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CONCEPTO 60531 DE 2021

(agosto 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2021-321-005372-2 del 14 de julio de 2021.

Respetada señora Toloza:

Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual consulta lo siguiente:

Teniendo como referencia que el Municipio de Floridablanca Departamento de Santander realiza actualmente la disposición final de residuos en el Relleno Sanitario “El Carrasco” ubicado en jurisdicción de los Municipios de Bucaramanga y Girón, el cual es administrado por la Empresa de Aseo de Bucaramanga EMAB SA ESP; La Oficina de Gestión Ambiental y Mitigación del Riesgo, respetuosamente se permite presentar inquietud acerca del cobro vía tarifa, en el entendido que nuestro plan de contingencia contempla la disposición de Residuos en el Relleno Parque Tecnológico y Ambiental “Las Bateas” en el municipio de Aguachica (Cesar), quien establece como tarifa para la disposición final un aproximado por tonelada de $62.000 pesos, mientras que el relleno sanitario “El Carrasco” establece una monto de $35.000 por tonelada de residuos; cabe precisar que el carrasco se encuentra inmerso en un proceso judicial al igual que su licenciamiento.

En efecto, se precisa resolver cuál debera (sic) ser el monto a tener en cuenta para realizar el cálculo del cobro vía tarifa al suscriptor; es decir, si se cobra con base al monto de $35.0000, valor estipulado por Relleno El Carrasco o en su defecto $62.000 que corresponde al monto de disposición en el Relleno Las Bateas”.

Previo a dar respuesta a su consulta, les indicamos que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28(1) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de situaciones particulares, la respuesta es general y no tiene carácter obligatorio ni vinculante.

En primer lugar, se indica que el artículo 2.3.2.1.1. del Decreto 1077 de 2015(2) define la disposición final como la actividad del servicio público de aseo que consiste en la disposición de residuos sólidos mediante la técnica de relleno sanitario.

Al respecto, en el artículo 5.3.2.2.6.1 (3) de la Resolución CRA 943 de 2021 esta Comisión estableció el Costo de Disposición Final (CDF) tomando el relleno sanitario como tecnología de referencia donde se remunera el diseño, construcción, operación, mantenimiento, cierre, clausura y posclausura de este tipo de infraestructuras, además de las actividades requeridas para cumplir con el Plan de Manejo Ambiental del sitio.

Del mismo modo, las personas prestadoras de la actividad complementaria de disposición final cuentan con recursos para las actividades de cierre, clausura y posclausura de los rellenos sanitarios que operan, los cuales deberán ser provisionados en un encargo fiduciario que permita garantizar su disponibilidad para la financiación de todas las actividades y obras requeridas en dichas etapas del relleno sanitario de conformidad con lo dispuesto en el 5.3.2.2.6.3 (4) de la Resolución CRA 943 de 2021.

Ahora bien, el artículo 5.3.2.6.3 (5) de la Resolución CRA 943 de 2021 dispone:

Artículo 5.3.2.6.3. Variación de las condiciones de disposición final. Las personas prestadoras del servicio público de aseo deberán modificar el Costo de Recolección y Transporte (CRT) y el Costo de Disposición Final (CDF), cuando por condiciones de vida útil u orden de autoridad competente, la persona prestadora de la actividad de recolección y transporte se vea obligada a seleccionar un nuevo relleno sanitario para la disposición final de los residuos no aprovechables provenientes de la APS que atienda.

Como se observa, en caso de que la persona prestadora por condiciones de vida útil u orden de autoridad deba seleccionar un nuevo relleno sanitario para la disposición final de los residuos recolectados, deberá modificar su CRT y su CDF con el objetivo de que la tarifa remunere los costos correspondientes a las nuevas condiciones de prestación.

En tal sentido, el nuevo CRT deberá considerar la distancia al nuevo relleno sanitario (D), el valor de los peajes de ida y vuelta (PRT) y el promedio de toneladas recolectadas y transportadas (QRT); mientras que para el CDF se debe considerar el precio por tonelada calculado por el operador del nuevo sitio de disposición final(6), al igual que el Costo de Tratamiento de Lixiviados (CTL) que deberá ser igualmente informado. Finalmente, estas modificaciones se verán reflejadas en la facturación a partir del periodo en el cual se lleve a cabo el transporte y disposición al nuevo relleno sanitario.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos comunicarse al teléfono en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

JORGE ENRIQUE CARDOSO RODRÍGUEZ

Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

NOTAS AL FINAL:

1. Sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo”.

2. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.”

3. Compila el artículo 28 de la Resolución CRA 720 de 2015.

4. Compila el artículo 30 de la Resolución CRA 720 de 2015.

5. Compila el artículo 25 de la Resolución CRA 864 de 2018.

6. Par el cálculo del CDF, el operador debe calcular este considerando la metodología tarifaria que le aplique. En caso de que el relleno sanitario reciba más de 300 toneladas promedio mensual deberá aplicar las fórmulas establecidas para ello en el Libro 5, Parte 3, Título 2 de la Resolución CRA 943 de 2021, que compila la Resolución CRA 720 de 2015; mientras que si recibe hasta 300 toneladas promedio mensual deberá aplicar las fórmulas establecidas para ello en el Libro 5, Parte 3, Título 5 de la Resolución CRA 943 de 2021, que compila la Resolución CRA 853 de 2021.

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