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CONCEPTO 56911 DE 2013

(28 de agosto)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Asunto: Radicado CRA 2013-321-003336-2 del 23 de juiio de2013.

Respetado Doctor Gómez:

Hemos recibido el radicado del asunto, mediante el cual la Entidad que usted representa remite algunas inquietudes relacionadas con el reconocimiento de los costos prestacionales señalados en el proyecto de resolución por la cual se establece la metodologia tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que tengan más de 5.000 suscriptores; presentado en la Resolución CRA 632 del 15 de febrero de 2013.

Sea lo primero recordar que la resolución en mención se encuentra actualmente en proceso de participación ciudadana, con el objeto de recibir de los diferentes agentes e interesados del sector, observaciones, reparos y sugerencias, las cuales están siendo analizadas con el fin de ajustar la metodologia definitiva. Por lo anterior, esta resolución es un acto administrativo de trámite y por ende no es la version final de la metodologia que deben aplicar las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.

Adicionalmente, es pertinente mencionar que el articulo 87 de la Ley 142 de 1994 define los criterios para el régimen tarifario entre los cuales se encuentra el de eficiencia económica, el cual busca que las tarifas se aproximan a precios en mercados competitivos y que éstas no trasladen a los usuarios los costos de gestiones ineficientes de los prestadores. Asimismo, el numeral 73.3 del articulo 73 de la Ley 142 de 1994 establece que dentro de las funciones de la Comisión se encuentra ei establecer los criterios de eficiencia para evaluar la gestión técnica, financiera y administrativa de los prestadores.

Teniendo en cuenta lo anterior, el modelo de eficiencia comparativa incluido en la propuesta contenida en la Resolucion CRA 632 de 2013, busca identificar aquellas empresas que hacen parte de la frontera de eficiencia, es decir que realizan las mismas actividades con un nivel de costos óptimo, en relacion con las demás. De esta forma se evalúan todas las empresas obteniendo un referente de la eficiencia a partir de variables como número de suscriptores, metros cúbicos producidos, calidad del agua, entre otras. Para aquellas empresas que logran puntajes eficientes, la metodologia les permite tener una remuneración de costos mayor. En cuanto a los prestadores que no se encuentren en la linea de frontera deben alcanzar el valor eficiente de costos durante los cinco años del periodo tarifario.

Lo que se busca, es evitar el traslado de dichas ineficiencias a los usuarios, a partir de técnicas que permitan establecer criterios para la medición de la gestión de las empresas, incentivando a los prestadores para que lleguen a niveles »eficientes en sus costos, a partir de una proyección que ellos mismos proponen donde deben cumplir con 'las metas de estándares de eficiencia, al mismo tiempo que se garantiza la suficiencia financiera para el desarrollo de la prestación del servicio.

Ahora bien, en el caso particular de los gastos y costos del personal administrativo y operativo, io que' plantea la propuesta de metodologia tarifaria es que al usuario final solo le sean trasladados a través de la tarifa los costos que son necesarios para la prestacion del servicio determinados de forma eficiente, teniendo en cuenta la normatividad laboral legal vigente. Lo anterior en ningún caso significa que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA- a través de la propuesta de metodologia tarifaria, pretenda desconocer los derechos adquiridos de los trabajadores del sector o vulnerar su derecho de asociación.

La CRA es y será respetuosa de las normas constitucionales, legales y tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad en materia del derecho a la libre asociación y a la negociación de convenciones colectivas entrepatrono y empleados. Por lo anterior, no se pretende” mediante la Resolución definitiva que se expida para la regulación del nuevo marco tarifario de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, vulnerar este derecho.

En ese sentido, la CRA envió en el mes de junio del presente año una comunicación al Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección, explicando el contenido de la propuesta incluida en la Resolución CRA 632 de 2013, en lo referido a los gastos y costos de personal administrativo y operativo que la propuesta permite trasladar a la tarifa, y manifestando la total disposición de la Comisión de Regulación para efectuar una reunión con el fin de exponer con más detalle el contenido de la propuesta y los diferentes aspectos que sobre el particular puedan ser de interés de dicho despacho.

De igual forma, la UAE - CRA ha venido realizando diferentes reuniones con distintas organizaciones gremiales y sindicales, para escuchar atentamente sus planteamientos respecto del reconocimiento del factor prestacional en la propuesta regulatoria; una de ellas, el pasado martes 13 de agosto con delegados de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia -CUT, la empresa ACUAVALLE SA. E.S.P., el Viceministerio de Agua y Saneamiento Basico y el Ministerio de Trabajo, reunión en la cual se analizó la propuesta de reconocimiento de los costos laborales en la nueva estructura tarifaria y se acordó que el Comité de Expertos Comisionados de la Unidad Administrativa Especial - CRA, presentará a los miembros de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, una propuesta que acoja las posiciones de las organizaciones gremiales y sindicales, en el sentido de no intervenir en las negociaciones de convenciones colectivas que estas hayan suscrito entre patrono y sindicato.

Por lo tanto, y teniendo en cuenta las observaciones planteadas en las diferentes reuniones con las instancias antes mencionadas, se tiene previsto que el Comite de Expertos Comisionados de la Unidad Administrativa Especial - CRA, presente a los miembros dela Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, una propuesta con el fin de ajustar la metodología de manera que esta remunere a las empresas prestadoras los costos del servicio en forma eficiente, sin que su suficiencia financiera se vea afectada o se desconozcan las condiciones laborales de los empleados dei sector y que, al mismo tiempo, ofrezca a los usuarios tarifas justas, todo dentro de ia normatividad vigente

Cordial Saludo

SILVIA JULIANA YEPES SERRANO

Director Ejecutivo

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