CONCEPTO 6881 DE 2013
(04 de marzo)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Asunto: Radicado CRA 2013-321-000615-2 del 14 de febrero de 2013.
Respetado señor Albornoz:
Recibimos su comunicacion, mediante la cual solicita la siguiente información: ”...Existe una norma o ley colombiana que regula o vigila ia eficiencia microbiológica de los filtros purificadores de agua en punto de uso, dispositivos móviles o caseros?..." (Sic).
AI respecto, es importante mencionar que conforme con las funciones y facultades de la Comision de Regulación de Agua Potable Y Saneamiento Básico CRA, establecidas principalmente en los artículos 73.11 y 73.20 de la Ley 142 de 1994, entre las cuales se tiene el establecimiento de fórmulas para la fijacion de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y el servicio público de aseo, no se contempla la facultad para pronunciarse o tomar acciones sobre el objeto de su solicitud.
No obstante, con el fin de orientarlo en resolver su inquietud, le informamos que la entidad encargada de emitir la normatividad, que define las caracteristicas mlcrobiologicas, que debe cumplir el agua para consumo humano en Colombia, les el Ministerio de Salud y de la Proteccion Social, y pueden ser consultadas en la siguiente normatividad:
- Resolucion 12186 de 1991 “Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de agua potable tratada con destino al consumo humano".
- Decreto 1575 de 2007 del Ministerio de la Proteccion Social "Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano",
- Resolución 2115 de 2007 "Por medio de la cual se señalan caracteristicas, instrumentos básicos y frecuencias del sistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano".
En caso de requerir información o asesoría en materia tarifaria o aspectos relacionados con las funciones de la Comision de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, puede escribir al correo: correo@cra.gov.co o llamar al (1) 487 3820 en Bogotá o a la línea nacional gratuita.01 8000 517 565 y uno de nuestros asesores de la Subdireccion Técnica le atenderá sus inquietudes.
Lo anterior se expide en los términos del articulo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordial Saludo
SILVIA JULIANA YEPES SERRANO
Director Ejecutivo