CONCEPTO 26051 DE 2021
(abril 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá, D.C.
Asunto: Radicado CRA 2021-321-003044-2 de 22 de abril de 2021
Respetado Doctor Clavijo;
Acusamos recibo de la comunicación con el radicado del asunto, mediante la cual realiza las siguientes consultas relacionadas con lo previsto en el artículo 109 (1) de la Resolución CRA 688 de 2014(2):
"(...)
DEL LADO DEL ACTIVO:
1. ¿Debe interpretarse que esta “provisión” al constituirse como fiducia mantiene el carácter de activo?
2. De ser cierto la premisa anterior, ¿Dicho activo tiene el carácter de restringido en el sentido de solo utilizarse para inversión, de acuerdo con la planeación?
DEL LADO DEL PASIVO E INGRESO:
3. ¿La tarifa que se cobra al usuario determina o exige obligaciones de desempeño en la relación empresa-usuario?
4. Al considerarse el POIR del costo medio de inversión como un componente de la tarifa, en la relación empresa-usuario ¿Debe reconocerse por separado en el ingreso dicho componente?
5. El POIR es un compromiso de inversión dentro de la tarifa que pagan los suscriptores por el servicio prestado ¿Debe la Empresa reconocer este componente como un pasivo diferido?
(...)
Sobre el particular, resulta pertinente precisar que en razón a las funciones y facultades de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) establecidas, principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, no es competencia de esta Entidad resolver sobre las dos consultas antes referidas contenidas en la comunicación del asunto.
Por lo anterior y, en atención a lo dispuesto por el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-CPACA, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, me permito informarle que su petición en lo que respecta a lo mencionado anteriormente ha sido trasladada a la Contaduría General de la Nación-CGN, para que en uso de sus facultades y en cumplimiento de sus deberes legales, procedan de conformidad.
Cordial Saludo,
JORGE ENRIQUE CARDOSO RODRIGUEZ
Jefe Oficina Asesora Jurídica