CONCEPTO 20230120045281 DE 2023
(mayo 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
-CRA-
Bogotá,
Asunto: Radicado CRA 2023-321-004507-2 del 17 de mayo de 2023.
Respetada señora Isabella:
Recibimos la comunicación en asunto mediante la cual solicita lo siguiente:
“(...) indicarme cuales son todos los indicadores o la recopilación normativa que los incluye y que son obligatorios para el plan de gestión y resultados exigido por la ley 14 del 94 y regulado por la resolución 12/1995 de la CRA para las empresas de servicios publico (sic) de aseo. 2. normatividad que complemente la resolución cra 12/1995 relacionado con el PGR en las empresas de servicio público de aseo (...)”
Previo a dar respuesta, se precisa que de acuerdo con el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo(1), los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.
Como respuesta a su primera solicitud, le informamos que la metodología para clasificar a las personas prestadoras del servicio público de aseo de acuerdo con el nivel de riesgo se encuentra establecido en la Parte 6 (2) del Libro 1 de la Resolución CRA 943 de 2021(3), que compila la Resolución CRA 315 de 2005(4). Así mismo, los indicadores que componen esta metodología se presentan en el Título 2 (5) del Libro 6 de la referida resolución.
En relación con su segunda solicitud, señalamos que lo relacionado con los Planes de Gestión y Resultados para los prestadores del servicio público de aseo se encuentra establecido en el Título 1 (6) de la Parte 5 de la Resolución CRA 943 de 2021, que compila la Resolución CRA 201 de 2001(7).
En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: (601) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.
Cordialmente,
CARLOS ALBERTO MENDOZA VÉLEZ
Jefe Oficina Asesora Jurídica
<NOTA DE PIE DE PÁGINA>
1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
2. Desde el artículo 1.6.1.1. en adelante de la Resolución CRA 943 de 2021
3. “Por la cual se compila la regulación general de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y se derogan unas disposiciones”
4. “Por la cual se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios y se dictan otras disposiciones.”
5. Desde el artículo 6.1.2.1.1. en adelante de la Resolución CRA 943 de 2021.
6. Desde el artículo 1.5.1.1.1. en adelante de la Resolución CRA 943 de 2021.
7. “Por medio de la cual se establecen condiciones para elaboración, actualización y evaluación de los Planes de Gestión y Resultados - en adelante - PGR”