esta actividad instale cestas de un menor costo al precio techo regulatorio, éstas deberán cumplir con las condiciones de calidad que se establecen en el Decreto 1077 de 2015. Ahora bien, si el costo de las cestas és mayor, la persona prestadora sólo puede cobrar en la tarifa de los usuarios el precio techo que establece la metodología tarifaria.
Por otro lado, en lo relacionado con la inquietud respecto de la Resolución 754 de 2014, le informamos que esta resolución fue expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y desarrolla las disposiciones contenidas en el Decreto 2981 de 2013 que fue compilado en el Decreto 1077 de 2015 y no modifica ni deroga el decreto expedido por el Gobierno Nacional, lo cual no podría suceder en atención a la jerarquía normativa.
Finalmente, en caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación de la CRA, al teléfono en Bogotá (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores le atenderá sus inquietudes.
Sin otro particular, reciba un atento saludo,
JAVIER MORENO MÉNDEZ
Director Ejecutivo
1. "Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”
2. Para mayor información de los costos de cestas se le sugiere visitar el link a continuación, donde podrá encontrar el documento de trabajo filtrando por: resoluciones generales/2015/resolución CRA 720 de 2015: