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CONCEPTO 88141 DE 2019

(julio 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

-CRA-

Bogotá, D.C.

Asunto: Radicado CRA 2019-321-004674-2 de 27 de mayo de 2019.

Respetada doctora Cano:

Hemos recibido la comunicación del asunto, mediante la cual manifiesta: “(...) se sirva ampliare!plazo para aplicación de la metodología de la Resolución CRA 853 de 2018 a partir del 1 de Enero de 2020, (...)".

Sobre el particular, le indicamos que esta Comisión de Regulación expidió la Resolución CRA 883 de 2019: "Por la cual se modifica la vigencia del régimen tarifado y de las metodologías tarifarias, el régimen de transición y derogatorias de la Resolución CRA 853 de 2018", la cual se encuentra disponible al público en el siguiente enlace web: https://www.cra.gov.co/documents/RESOLUCIONCRA-883-2019-VF.pdf y cuyo artículo 1 dispone:

"ARTICULO 1. MODIFICAR el artículo 175 de la Resolución CRA 853 de 2018 el cual quedará así: '

"ARTÍCULO 175. Vigencia del Régimen Tarifario y de las Metodologías Tarifarias. El régimen tarifario y las metodologías tarifarias comenzarán a regir desde el 1° de julio de 2019.

Parágrafo 1. Las personas prestadoras del servicio público de aseo que estén dentro del ámbito de aplicación señalado en el artículo V de la presente resolución, desde la fecha de publicación de la misma en el Diario Oficial, deberán adelantar los estudios de costos, así como dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la sección 5.1.2 de la Resolución CRA 151 de 2001 o aquella que la modifique, adicione, sustituya o aclare.

Parágrafo 2. Las personas prestadoras deberán aplicar las tarifas resultantes de las metodologías contenidas epresente acto administrativo, a más tardar el 1o de julio de 2020.

En caso de requerir información adicional y/o asesoría en materia tarifaria, le sugerimos revisar los videos tutoriales para la aplicación de la Resolución CRA 853 de 2018 y que se encuentran publicados en el siguiente enlace web: https://www.cra.gov.co/seccion/prensa/videos.html; o comunicarse con la Subdirección de Regulación al teléfono en Bogotá: (1) 487 38 20 o a la línea gratuita nacional: 01 8000 51 75 65 y uno de nuestros asesores atenderá sus inquietudes.

Cordial saludo,

GERMAN EDUARDO OSORIO CIFUENTES

Director Ejecutivo

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